Por Orden de 25 de febrero de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de abril), se conceden las ayudas para participar en la actividad de recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados entre el 14 de marzo y el 12 de junio, y entre el 3 de octubre y el 4 de diciembre de 1999.
En el apartado séptimo, se ha advertido un error material, por lo que procede su rectificación.
Por todo ello, he dispuesto:
Se modifica el apartado séptimo de la Orden de 25 de febrero de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de abril) por la que se conceden ayudas para participar en la actividad de recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados entre el 14 de marzo y el 12 de junio, y entre el 3 de octubre y el 4 de diciembre de 1999, quedando redactado como sigue:
«Las Direcciones Provinciales de Cáceres y Guadalajara deberán hacer acopio de la documentación acreditativa de la justificación del gasto y remitirán, a la Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio, la certificación que acredite que el mismo se ha destinado a la finalidad prevista, así como una relación de los alumnos beneficiarios de las ayudas concedidas.
En el caso de Búbal, el coordinador de la actividad, que actúa como Subcajero Pagador, remitirá la documentación justificativa indicada anteriormente al Habilitado del Ministerio de Educación y Cultura, que le permita la oportuna justificación de los libramientos.»
Madrid, 28 de octubre de 1999.–P. D. (Órdenes de 17 de marzo, «Boletín Oficial del Estado» del 2, y de 17 de junio, «Boletín Oficial del Estado» del 19), la Directora general de Formación Profesional y Promoción Educativa, Dolores de la Fuente Vázquez.
Ilmas. Sras. Directora general de Coordinación y de la Alta Inspección y Subdirectora general de Becas y Ayudas al Estudio.
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