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Documento BOE-A-1999-5257

Orden de 25 de febrero de 1999 por la que se determinan los modelos de sobres e impresos comunes a utilizar en los procesos electorales que se celebrarán el día 13 de junio de 1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 1999, páginas 8750 a 8783 (34 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1999-5257
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1999/02/25/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 421/1991, de 5 de abril, por el que se dictan las normas reguladoras de los procesos electorales, modificado por el Real Decreto 563/1993, de 16 de abril, habilita, en su artículo 5.4, al Ministerio del Interior para que en el supuesto de coincidencia de procesos electorales, y a efectos de coordinación de los mismos, modifique los impresos que figuran en los anexos 5 al 11.

Dada la coincidencia de las elecciones al Parlamento Europeo, Municipales (incluidas las entidades de ámbito territorial inferior al municipio), Cabildos Insulares Canarios, Asambleas Legislativas de trece Comunidades Autónomas (Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid, Navarra, Región de Murcia, La Rioja y Valenciana), Juntas Generales de los Territorios Históricos del País Vasco y Consejeros Generales del Valle de Arán, se hace necesario precisar qué impresos pueden ser comunes en estos procesos electorales y cuáles, por el contrario, deberán estar singularizados para uno u otro.

Para la determinación de los modelos de impresos comunes, se han tenido en cuenta las previsiones que para el supuesto de coincidencia de elecciones establece la propia Ley Orgánica del Régimen Electoral General, la necesidad de simplificar y agilizar los trámites administrativos, así como la interpretación que en relación con determinados artículos de la Ley se ha hecho en los acuerdos adoptados por la Junta Electoral Central, con ocasión de otros procesos electorales.

Se incluyen, asimismo, los modelos de sobres que serán también comunes, por tener una relación directa con los impresos modificados. La única adaptación efectuada sobre ellos ha sido suprimir la referencia a un proceso electoral concreto.

En su virtud, este Ministerio, previo informe de la Junta Electoral Central, ha tenido a bien disponer:

Artículo único.

1. Son sobres e impresos comunes los siguientes:

1.1 Sobres.

Mod. C-4.2 Para remisión de documentación de voto por correo.

Mod. C-4.3 A dirigir al Presidente de la Mesa Electoral.

Mod. C-4.4 Para remisión voto por correo a inscritos en el Censo Especial de Residentes Ausentes en el Extranjero.

Mod. C-4.5 A dirigir al Presidente de la Junta Electoral Provincial para el voto de los inscritos en el Censo Especial de Residentes Ausentes en el Extranjero.

Mod. C-4.9 Para remisión citación a miembros de Mesas Electorales.

Mod. C-4.10 Para remisión copia nombramiento Interventores a Presidente de Mesa Electoral.

Mod. C-4.11 Para envío a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, de la solicitud de inscripción en el Censo Electoral.

1.2 Impresos.

Mod C-6.1 Solicitud para el voto por correo. Impreso múltiple (dos).

Mod C-6.2 Certificado de estar inscrito en el censo para el voto por correo.

Mod C-6.3 Comunicación de no figurar inscrito en la lista de electores.

Mod C-7.1 Lista de electores capacitados para Presidentes de Mesa y suplentes.

Mod C-7.2 Lista de electores capacitados para Vocales de Mesa Electoral y suplentes.

Mod C-7.3 Comunicación de los Ayuntamientos a la Junta Electoral de Zona correspondiente de la formación de Mesas Electorales.

Mod C-7.4 Nombramiento de miembros de Mesa.

Impreso múltiple (cuatro).

Mod C-7.5 Comunicación a los Jueces de Primera Instancia o de Paz de la composición de las Mesas Electorales.

Mod C-7.6 Citación a miembros de las Mesas Electorales.

Mod C-8.1 Nombramiento de Interventores. Impreso múltiple (cuatro).

Mod C-8.2 Nombramiento de Apoderados. Impreso múltiple (dos).

Mod C-9.1 Lista numerada de votantes.

Mod C-9.2 Recibo del Juez de Primera Instancia o de Paz, justificativo de la entrega de los sobres números 1 y 2.

Mod C-9.3 Recibo del funcionario de Correos justificativo de la entrega del sobre número 3.

Mod C-9.4 Certificado de votación o de no haber sido admitido el voto.

Mod C-10.1 Nombramiento de representante de la Administración. Impreso múltiple (dos).

2. Estarán singularizados para cada proceso electoral los restantes impresos y sobres previstos en el Real Decreto 421/1991, de 5 de abril, modificado por el Real Decreto 563/1993, de 16 de abril.

3. Quedan aprobados los modelos de impresos comunes que se adjuntan en el anexo de la presente Orden.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de febrero de 1999.

MAYOR OREJA

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/02/1999
  • Fecha de publicación: 04/03/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 05/03/1999
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 5.4 del Real Decreto 421/1991, de 5 de abril (Ref. BOE-A-1991-8355).
  • CITA Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1985-11672).
Materias
  • Elecciones
  • Elecciones autonómicas
  • Elecciones locales
  • Formularios administrativos
  • Parlamento Europeo

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