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Documento BOE-A-1999-7107

Orden de 12 de febrero de 1999 por la que se amplía el número de becas convocadas para formación en Tecnologías de la Información aplicadas a la Educación.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 1999, páginas 12065 a 12065 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-7107

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 9 de diciembre de 1998 el Ministerio de Educación y Cultura convocó concurso público para ofrecer 17 becas de formación en Tecnologías de la Información aplicadas a la Educación, para las actividades telemáticas, tecnológicas, informáticas, de producción y de gestión y participación en proyectos nacionales e internacionales del PNTIC durante el año 1999 que se agrupaban en seis apartados:

1. Actividades relacionadas con la telemática y las comunicaciones (nueve becas).

2. Actividades relacionadas con proyectos internacionales subvencionados por la Comisión de la Unión Europea (una beca).

3. Actividades relacionadas con la producción multimedia y las bases de datos (dos becas).

4. Actividades relacionadas con el diseño y maquetación de productos telemáticos y multimedia (una beca).

5. Actividades relacionadas con la gestión de proyectos nacionales e internacionales (dos becas).

6. Actividades relacionadas con administración de redes y el mantenimiento de la electrónica y el hardware educativo (dos becas).

Conforme a la base décima de aquella convocatoria, el presupuesto global máximo para estas becas es de 28.504.000 pesetas, correspondientes a una renumeración anual íntegra de 1.732.505 pesetas por beca de los apartados primero, segundo, tercero y cuarto y a una renumeración anual íntegra de 1.495.357 pesetas, por cada beca de los apartados quinto y sexto. Estas cantidades serían pagadas mensualmente en doce partes iguales con cargo al programa presupuestario 18.09.422O.480. Según la base primera de aquella convocatoria, el período de disfrute de las becas era de doce meses, desde el 1 de enero hasta el 25 de diciembre de 1999.

Al haberse publicado en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden de convocatoria en enero de 1999 y dados los plazos requeridos para la selección, la Resolución de la convocatoria, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, tendrá efecto desde el 1 de marzo. Esto hace que la cuantía de cada una de las becas de los apartados 1, 2, 3 y 4 sea la correspondiente a diez mensualidades en vez de doce, es decir, 1.443.754 pesetas, en lugar de 1.732.505 pesetas. Asimismo, las becas de los apartados 5 y 6 pasarán a tener una cuantía de 1.246.131 pesetas, en vez de 1.495.357. Esto hace que no se gaste la totalidad del presupuesto global máximo disponible para estas becas.

Por todo ello y para favorecer la formación de un número mayor de titulados y asegurar el desarrollo de las funciones educativas del Programa de Nuevas Tecnologías, este Ministerio de Educación y Cultura ha resuelto:

Primero.

Aplicar la cantidad sobrante a la ampliación del número de becas disponibles para los apartados 1: Actividades relacionadas con la telemática y las comunicaciones (una beca más); 4: Actividades relacionadas con el diseño y maquetación de productos telemáticos y multimedia (una beca más), y 5: Actividades relacionadas con la gestión de proyectos nacionales e internacionales (una beca más). El período de disfrute de estas becas será igualmente de diez meses, desde el 1 de marzo hasta el 25 de diciembre de 1999.

Segundo.

El Secretario general de Educación y Formación Profesional resolverá la concesión, para cada una de estas tres plazas, al siguiente suplente de la lista del apartado correspondiente de la Resolución de concesión de las becas de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, delegada por la Orden de 9 de diciembre de 1998.

Tercero.

A partir de dicha concesión, estas tres becas se regirán por las mismas bases que las convocadas por la Orden de 9 de diciembre.

Cuarto.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, según previene la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a V. I.

Madrid, 12 de febrero de 1999.

RAJOY BREY

Ilmo. Sr. Secretario general de Educación y Formación Profesional.

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