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Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, modificada en su redacción por la Ley 23/1988,
de 28 de julio,
Esta Secretaría de Estado acuerda anunciar la provisión, por
el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo
que se relaciona en el anexo I de la presente Resolución, con
arreglo a las siguientes bases:
Primera.-El puesto de trabajo que se convoca por la presente
Resolución podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan
los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.
Segunda.-Los interesados dirigirán sus solicitudes, una para
cada uno de los puestos de trabajo a los que deseen optar, a
la excelentísima señora Secretaria de Estado de Comercio, Turismo
y de la Pequeña y Mediana Empresa (Subdirección General de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y
Hacienda, planta 14, paseo de la Castellana, 162, 28071 Madrid),
en el anexo II en el que se alegarán los méritos que se consideren
oportunos.
Tercera.-Además de los datos personales y Número de Registro
de Personal, los aspirantes incluirán en la solicitud su currículum
vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio,
puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas,
estudios y cursos realizados y otros méritos que se estime oportuno
poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las
características del puesto que vinieran desempeñando y el nivel del
mismo.
Cuarta.-El plazo de presentación de solicitudes será de quince
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación
de esta Resolución, y se presentarán en los Registros y oficinas
previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. Estas últimas oficinas tienen
obligación de cursar las solicitudes recibidas dentro de las
veinticuatro horas a partir de su presentación.
Quinta.-El nombramiento derivado de la presente
convocatoria, cuya Resolución se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, contado
desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes; dicho
plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo
será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del
funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o
el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir
del día siguiente al del cese o al del cambio de la situación
administrativa que en cada caso corresponda.
Sexta.-Los funcionarios públicos en servicio activo deberán
adjuntar, si son elegidos y prestan sus servicios en Ministerio y
organismo distinto del convocante, certificado extendido por la
Unidad de Personal donde se encuentre destinado, especificando
el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel
del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo
de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.
Séptima.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la
vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", recurso contencioso-administrativo ante el
órgano judicial competente (Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 27 de enero de 1999.-La Secretaria de Estado, Elena
Pisonero Ruiz.
Ilmo. Sr. Subsecretario de Economía y Hacienda.
ANEXO I
Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña
y Mediana Empresa
A DMINISTRACIÓN DEL E STADO EN EL EXTERIOR O FICINAS C OMERCIALES
Oficina Comercial R. P. en Unión Europea Bélgica-Bruselas
Plaza: 1. Denominación del puesto: Consejero Economía
Comercial Jefe. Número de puestos: Uno. Nivel: 30. Complemento
específico: 3.825.036 pesetas. Localidad: Bruselas-Unión
Europea. Grupo: A. Méritos preferentes: Pertenecer al Cuerpo Superior
de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado. Necesario
conocimiento acreditado del inglés como idioma de trabajo.
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