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Documento BOE-A-1999-24247

Resolución de 9 de diciembre de 1999, de la Dirección General de Turismo, por la que se da publicidad al Tercer Protocolo adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Diputación General de Aragón -Departamento de Economía, Hacienda y Fomento- y el Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena, para el desarrollo y aplicación de un Programa de Excelencia Turística en la Zona Piloto del Valle de Tena, en el marco del Plan Futures II.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 21 de diciembre de 1999, páginas 44759 a 44760 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-24247

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" del Tercer Protocolo adicional al Convenio

de colaboración suscrito entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la

Diputación General de Aragón -Departamento de Economía, Hacienda

y Fomento- y el Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena para

el desarrollo y aplicación de un Programa de Excelencia Turística en la

Zona Piloto del Valle de Tena, en el marco del Plan Futures II.

Madrid, 9 de diciembre de 1999.-El Director general, Germán Porras

Olalla.

TERCER PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO DE

COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y

HACIENDA, LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN -DEPARTAMENTO DE

ECONOMÍA, HACIENDA Y FOMENTO- Y EL CONSORCIO PARA EL

DESARROLLO DEL VALLE DE TENA, PARA EL DESARROLLO Y

APLICACIÓN DE UN PROGRAMA DE EXCELENCIA TURÍSTICA EN LA

ZONA PILOTO DEL VALLE DE TENA EN EL MARCO DEL PLAN

FUTURES II

En Madrid a 11 de junio de 1999.

REUNIDOS

El excelentísimo señor don Rodrigo de Rato y Figaredo, Vicepresidente

Segundo del Gobierno, en su calidad de Ministro de Economía y Hacienda,

nombrado por Reales Decretos 761/1996 y 762/1996, de 5 de mayo, y

actuando de conformidad con lo previsto en la disposición adicional

decimotercera de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por

el artículo 2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de aquélla.

El excelentísimo señor don José María Rodríguez Jordá, Consejero de

Economía, Hacienda y Fomento de la Diputación General de Aragón, en

virtud de las facultades otorgadas por acuerdo del Gobierno de Aragón

de fecha 11 de diciembre de 1996.

Y el ilustrísimo señor don José Luis Sánchez Sáez, Alcalde del

Ayuntamiento de Sallent de Gállego y Presidente del Consorcio para el Desarrollo

del Valle de Tena, en nombre y representación de los organismos e

instituciones señalados, teniendo capacidad legal para contratar y obligarse

y de mutuo acuerdo.

Se reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para

formular el presente Protocolo y, a tal efecto,

EXPONEN

Que en aplicación de lo previsto en las estipulaciones quinta, sexta

y séptima del Convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de

España, la Diputación General de Aragón -Departamento de Economía,

Hacienda y Fomento- y el Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena,

para el desarrollo y aplicación de un Plan de Excelencia Turística en el

Valle de Tena, procede la firma del presente Protocolo con objeto de

concretar las actuaciones a realizar, así como las respectivas aportaciones

económicas o de recursos de los agentes implicados en la mejora de la

competitividad y de la excelencia turística en el Valle de Tena.

Que, dada la reestructuración operada en la Administración turística

del Estado por el Real Decreto 1884/1996, de 2 de agosto, la suscripción

del protocolo del Convenio corresponde ahora a la Secretaría de Estado

de Comercio, Turismo y Pequeña y Mediana Empresa, y por ello debe

ser firmado por el Ministro de Economía y Hacienda.

Por ello, las entidades que suscriben este Protocolo, sin renunciar a

sus competencias específicas,

ACUERDAN

Primero.-Poner en marcha las actuaciones del Plan de Excelencia

Turística del Valle de Tena recogidas en el anexo I de este Protocolo.

Segundo.-Designar a la Asociación Turística Valle de Tena como órgano

encargado de la gestión del Plan, según lo establecido en la cláusula sexta

del Convenio.

Tercero.-La aportación económica de las partes firmantes del Convenio

para la ejecución de las actuaciones previstas se transferirá al órgano

encargado de la gestión del plan y se realizará conforme a lo estipulado

en la cláusula séptima del Convenio. No obstante, podrán reajustar sus

aportaciones si las restantes partes firmantes no efectuaran las suyas en

la cuantía establecida.

Cuarto.-Los fondos de la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo

y Pequeña y Mediana Empresa serán de 15.000.000 de pesetas, y se

aportarán de la siguiente forma: El 100 por 100 tras la firma del presente

Protocolo, con cargo al concepto presupuestario 15.24.751A.785 de la

Dirección General de Turismo, en el que existe crédito adecuado y suficiente.

No obstante lo anterior, el pago de la aportación del Ministerio de

Economía y Hacienda queda condicionado a que, previamente, se preste

aval bancario, a disposición del Ministerio de Economía y Hacienda,

Dirección General de Turismo, constituyéndose dicha garantía en la Caja General

de Depósitos de conformidad con su Reglamento, aprobado por Real

Decreto 161/1997, de 7 de febrero, que cubra el pago anticipado que se realice,

e intereses de demora desde la fecha de dicho pago hasta que la

Administración autorice su cancelación. Se considerará intereses de demora

el previsto en el artículo 36 de la Ley General Presupuestaria. El aval

será liberado cuando se justifique la realización de actuaciones conforme

al presente Convenio.

Quinto.-Los fondos del Gobierno de Aragón serán de 15.000.000 de

pesetas, y se aportarán de la siguiente forma, con cargo a la partida

1207.7511.782.00 de los Presupuestos de 1999:

El 50 por 100 a la firma del presente protocolo, previa presentación

de un aval bancario por parte del ente gestor.

El 50 por 100 restante a la certificación total de las actuaciones.

Sexto.-La aportación de los fondos del Consorcio para el Desarrollo

del Valle de Tena será de 15.000.000 de pesetas, y se realizará de la siguiente

forma:

El 40 por 100 a la firma del presente Protocolo.

El 40 por 100 a la justificación de gastos por importe de 9.000.000

de pesetas (40 por 100 de la inversión total).

El 20 por 100 a la certificación del total de actuaciones incluidas en

el Protocolo.

Séptimo.-La justificación documental de la aplicación de los fondos

recibidos se hará de modo separado ante cada una de las partes firmantes.

Junto con las fotocopias compulsadas de las certificaciones o facturas,

se presentará un informe escueto por proyecto en el que consten

debidamente relacionadas las partidas, importe y contratista. Se añadirá un

certificado del Presidente de la Asociación Turística Valle de Tena en el

que conste que cada uno de los proyectos se ha realizado en su totalidad.

Octavo.-La Mesa de Coordinación seguirá la ejecución de los proyectos,

así como los pliegos de cláusulas que sirvan de base para su contratación.

Noveno.-Si hubiera dificultades para la ejecución de los proyectos

aprobados y reflejados en el anexo I de este Protocolo, los mismos podrán

ser sustituidos por otros, a petición de la Asociación Turística Valle de

Tena, con el acuerdo unánime de la Mesa de Coordinación y ratificación

de las partes firmantes.

Décimo.-Los remanentes de fondos que pudieran producirse en alguna

de las actuaciones del anexo I de este Protocolo podrán incrementar el

presupuesto de otra de las actuaciones aprobadas, mediante acuerdo en

tal sentido de la Mesa de Coordinación.

Undécimo.-El plazo para la ejecución y justificación de las actuaciones

recogidas en el presente Protocolo será de un año a partir de la fecha

de la firma del mismo. Este plazo podrá ser ampliado cuando alguna

circunstancia sobrevenida así lo aconseje, previa solicitud de la Asociación

Turística Valle de Tena, con el acuerdo unánime de la Mesa de

Coordinación.

En prueba de conformidad, se firma el presente Protocolo, en

cuadruplicado ejemplar, en la fecha y lugar indicado en el encabezamiento.-El

Ministro de Economía y Hacienda, Rodrigo de Rato y Figaredo.-El

Consejero de Economía, Hacienda y Fomento de la Diputación General de

Aragón, José María Rodríguez Jordá.-El Presidente del Consorcio para

el Desarrollo del Valle de Tena, José Luis Sánchez Sáez.

ANEXO I

Actuaciones para la anualidad 1999

Pesetas

1. Cultural

Apoyo y potenciación del Festival Pirineos Sur . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000.000

Difusión y señalización de la ruta de arquitectura popular

y religiosa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.000.000

2. Naturaleza y Servicios

Mirador en Panticosa los Lagos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.750.000

Tercera fase del jardín Pirenaico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.000.000

Señalización de senderos, embellecimiento de pueblos y

actuaciones de interés turístico en Sallent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.750.000

Señalización de senderos, embellecimiento de pueblos y

actuaciones de interés turístico en Panticosa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.750.000

Señalización de senderos, embellecimiento de pueblos y

actuaciones de interés turístico en Biescas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.750.000

Tercera fase del proyecto de puntos de información . . . . . . . . . . . 3.000.000

3. Plan de Excelencia

Sensibilización, motivación y promoción del propio Plan . . . . . 1.500.000

4. Gestión

Gestión del Plan de Excelencia Turística . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.500.000

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.000.000

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