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Documento BOE-A-1999-8742

Orden de 16 de marzo de 1999 por la que se resuelve concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos del organismo autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 20 de abril de 1999, páginas 14625 a 14625 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1999-8742

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 30 de septiembre de 1998 ("Boletín Oficial del

Estado" de 27 de octubre), se convocó concurso específico para

la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos del

organismo autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, valorados

los méritos alegados por los concursantes y previa actuación de

la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base sexta

de la citada Orden, este Ministerio, acuerda la adjudicación de

los puestos de trabajo contenidos en la misma.

En la tramitación del presente concurso se ha procedido a la

valoración de los méritos de los participantes, tal y como prevé

el capítulo II, artículo 39 y siguientes, del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General

de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado, y lo dispuesto en las bases de la convocatoria.

La relación completa de adjudicatarios, con el destino asignado,

se encuentra publicada en los tablones de anuncios de los

establecimientos penitenciarios, así como en el Registro Central de

la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, sito en la

calle Alcalá, número 38, de Madrid.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no

implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio

de residencia, extremo este que deberá ser documentalmente

acreditado, o reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los

tres días siguientes a la publicación de la presente Orden en el

"Boletín Oficial del Estado". Si la Orden comporta el reingreso

al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá comportarse

desde dicha publicación.

La presente Orden y los actos derivados de la misma podrán

ser impugnados en un plazo máximo de dos meses ante el órgano

jurisdiccional competente, de acuerdo con lo previsto en la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y la Ley reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 16 de marzo de 1999.-P. D. (Orden de 30 de

noviembre de 1998), el Presidente del organismo autónomo Trabajo y

Prestaciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

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