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Documento BOE-A-1999-4035

Resolución de 28 de enero de 1999, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos denominada «Xacobeo'99».

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 1999, páginas 6954 a 6955 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-4035

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de Correos «Xacobeo'99».

En su virtud hemos resuelto:

Primero.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, se procederá a la estampación o de una serie de sellos de Correos, con la denominación de «Xacobeo'99».

Segundo.

La filatelia española, como en ocasiones anteriores, ha querido resaltar este último Año Jubilar de nuestro siglo, algunos de los innumerables monumentos que jalonan el Camino de Santiago.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Calcografía y offset.

Papel: Estucado, engomado, mate, fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Tamaño de los sellos:

28,8 x 40,9 milímetros (verticales) (35, 100 y 185 pesetas).

40,9 x 28,8 milímetros (horizontal) (70 pesetas).

Valores faciales: 35, 70, 100 y 185 pesetas.

Efectos en pliego: 50.

Tirada: 1.500.000 de cada uno de los motivos.

Tercero.

La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el día 22 de febrero de 1999.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de 2001, no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto.

De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 3.500 unidades a disposición de la entidad pública empresarial Correos y Telégrafos, para atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 2.000 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, par atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión.

Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente, inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro museo de interes en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 28 de enero de 1999.–El Secretario general de Comunicaciones, José Manuel Villar Uríbarri.–El Subsecretario de Economía y Hacienda, Fernando Díez Moreno.

Ilmos. Sres. Consejero Director general de la entidad pública empresarial Correos y Telegráfos y Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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