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Visto el expediente de indulto de don Abel Alegre Betriu, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Lleida, Sección Primera, en sentencia de fecha 23 de abril de 1997, como autor de tres delitos de robo con intimidación con uso de arma o medio peligroso, a la pena de tres años de prisión, que quedó sustituida por trescientos doce arrestos de fin de semana, con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de diciembre de 1999,
Vengo en indultar a don Abel Alegre Betriu la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 10 de diciembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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