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Documento BOE-A-1999-7843

Orden de 16 de marzo de 1999 sobre renuncia parcial de superficie en la concesión de explotación de hidrocarburos «El Romeral-1».

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 1999, páginas 13080 a 13080 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-7843

TEXTO ORIGINAL

La concesión de explotación de hidrocarburos denominada «El Romeral-1», expediente CE24/92, situada en la provincia de Sevilla, fue otorgada por Real Decreto 1258/1994, de 3 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 28 de julio), a las sociedades «Repsol Exploración, Sociedad Anónima», «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima», y «Teredo Oils Limited 2.ª Sucursal», y que después de diversas cesiones la titularidad de la concesión es:

«Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima»: 100 por 100.

La compañía operadora de la concesión de explotación de hidrocarburos es «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima».

La compañía titular solicita, de acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, la renuncia parcial de la concesión «El Romeral-1», acompañada de la documentación que exige el artículo 73 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, y de acuerdo con la normativa vigente procede autorizar la renuncia parcial de la concesión citada.

Tramitado el expediente de renuncia parcial de la concesión mencionada por la Dirección General de la Energía, DISPONGO:

Primero.

Se declara extinguida parcialmente, por renuncia de su titular, la concesión de explotación de hidrocarburos denominada «El Romeral-1».

La superficie a conservar y renunciada de la concesión viene definida por las coordenadas geográficas, referidas al meridiano de Greenwich, siguientes:

Superficie conservada: 8.162,40 hectáreas.

Vértice Latitud norte Longitud oeste
1 3729’ 00’’ 553’ 00’’
2 3729’ 00’’ 550’ 00’’
3 3723’ 00’’ 550’ 00’’
4 3723’ 00’’ 557’ 00’’
5 3725’ 00’’ 557’ 00’’
6 3725’ 00’’ 556’ 00’’
7 3726’ 00’’ 556’ 00’’
8 3726’ 00’’ 554’ 00’’
9 3727’ 00’’ 554’ 00’’
10 3727’ 00’’ 553’ 00’’

Superficie renunciada: 3.809,12 hectáreas.

Vértice Latitud norte Longitud oeste
1 3723’ 00’’ 557’ 00’’
2 3723’ 00’’ 550’ 00’’
3 3721’ 00’’ 550’ 00’’
4 3721’ 00’’ 557’ 00’’
Segundo.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 77 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, el área extinguida de la concesión citada en el punto primero anterior revierte al Estado y adquirirá la condición de franca y registrable a los seis meses de la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», si el Estado no hubiera ejercido antes la facultad que le confiere el apartado 1 del artículo 4 del Reglamento vigente, de asumir su investigación por sí mismo, o sacar su adjudicación a concurso.

Tercero.

De acuerdo con el artículo 73.2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, los titulares presentarán nuevas garantías ajustadas a la superficie que permanece vigente para responder del cumplimiento de las obligaciones emanadas de la anteriormente mencionada normativa y del Real Decreto de otorgamiento de la concesión «El Romeral-1», siéndoles devueltas las actualmente vigentes.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 16 de marzo de 1999.

PIQUÉ I CAMPS

Ilmo. Sr. Director general de la Energía.

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