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Documento BOE-A-1999-23790

Resolución de 3 de diciembre de 1999, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 14 de diciembre de 1999, páginas 43385 a 43392 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-23790

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 521/1999,

de 26 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 27), por el que

se aprueba la Oferta de Empleo Público para 1999, y con el fin

de atender a las necesidades de personal en la Administración

Pública,

Esta Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales, en uso de

sus competencias que le están atribuidas por delegación conforme

al artículo 2, ocho, a), de la Orden de 21 de mayo de 1996,

("Boletín Oficial del Estado" del 27), previo informe favorable de

la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar

pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados Superiores

del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, con

sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por turno

libre, cinco plazas de la Escala de Titulados Superiores del Instituto

Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, por el sistema

de concurso-oposición distribuidas por áreas y especialidades

conforme al anexo VI de la convocatoria.

Si alguna de las plazas convocadas hubiera de ser declarada

desierta porque ninguno de los aspirantes hubiese alcanzado la

puntuación mínima exigida para superar las fases del concurso

y la oposición, dichas plazas incrementarán la convocada en la

especialidad de Seguridad General.

1.2 A las pruebas selectivas les serán aplicables, la Ley

30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988 de 28 de julio; la Ley

17/1993 de 23 de Diciembre; el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de dos fases: Concurso y

oposición con las pruebas, valoraciones y puntuaciones que se

especifican en el anexo I.

Con carácter previo, a la realización de las pruebas de la fase

de oposición, los aspirantes que no posean la nacional española

deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la

realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un

nivel adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua. El

contenido de esta prueba se ajustará a la dispuesto en el Real

Decreto 826/1988 de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado"

del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del

conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se

calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener la valoración

de "apto" para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.

En la Resolución de la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos

Sociales, a que hace referencia la base 4.1, se determinará el

lugar y la fecha de realización de la prueba de conocimiento del

castellano.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en

posesión del Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera

establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio,

modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero,

o del Certificado de aptitud en español para extranjeros expedido

por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

1.4 La adjudicación de plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso y se hará

por áreas y especialidades.

1.5 Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo,

a la fecha que dé comienzo la fase de oposición, el Subsecretario

de Trabajo y Asuntos Sociales hará pública la lista de los aspirantes

que, habiendo superado la fase de concurso, puedan realizar la

fase de oposición, con indicación de la puntuación obtenida en

dicho concurso. La lista deberá ser expuesta en el local donde

se vaya a celebrar la fase de oposición. La fase de oposición se

iniciará a partir de los tres meses desde la publicación de la

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". Desde la total

conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente,

deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y

máximo de cuarenta y cinco días naturales.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud

de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en

el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no

estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores

de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados, cuando así se prevea en los

Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y

ratificados por España.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener las

titulaciones que a continuación se indican para cada una de las

siguientes áreas y especialidades. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial

que acredite su homologación.

Para la de Seguridad:

Especialidad en seguridad general: Licenciado en Física,

Licenciado en Geología, Licenciado en Matemáticas o Licenciado en

Química.

Cualquier Ingeniería.

Especialidad en seguridad en máquinas.

Ingeniero de Telecomunicaciones, Ingeniero en Electrónica o

Ingeniero en Automática y Electrónica industrial.

Para la de Higiene:

Cualquiera de las licenciaturas del área de "Ciencias

Experimentales y de la Salud".

Ingeniero Químico.

Para la de Psicosociología/Ergonomía:

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas,

Licenciado en Pedagogía, Licenciado en Psicología, Licenciado en

Publicidad y Relaciones Públicas, Licenciado en Sociología o Licenciado

en Psicopedagogía o Licenciado en Derecho.

Licenciado en Medicina.

Ingeniero Industrial, Ingeniero de Organización Industrial o

Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española

deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso

a la función pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "modelo 750"), que será facilitado

gratuitamente en las Delegaciones de Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones de Gobierno, así como en

el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las

Administraciones Públicas, calle María de Molina, 50, de Madrid;

en la Dirección General de la Función Pública, calle María de

Molina, 50, de Madrid, y en el Instituto Nacional de la

Administración Pública, calle Atocha, 106, de Madrid.

Será facilitado también en los Servicios Centrales, los Centros

Nacionales y los Gabinetes Técnico Provinciales del Instituto

Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento

nacional de identidad. Los aspirantes que no posean la

nacionalidad española deberán presentar dos fotocopias del documento

que acredite su nacionalidad, y, en su caso, los documentos que

acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas

o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tenga

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada

o promesa de éste de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que

de conformidad con lo dispuesto en la base 1.3 estén exentos

de la realización de la prueba previa de acreditación del

conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia

compulsada del Diploma Superior de Español como Lengua

Extranjera o del Certificado de aptitud en español para extranjeros

expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar

esta documentación no podrán ser declarados exentos debiendo

en consecuencia realizar la prueba a que se refiere el apartado 1.3

de esta convocatoria.

El historial profesional de cada aspirante se presentará junto

con la solicitud en el modelo que figura en el anexo II de esta

Resolución. Los datos alegados por los aspirantes serán

acreditados documentalmente con las pertinentes certificaciones,

justificantes o cualquier otro medio fehaciente. En caso contrario

no serán tenidos en cuenta.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Trabajo y

Asuntos Sociales". En el recuadro relativo a Centro Gestor se hará

constar "Subsecretaría". En el espacio destinado a código que

figura debajo, se cumplimentará el 19001. En el recuadro relativo

a la tasa de derechos de examen, en el espacio destinado a código

se hará constar el 19020, rellenándose sólo los dos primeros

dígitos.

En el recuadro 15 se señalará "Escala de Titulados Superiores

del I.N.S.H.T.", consignándose el código número 6305 en el

espacio reservado para el mismo, que figura a su lado.

En el recuadro número 17, relativo a la forma de acceso, se

consignará la letra "L" (acceso por el sistema general de acceso

libre).

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid

capital. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el

recuadro número 20.

En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que

se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado

en la base 2.1.3 de esta convocatoria.

En el recuadro 25.A) se hará constar el idioma elegido por

el aspirante para la realización del primer ejercicio de la fase de

oposición.

En el recuadro 25.B) se hará constar el área y, en su caso,

la especialidad por la que se opta, de las previstas en el anexo

VI de la presente convocatoria. El área elegida y la especialidad

condicionarán el contenido de todo el proceso, tanto en la fase

de concurso como en la fase de oposición. En este sentido, los

aspirantes deben realizar el supuesto práctico referente al área,

y en su caso, especialidad a que previamente han optado. La

elección podrá hacerse entre varios propuestos, siempre de la misma

área y, en su caso, especialidad.

Los aspirantes con minusvalía podrán indicarlo en la solicitud,

para lo cual se utilizará el recuadro 21 de la misma. Asimismo

podrán solicitar, expresándolo en el recuadro número 23 las

posibles adaptaciones de tiempo y medios para realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Sólo podrá presentarse una única solicitud por cada aspirante,

debiendo optar en ella por uno de los grupos de materias

propuestas.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1.

"Ejemplar para la Administración", del modelo de solicitud) se hará en

los Servicios Centrales del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales, así como en las Direcciones Provinciales de dicho Ministerio

y en los Servicios Centrales, Centros Nacionales y Gabinetes

Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene

en el Trabajo, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente

al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado", y que se dirigirán al Subsecretario de Trabajo y

Asuntos Sociales.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno

ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número

1302/9002/26/00236447145, abierta en la sucursal 9002,

paseo de la Castellana, número 67 de Madrid, de la Caja Postal,

a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el

extranjero. Tasa 19.020. Derechos de examen". El ingreso podrá

efectuarse directamente en cualquier oficina de la Caja Postal o

mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. A estos

efectos, los importes correspondientes a la tasa por los derechos

de examen son los que se establecen en la base 3.3 de la presente

convocatoria.

3.3 De conformidad con lo establecido por el apartado siete

del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas

Fiscales Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos

de examen será de 4.000 pesetas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 66/1997,

de 30 de diciembre, en su redacción dada por la Ley 50/1998,

de 30 de diciembre, estarán exentos del pago de la tasa los

aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100,

debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal

condición. Igualmente estarán exentos los aspirantes que figuren,

como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un

mes anterior a la fecha de la convocatoria, y siempre que cumplan

los requisitos en el artículo anteriormente citado. En este caso

deberá acompañarse a la solicitud la certificación relativa a la

condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos

en la Ley, que se solicitará en la correspondiente Oficina del

Instituto Nacional de Empleo, y la acreditación de las rentas que

se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del

solicitante.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad

colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo

y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará

en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El

ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación

de la solicitud, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa

de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en

la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica, o en su defecto sello y firma

autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el

Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales dictará Resolución en

el plazo máximo de un mes que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado" y en la que, además de declarar aprobada la lista

de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha del

comienzo del ejercicio de la fase de oposición, así como la relación de

aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.

En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre

y documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días contados a partir del día siguiente al de la publicación de

la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

Contra dicha resolución se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día

siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente o

bien, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo

de un mes desde su publicación, ante el órgano convocante.

4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

pro

cederá la devolución de la tasa por derechos de examen, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo VII a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificando al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales

cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/1992 o si hubiesen realizado tareas de

preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años

anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

Tribunal con la asistencia de la mayoría de sus miembros titulares

o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo

máximo de treinta días a partir de la designación y mínimo de diez

días antes del inicio de la primera base de la oposición.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución el Tribunal, para actuar

validamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.6 Dentro del proceso selectivo el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como aquello que proceda en los casos no previstos.

El Tribunal en su actuación se ajustará en todo momento a

lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas que estime pertinentes,

limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus

especialidades técnicas. La designación deberá comunicarse al

Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Seguridad e

Higiene en el Trabajo, calle Torrelaguna, 73, 28027 Madrid, teléfono

91 405 99 29.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado el proceso selectivo un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Q", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública, de fecha 14 de abril de 1999 ("Boletín

Oficial del Estado" del 17).

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada fase de la

oposición en único llamamiento, siendo excluidos de ésta quienes

no comparezcan salvo en casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal

tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, al que se comunicarán

las posibles inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión o en las pruebas selectivas a los efectos

procedentes.

Contra dicha exclusión se podrá interponer recurso

contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente

a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente o bien,

con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un

mes desde su publicación, ante el órgano convocante.

Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso

de reposición ante la misma autoridad indicada en el párrafo

anterior.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública

en el lugar de celebración de la misma así como en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos otros que estime

oportunos, la relación de aspirantes aprobados por orden de

puntuación alcanzada, con indicación del documento nacional de

identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de dicha

lista al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales. Dicha lista

se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquél en que se hicieron públicas las listas de

aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores

aprobados deberán presentar en el Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales los siguientes documentos:

A) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios para

la obtención del título.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas según el modelo que figura en el anexo IV.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos

a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado

el acceso a la función pública.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos y aprobados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central

de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren

para acreditar tal condición, con expresión del número e importe

de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos

señalados en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad

en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Finalizado el proceso selectivo quienes lo hubieran

superado serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de Trabajo

y Asuntos Sociales, funcionarios de carrera mediante Resolución

del Secretario de Estado para la Administración Pública, que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", en que se indicará

el destino adjudicado.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse en el plazo de diez días naturales, previa

oferta de los mismos. En el caso de que algunos de los puestos

de trabajo ofrecidos como primer destino supongan la

participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en

las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses

generales del Estado, quedan excluidos de la posibilidad de ser

elegidos por los aspirantes que no posean la nacionalidad

española, siendo la Administración la competente para determinar

cuales serían estos puestos de trabajo.

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha

de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de su

nombramiento como funcionarios de carrera.

8.7 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la

Administración Pública, el Ministerio para las Administraciones

Públicas, a través del Instituto Nacional de la Administración

Pública y en colaboración con los centros de formación de funcionarios

competentes en cada caso, velará por la formación de los

aspirantes seleccionados en el dominio de las lenguas oficiales de

las Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una

vez nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación de los Tribunales podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecida en el título

VII, capítulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la mencionada Ley.

Madrid, 3 de Diciembre de de 1999.-El Subsecretario, Marino

Díaz Guerra.

ANEXO I

Pruebas, valoración y puntuación

El procedimiento de selección constará de dos fases: Concurso

y oposición.

Ambas fases tendrán carácter eliminatorio, debiendo alcanzar

en cada una de ellas la puntuación mínima requerida para pasar

a la fase siguiente.

1.o Fase de concurso:

Primera: Se valorará el historial profesional de los solicitantes

conforme al baremo que se adjunta como anexo V de la

convocatoria.

El historial profesional deberá ser presentado en el modelo

oficial que se adjunta como anexo II.

La puntuación a asignar se valorará de 0 a 15 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 7,5 para acceder a la segunda

parte.

Segunda: Consistirá en una entrevista en la que se planteará

cualquier cuestión que el Tribunal considere de interés para un

mejor conocimiento de las capacidades del opositor. La

puntuación a asignar se valorará de 0 a 5 puntos, siendo necesario obtener

un mínimo de 2,5 puntos.

La calificación de esta fase vendrá determinada por la suma

de las puntuaciones obtenidas en cada una de las partes.

2.o Fase de oposición:

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios

eliminatorios:

Primer ejercicio: Constará de dos partes:

Primera: Consistirá en la realización de una traducción directa,

por escrito, en castellano, de un documento redactado en inglés,

francés o alemán, a elección del aspirante, sin diccionario. Para

la práctica de dicho ejercicio los aspirantes dispondrán de un

tiempo de dos horas.

Segunda: Consistirá en la lectura por el aspirante, en sesión

pública ante el Tribunal de la traducción realizada, seguida de

una conversación con éste, en la lengua elegida, durante un tiempo

máximo de quince minutos.

Para la verificación de este ejercicio, el Tribunal podrá ser

asistido por los asesores especialistas que designe.

La calificación global del ejercicio será de 0 a 8 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 4 puntos.

Segundo ejercicio: Versará sobre el contenido del anexo III.

Consistirá en un examen oral en el que se habrá de desarrollar

un tema de la parte común del programa, para lo cual el opositor

eligirá entre dos extraidos al azar, y un tema de la parte específica

por la que se haya optado, para lo cual el opositor eligirá

igualmente entre dos extraidos al azar.

Los opositores dispondrán de un período de treinta minutos

para la preparación de este ejercicio en una sala en la que

encontrarán la documentación de consulta que el Tribunal estime

oportuna. Dicha documentación será la misma para todos los

opositores.

La exposición oral de los dos temas habrá de realizarse en

cuarenta minutos como máximo y durante la misma podrá

utilizarse el guión que, en su caso, se hubiere realizado.

Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el

opositor durante un período máximo de quince minutos sobre

aspectos de los temas que hubiera desarrollado.

En este ejercicio se valorará el equilibrio en el desarrollo de

ambos temas, así como el volumen y comprensión de los

conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión

oral.

Se otorgará una calificación máxima de diez puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar el

ejercicio.

Tercer ejercicio: Versará sobre el contenido del anexo III y

constará de dos partes:

Primera: Consistirá en la realización por escrito de un supuesto

práctico que comprenderá una parte común para todos los

opositores y una parte específica de cada una de las áreas o

especialidad temática elegida. Para realizar este ejercicio los aspirantes

dispondrán de un tiempo de tres horas.

Segunda: Consistirá en la lectura pública o exposición de las

operaciones realizadas ante el Tribunal del ejercicio escrito

desarrollado, seguida de un diálogo en el que se le planteará al

opositor cualquier cuestión que el Tribunal considere de interés

para un mejor conocimiento de los argumentos y criterios

utilizados por el aspirante en dicho supuesto.

La puntuación de este tercer ejercicio será única tras la

realización y valoración de las dos partes indicadas. La puntuación

máxima será de 12 puntos, siendo necesario obtener, al menos

6 para superarla.

ANEXO II

1. Datos personales:

Primer apellido................, segundo apellido................,

nombre ............................, documento nacional de

identidad .....................................................................,

fecha de nacimiento ........................, domicilio a efectos de

notificaciones ........................, código postal ..........,

localidad ..........

2. Elección de áreas y especialidades definidas en la

convocatoria.

Seguridad:

Seguridad General.............................................. i

Seguridad en Máquinas ........................................ i

Higiene: ......................................................... i

Psicosociología/Ergonomía: ................................... i

3. Titulación universitaria:

.......................................................................

...........................................................................

...........................................................................

4. Formación:

4.1 En áreas a las que se refiere el artículo 34 del Real

Decreto 39/1997, de 17 de enero, SI i

NO i

En el área para la que se concursa SÍ i

NO i

En área distinta SÍ i

NO i

4.2 Doctorado:

Título ................................................................

Fecha ................................................................

4.3 Becario en el área y especialidad para los que se concursa:

Tema.................................................................

Fecha ................................................................

Centro ...............................................................

4.4 Otros cursos (1):

Nombre ..............................................................

Duración (horas lectivas) ...........................................

Institución organizadora ...........................................

5. Experiencia en áreas definidas en la convocatoria (1):

Nombre de la empresa/entidad: ...................................

Actividad o trabajo realizado:......................................

Tiempo de duración: ...............................................

6. Otros méritos (1):

.......................................................................

...........................................................................

...........................................................................

(1) Utilice hoja aparte si fuese necesario.

6.1 Artículos en revistas extranjeras:

Revista...............................................................

Título artículo .......................................................

Fecha publicación ..................................................

6.2 Artículos en revistas nacionales:

Revista...............................................................

Título artículo .......................................................

Fecha publicación ..................................................

6.3 Libros (autor único):

Título ................................................................

Editorial .............................................................

Fecha edición .......................................................

6.4 Libros autoría compartida:

Título ................................................................

Editorial .............................................................

Fecha edición .......................................................

6.5 Comunicaciones en Congresos Internacionales:

Congreso ............................................................

Fecha y lugar celebración ..........................................

Título comunicación................................................

6.6 Comunicaciones en Congresos Nacionales:

Congreso ............................................................

Fecha y lugar celebración ..........................................

Título comunicación................................................

6.7 Trabajos de investigación no publicados:

Título ................................................................

ANEXO III

Temario

Parte común:

Tema 1. Condiciones de trabajo y salud.

Tema 2. Riesgos.

Tema 3. Daños derivados del trabajo.

Tema 4. Prevención y protección.

Tema 5. Bases estadísticas aplicadas a la prevención.

Tema 6. Concepto y definición de Seguridad: Técnicas de

Seguridad.

Tema 7. Accidentes de Trabajo.

Tema 8. Investigación de Accidentes como técnica preventiva.

Tema 9. Análisis y evaluación general del riesgo de accidente.

Tema 10. Normas y señalización en seguridad.

Tema 11. Protección colectiva e individual.

Tema 12. Análisis estadístico de accidentes.

Tema 13. Planes de emergencia y autoprotección.

Tema 14. Análisis, evaluación y control de riesgos

específicos: Máquinas; equipos, instalaciones y herramientas; lugares

y espacios de trabajo; manipulación, almacenamiento y transporte;

electricidad; incendios; productos químicos.

Tema 15. Residuos tóxicos y peligrosos.

Tema 16. Inspecciones de seguridad e investigación de

accidentes.

Tema 17. Medidas preventivas de eliminación y reducción de

riesgos.

Tema 18. Higiene Industrial. Conceptos y objetivos.

Tema 19. Agentes químicos. Toxicología laboral.

Tema 20. Agentes químicos. Evaluación de la exposición.

Tema 21. Agentes químicos. Control de la exposición:

Principios generales; acciones sobre el foco contaminante; acciones

sobre el medio de propagación. Ventilación; acciones sobre el

individuo: Equipos de protección individual: Clasificación.

Tema 22. Normativa legal específica.

Tema 23. Agentes físicos: Características, efectos, evaluación

y control: Ruido, vibraciones, ambiente térmico, radiaciones no

ionizantes, radiaciones ionizantes.

Tema 24. Agentes biológicos. Efectos, evaluación y control.

Tema 25. Conceptos básicos, objetivos y funciones.

Tema 26. Patologías de origen laboral.

Tema 27. Vigilancia de la salud.

Tema 28. Promoción de la salud en la empresa.

Tema 29. Epidemiología laboral e investigación

epidemiológica.

Tema 30. Planificación e información sanitaria.

Tema 31. Socorrismo y primeros auxilios.

Tema 32. Ergonomía: Conceptos y objetivos.

Tema 33. Condiciones ambientales en Ergonomía.

Tema 34. Concepción y diseño del puesto de trabajo.

Tema 35. Carga física de trabajo.

Tema 36. Carga mental de trabajo.

Tema 37. Factores de naturaleza psicosocial.

Tema 38. Estructura de la organización.

Tema 39. Características de la empresa, del puesto e

individuales.

Tema 40. Estrés y otros problemas psicosociales.

Tema 41. Consecuencias de los factores psicosociales nocivos

y su evaluación.

Tema 42. Intervención psicosocial.

Tema 43. Formación.

Tema 44. Análisis de necesidades formativas.

Tema 45. Planes y programas en formación.

Tema 46. Técnicas educativas.

Tema 47. Seguimiento y evaluación de la formación.

Tema 48. Técnicas de comunicación, información y

negociación.

Tema 49. La comunicación en prevención, canales y tipos.

Tema 50. Información. Condiciones de eficacia.

Tema 51. Técnicas de negociación.

Tema 52. Aspectos generales sobre administración y gestión

empresarial.

Tema 53. Planificación de la Prevención.

Tema 54. Organización de la Prevención.

Tema 55. Economía de la Prevención.

Tema 56. Aplicación a sectores especiales: Construcción,

industrias extractivas, transporte, pesca y agricultura.

Tema 57. Seguridad del producto y sistemas de gestión de

la calidad.

Tema 58. Gestión medioambiental.

Tema 59. Seguridad industrial y prevención de riesgos

patrimoniales.

Tema 60. Seguridad vial.

Tema 61. Nociones de derecho del trabajo.

Tema 62. Sistema español de la Seguridad Social.

Tema 63. Legislación básica de relaciones laborales.

Tema 64. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.

Tema 65. Responsabilidades en materia preventiva.

Tema 66. Organización de la prevención en España.

Especialidad de Seguridad General:

Tema 1. Metodología de investigación de accidentes.

Tema 2. Análisis estadístico de accidentes.

Tema 3. Evaluación del riesgo de accidente e inspecciones

de seguridad.

Tema 4. Normas y señalización en seguridad.

Tema 5. Protección colectiva e individual.

Tema 6. Planes de emergencia y autoprotección.

Tema 7. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos:

a) Máquinas, equipos, instalaciones y herramientas.

b) Lugares y espacios de trabajo.

c) Manipulación, almacenamiento y transporte.

d) Electricidad.

e) Incendios y explosiones.

f) Productos químicos.

Especialidad de Seguridad en Máquinas:

Tema 1. Marco legal sobre comercialización y/o puesta en

servicio de máquinas (Real Decreto 1435/1992, de 27 de

noviembre, modificado por el Real Decreto 56/1995, de 20 de enero).

Tema 2. Marco legal sobre utilización por los trabajadores

de los equipos de trabajo (Real Decreto 1215/1997, de 18 de

julio).

Tema 3. Conceptos básicos, principios generales para el

diseño:

a) Metodología (UNE-EN 292-1:1993).

b) Prevención intrínseca (UNE-EN 292-2:1993).

c) Protección (UNE-EN 292-2:1993).

Tema 4. Principios para la evaluación del riesgo (UNE-EN

1050:1997).

Tema 5. Partes de los sistemas de mando relativas a la

seguridad. Principios generales para el diseño (UNE-EN 954-1:1997).

Tema 6. Técnicas de análisis de la fiabilidad de los sistemas.

Procedimiento de análisis de los modos de fallo y sus efectos -AMFE

(UNE-20812:1995).

Tema 7. Análisis mediante el árbol de defectos (CEI

61025:1990).

Especialidad de Higiene Industrial:

Tema 1. Toxicología:

a) Relaciones dosis-efecto y dosis-respuesta.

b) Penetración, absorción, distribución, metabolización y

eliminación de los tóxicos.

c) Toxicología de polvos minerales y fibras, metales,

disolventes y plaguicidas.

d) Cancerígenos, mutágenos y teratógenos.

Tema 2. Estrategia de medición y muestreo.

1. Elección del tipo de medida y toma de muestra.

2. Planificación de la toma de muestra.

3. Análisis.

4. Tratamiento estadístico de los resultados.

Tema 3. Ventilación.

1. Extracción localizada: Determinación del diseño de la

instalación, caudal de aspiración, elementos de captación y pérdida

de carga.Elección del ventilador.

2. Ventilación por dilución: Ventilación para la protección

de la salud y control del ambiente térmico. Determinación del

caudal y disposición de los ventiladores. Elección de los

ventiladores.

Tema 4. Ruido: Aislamiento y reducción del ruido.

1. Absorción: Cálculo de la amortiguación del sonido en

recintos. Diseño y elección de materiales.

2. Aislamiento: Cálculo de aislamiento de locales y de

maquinaria. Diseño y elección de materiales.

Tema 5. Ruido: Equipos de protección individual.

1. Cálculo de la atenuación.

2. Elección del equipo

Tema 6. Normativa española y comunitaria.

1. Clasificación, envasado y etiquetado de sustancias

químicas preparados peligrosos.

2. Ruido.

3. Plomo.

4. Cloruro de vinilo monómero.

5. Agentes biológicos.

6. Prohibición de determinadas sustancias y actividades.

7. Agentes cancerígenos.

8. Amianto.

9. Lugares de trabajo.

Especialidad de Ergonomía y Psicosociología aplicada

Tema 1. Metodología e instrumentos utilizados para el

análisis ergonómico de los puestos de trabajo.

Tema 2. Procedimientos básicos de estadística aplicables a

la Ergonomía y a la Psicosociología.

Tema 3. Técnicas empleadas en Ergonomía y Psicosociología

aplicada: Observación, entrevista y encuesta.

Tema 4. El acondicionamiento de los puestos con pantallas

de visualización de datos. Criterios de evaluación y normativa

aplicable.

Tema 5. Condiciones ambientales.

1. Condiciones termohigrométricas: Criterios de evaluación

y normativa aplicable.

2. Iluminación: Criterios de evaluación y acondicionamiento

y normativa aplicable.

3. Ruido en relación con la comunicación y la concentración:

Criterios de evaluación.

Tema 6. Evaluación global de la carga física. Trastornos

musculoesqueléticos: Evaluación de las molestias. Evaluación de

los riesgos asociados a las posturas de trabajo. Manipulación

manual de cargas: Evaluación y normativa aplicable. Movimientos

repetitivos: Problemática derivada, factores causales y sistemas

de evaluación.

Tema 7. Métodos de evaluación de la carga mental de trabajo.

Tema 8. Motivación y satisfacción laboral y su evaluación.

Consencuencias del estrés laboral y su evaluación. Metodología

y técnicas de evaluación de los factores psicosociales. Estrategias

para la implantación de un plan de actuación psicosocial.

ANEXO IV

Don .........................................................................., con

domicilio en ................................................, y documento

nacional de identidad número .........................., declara bajo

juramento o promete a efectos de ser nombrado funcionario de

la Escala ......................................., que no ha sido separado

del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que

no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En ................. a ................. de ................. de 1999.

Aspirantes de otras nacionalidades

Don .........................................................................., con

domicilio en ................................................, y documento

nacional de identidad/pasaporte número ..........................,

declara bajo juramento o promete a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala ......................................., que no ha sido

sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en

su Estado el acceso a la Función Pública.

En ................. a ................. de ................. de 1999.

ANEXO V

Valoración, méritos alegados

El Tribunal únicamente considerará a efectos de valoración

de méritos en la fase de concurso aquellos que estén directa y

estrictamente relacionados con las áreas y especialidades definidas

en la convocatoria como: Seguridad (general en máquinas),

Higiene y Psicosociología/Ergonomía.

Se valorarán únicamente los méritos alegados por los

interesados, debidamente acreditados mediante la presentación de la

oportuna documentación en relación con los siguientes apartados:

a) Formación en las áreas definidas en la convocatoria.

Puntuación máxima de este concepto 6 puntos.

La formación a valorar será la impartida por las Universidades,

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo,

Organismos Oficiales competentes en la materia y centros autorizados

conforme al capítulo III de la Orden de 27 de junio de 1997 por

la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero,

por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de

Prevención.

Serán valorados únicamente aquellos cursos que superen las

veinte horas de duración.

1. Formación a la que se refiere el artículo 34 del Real Decreto

39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento

de los Servicios de prevención.

1.1 En el área para la que se concursa: 2 puntos.

1.2 En área distinta para la que se concursa: 0,5 puntos.

2. Doctorado: 1 punto.

3. Haber sido becario del Instituto en el área y especialidad

para la que se concursa: 1 punto.

4. Cursos relacionados con la prevención de riesgos laborales:

0,5 puntos por cada 100 horas, hasta un máximo de 2 puntos.

b) Experiencia en el área para la que se concursa: 0,5 puntos

por cada semestre cumplido, hasta un máximo de 4 puntos.

c) Otros méritos: hasta un máximo de 5 puntos.

1. Artículos publicados en revistas extranjeras: 0,5 puntos.

2. Artículos publicados en revistas nacionales: 0,2 puntos.

3. Libros editados (como autor único): 1 punto.

4. Libros editados (como autoría compartida): 0,2 puntos.

5. Comunicaciones en congresos internacionales: 0,1 punto.

6. Comunicaciones en congresos nacionales: 0,05 puntos.

7. Trabajo de investigación no publicados: hasta 1 punto.

ANEXO VI

Distribución por áreas y especialidades y número de plazas

para cada una de ellas.

Seguridad:

Seguridad General: 1 plaza.

Seguridad en Máquinas: 1 plaza.

Higiene: 2 plazas.

Psicosociología/Ergonomía: 1 plaza.

ANEXO VII

Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional

de Seguridad e Higiene en el Trabajo

Tribunal titular:

Presidente: Don Florentino Alonso Arenal, Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el

Trabajo

Vocales: Don José Luis Castella López, Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el

Trabajo; don Esteban Rodríguez Vera, Escala de Letrados a

Extinguir de AISS y, don José de la Puente Gil, Cuerpo Superior de

Inspectores de Trabajo.

Secretaria: Doña Natividad Domínguez Calaveras, Cuerpo

Técnico Superior de la Administración de la Seguridad Social.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Mario Grau Ríos, Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Vocales: Don Juan Guasch Farras, Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo;

don Fernando Soto Mora, Cuerpo Superior de Administradores

Civiles del Estado y, don Eusebio Martín Asenjo, Escala de

Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene

en el Trabajo.

Secretaria: Doña Ana Ruiz Espinosa, Escala Técnica de Gestión

de Organismos Autónomos.

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