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Documento BOE-A-1999-575

Resolución de 7 de enero de 1999, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se dispone la consolidación de las Obligaciones del Estado en ECUs, cupón 5,15 por 100 y vencimiento 30 de julio de 2009 con las Obligaciones del Estado de idéntico cupón y vencimiento, denominadas originariamente en pesetas y redenominadas a euros.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 1999, páginas 1005 a 1006 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-575

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 1 de junio de 1998, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera dispuso la emisión durante 1998 de Deuda del Estado de carácter doméstico denominada en ECUs y estableció su procedimiento de emisión.

En el marco de dicho procedimiento, el Tesoro Público ha venido emitiendo desde el mes de junio de 1998 y mediante subastas mensuales Obligaciones del Estado denominadas en ECUs representadas mediante anotaciones en cuenta y registradas en la Central de Anotaciones. Dichas Obligaciones tienen un cupón anual del 5,15 por 100 y su fecha de vencimiento es el 30 de julio de 2009.

De forma paralela, el Tesoro Público inició en julio la emisión de Obligaciones del Estado denominadas en pesetas con idéntico cupón e idéntico vencimiento. Al amparo del Real Decreto 2813/1998, de 23 de diciembre, dichas Obligaciones han sido redenominadas a euros desde el 4 de enero de 1999.

La precitada Resolución de 1 de junio de 1998, de esta Dirección General previó en su apartado 4.3 la consolidación de las Obligaciones del Estado en ECUs con las Obligaciones del Estado emitidas en pesetas con idéntica fecha de vencimiento y el mismo tipo de interés nominal. Se estableció como fecha de consolidación el mes de febrero de 1999, una vez que la Central de Anotaciones hubiera adoptado el euro como unidad de cuenta.

Resulta, pues, necesario determinar el procedimiento de consolidación de las Obligaciones del Estado originariamente denominadas en ECUs con las Obligaciones del Estado emitidas en pesetas con idéntica fecha de vencimiento y el mismo tipo de interés nominal.

Por otra parte, comoquiera que la citada adopción del euro por la Central de Anotaciones ya se ha producido, y no existiendo impedimento técnico para que la consolidación se produzca con antelación a la fecha inicialmente prevista, lo cual conllevará indudables ventajas para los inversores, resulta aconsejable adelantar la fecha de consolidación al mes de enero de 1999.

En virtud de lo anterior, he dispuesto:

1. Las Obligaciones del Estado en ECUs-euros con tipo de interés nominal 5,15 por 100 y vencimiento 30 de julio de 2009, identificadas en la actualidad por el código-valor asignado por la Central de Anotaciones 000012056-5, se consolidarán con las Obligaciones del Estado emitidas en pesetas con idéntico tipo de interés nominal y vencimiento, identificadas en la actualidad por el código-valor asignado por la Central de Anotaciones 000012064-5.

2. La consolidación se producirá el día 18 de enero de 1999.

3. A partir de dicha fecha, las Obligaciones del Estado en ECUs-euros se identificarán por el código-valor 000012064-5.

4. La consolidación implicará el traspaso de los saldos registrados en Euroclear a favor de tenedores residentes en España a las cuentas propias o de terceros, en su caso, de titulares de cuentas o entidades gestoras en la Central de Anotaciones.

5. Se faculta al Banco de España a adoptar aquellas medidas que se consideren necesarias para llevar a cabo el procedimiento de consolidación.

Madrid, 7 de enero de 1999.–El Director general, Jaime Caruana Lacorte.

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