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Documento BOE-A-1999-573

Orden 344/1998, de 21 de diciembre, por la que se suprimen las zonas de seguridad del Acuartelamiento del Parque y Talleres de Artillería de la Segunda Región Militar en Sevilla y del Depósito de Municiones «El Pedroso» (Sevilla).

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 1999, páginas 1004 a 1005 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1999-573

TEXTO ORIGINAL

Por haber dejado de existir en la Región Militar Sur, por disolución de las unidades que ocupaban las instalaciones militares declaradas de interés militar que a continuación se indican, se hace aconsejable suprimir las zonas de seguridad que las preservaban de cualquier obra o actividad que pudiera afectarlas, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 698/1978, de 10 de febrero.

En su virtud, de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército de Tierra, a propuesta razonada del General Jefe de la Región Militar Sur, dispongo:

Primero.

Se suprime la zona de seguridad de la siguiente instalación militar, incluida en el grupo primero del artículo 8 del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo.

Acuartelamiento del Parque y Talleres de Artillería de la Segunda Región Militar, en Sevilla, determinada según Orden 66/1980, de 3 de diciembre (D.O. número 290), comprendida por un espacio de 25 metros, contando desde la línea que define su perímetro.

Segundo.

Se suprime la zona de seguridad de la siguiente instalación militar incluida en el grupo tercero del artículo 8 del citado Reglamento. Depósito de Municiones «El Pedroso», en el término municipal de El Pedroso (Sevilla), determinada según la Orden 342/38441/1992, de 10 de abril («Boletín Oficial de Defensa» número 83) y delimitada por la línea que una los siguientes puntos expresados en coordenadas UTM:

Punto X Y
A1 259.016 4194.042
B1 258.900 4194.030
C1 258.830 4194.060
D1 258.788 4194.230
E1 259.070 4194.400
F1 259.192 4194.430
G1 259.300 4194.416
H1 259.400 4194.426
I1 259.622 4194.400
J1 259.736 4194.420
K1 259.848 4194.310
L1 259.818 4194.200
M1 259.640 4194.078
N1 259.352 4194.000
Ñ1 259.216 4193.900
O1 259.120 4193.942
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogada parcialmente la Orden 66/1980, de 3 de diciembre, en todo lo referente al Acuartelamiento del Parque y Talleres de Artillería de la Segunda Región Militar en Sevilla.

Queda derogada la Orden 342/38441/1992, de 10 de abril, por la que se señala la zona de seguridad del Depósito de Municiones «El Pedroso», en el término municipal de El Pedroso (Sevilla).

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de diciembre de 1998.

SERRA REXACH

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