Visto el expediente de indulto de don José Rojas Santos, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Algeciras, en sentencia de fecha 3 de diciembre de 1997, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de un año y cuatro meses de prisión y 250.000 pesetas de multa, y un delito de contrabando en grado de tentativa, a la pena de seis meses de prisión y 120.000 pesetas de multa, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de febrero de 1999,
Vengo en indultar a don José Rojas Santos las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 26 de febrero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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