Recibida en la Dirección General de la Energía la solicitud presentada
por "Silvasol, Sociedad Limitada", con domicilio social en Jávea (Alicante),
camí Vell de Gata, número 6, para la renovación de vigencia de certificación
de paneles solares, fabricados por "Silvasol, Sociedad Limitada", en su
instalación ubicada en Jávea (Alicante);
Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación
exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación
de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las
especificaciones actualmente establecidas por la Orden de 28 de julio
de 1980 sobre exigencias técnicas de los paneles solares,
Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la referida
disposición ha acordado renovar la certificación del citado producto, con
la contraseña de certificación NPS-0299, y con fecha de caducidad el día
5 de enero de 2002, definiendo como características técnicas del modelo
o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado
solicitar el certificado de conformidad de la producción antes del 5 de
enero de 2002.
Esta renovación de certificación se efectúa en relación con la
disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro
Reglamento o disposición que le sea aplicable.
El titular de esta Resolución presentará dentro del período fijado para
someterse al control y seguimiento de la producción, la documentación
acreditativa, a fin de verificar la adecuación del producto a las condiciones
iniciales, así como la declaración en la que se haga constar que, en la
fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad
utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en
el momento de la certificación.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en
las que se basa la concesión de esta renovación de vigencia de certificación
podrá dar lugar a la suspensión cautelar automática de la misma,
independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de
las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa. Contra esta Resolución
cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación
al Director general de la Energía, conforme a lo previsto en el
artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común ("Boletín Oficial del Estado" número 285, de 27 de noviembre).
Marca "Silvasol".
Modelo: B-1.5.
Características:
Material absorbente: Tuberías CU.
Tratamiento superficial: Pintura negra mate.
Superficie útil: 2,63 metros cuadrados.
Lo que se comunica a los efectos oportunos.
Madrid, 8 de marzo de 1999.-El Director general, Antonio Gomis Sáez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid