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Documento BOE-A-1999-22337

Resolución de 10 de noviembre de 1999, de la Presidencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 19 de noviembre de 1999, páginas 40311 a 40317 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-1999-22337

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta

Presidencia de 30 de junio de 1999 ("Boletín Oficial del Estado"

de 9 de julio) por la que se anuncia la oferta de empleo público

del Tribunal de Cuentas para 1999, aprobada por el Pleno del

Tribunal, en su sesión del pasado 29 de junio, con el fin de atender

las necesidades de personal y previo acuerdo de la Comisión de

Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.c)

de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal

de Cuentas,

Esta Presidencia, en el ejercicio de las competencias que le

están atribuidas en el artículo 2.1.b) de la citada Ley, ha resuelto

convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de

Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas, de acuerdo con las

siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir diez plazas,

por el sistema general de acceso libre.

1.2 De dichas de plazas se reservará un 3 por 100 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con lo establecido

en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de

2 de agosto. Las plazas de dicho cupo que no resulten cubiertas

acrecerán las del sistema general de acceso libre.

1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal

de Cuentas; la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988,

de 28 de julio; la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero; el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.4 El procedimiento selectivo será la oposición, con las

pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.7 El primer ejercicio de la oposición no se iniciará antes

del día 15 de febrero del 2000.

1.8 Desde la total conclusión de cada ejercicio hasta el

comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto

Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente, o haber

superado tres años completos de Licenciatura.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

funciones propias del Cuerpo de Contadores Diplomados del

Tribunal de Cuentas.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualesquiera de las Administraciones

Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones

públicas.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios en organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada

por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), considere que tienen por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de

origen en el Organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que

ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales,

se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para

la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar

a tal calificación y participar en las pruebas de las que hayan

sido eximidos, en igualdad de condiciones que el resto de los

aspirantes del turno libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo

con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerse, como mínimo, hasta el momento de la toma

de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia, ajustada al modelo que

figura como anexo III, en la que deberán cumplimentar todos los datos

que en la misma se solicitan.

3.1.1 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la

solicitud, señalando las posibles adaptaciones de tiempo y medios

que pudieran requerir para la realización de los ejercicios.

3.1.2 Las certificaciones de homologación de los funcionarios

a que se refiere la base 2.2 habrán de presentarse, junto con

la solicitud, para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter

excepcional, al Tribunal con antelación a la celebración de las

correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones

se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al

cual se produjeron. En caso de duda, el Tribunal formulará

consulta a la Comisión Permanente de Homologación.

3.1.3 A la solicitud se acompañará fotocopia del documento

nacional de identidad, así como dos fotografías tamaño carné,

respaldadas con el nombre y apellidos del solicitante.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor

Presidente del Tribunal de Cuentas, en el plazo de veinte días

naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

3.3 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Tribunal de Cuentas (calle Fuencarral, número 81,

Madrid) bien directamente, o a través de cualesquiera de los medios

que establece el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada

al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Las solicitudes

suscritas por españoles residentes en el extranjero podrán

cursarse, en el plazo expresado en el apartado anterior, a través

de las correspondientes representaciones diplomáticas o

consulares españolas, quienes las remitirán al Organismo competente.

El interesado adjuntará a su solicitud el comprobante de haber

satisfecho los derechos de examen.

Las solicitudes que se cursen por conducto de Oficinas de

Correos deberán presentarse en sobre abierto, para ser fechadas

y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas,

en aplicación de lo dispuesto en el precepto anteriormente citado.

3.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de

la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos de examen

será de 4.000 pesetas. Para los aspirantes que participen por

el turno de promoción interna será de 2.000 pesetas, hallándose

exentos del pago de la misma los aspirantes con discapacidad

igual o superior al 33 por 100. Igualmente, y de conformidad

con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 50/1998, estarán

exentos del pago de la tasa, las personas que figuren como

demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior

a la fecha de la convocatoria, siempre que en el plazo de que

se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se

hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones

de promoción, formación o reconversión profesional y que,

asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al

sala

rio mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición

de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley,

se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto Nacional

de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará

mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.

Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.

El pago se efectuará en la Habilitación del Tribunal de Cuentas,

bien personalmente o mediante giro postal o telegráfico,

haciéndose constar en la solicitud el número y fecha de ingreso.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Secretario general del Tribunal de Cuentas, por delegación de la

Autoridad convocante, dictará Resolución, en el plazo máximo de un

mes, declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y

excluidos, y publicando la relación de aspirantes excluidos, con

indicación de las causas de exclusión. Dicha Resolución se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", indicando en la misma los lugares

en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas

completas de aspirantes admitidos y excluidos, en las que constará

el nombre y apellidos de los candidatos y el número de su

Documento Nacional de Identidad. En la Resolución se determinará,

igualmente, el lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución a que se refiere la base anterior en el "Boletín

Oficial del Estado", para poder subsanar el defecto o defectos que

hubieran motivado la exclusión provisional. Contra la Resolución

por la que se declare al aspirante definitivamente excluido, podrá

interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Tribunal de

Cuentas, en el plazo de un mes, a tenor de lo que se dispone en el

artículo 3, j), y en la disposición adicional primera, 4, de la Ley

7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas,

en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, según la redacción dada a los mismos por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

4.3 Los errores de hecho podrán subsanarse, en cualquier

momento, de oficio o a petición del interesado.

4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. En consecuencia, no procederá devolución alguna

de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las

pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de las pruebas es el que figura

como anexo IV de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la Presidencia del Tribunal de Cuentas,

cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en

el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de

preparación de aspirantes a pruebas selectivas durante los cinco años

anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando estimen que concurren las circunstancias

previstas en el artículo 29 de la citada Ley.

5.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con asistencia del Presidente, el Secretario y la mitad, al

menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión,

el Tribunal acordará todas las decisiones que le corresponden

en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. Celebrará

su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días,

contados a partir de su designación, y mínimo de diez días antes

de la realización del primer ejercicio.

5.4 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.5 Durante el desarrollo de los ejercicios de la oposición,

el Tribunal, por mayoría de votos, resolverá todas las dudas que

surjan en la aplicación de las normas de esta convocatoria, así

como lo que deba actuarse en los casos no previstos.

5.6 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas para

asegurar que los aspirantes con minusvalía dispongan de similares

condiciones que el resto de los participantes para la realización

de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía,

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1.1, se

establecerán las posibles adaptaciones de tiempo y medios. A tal

efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración

de los órganos técnicos de la Administración Laboral o Sanitaria.

5.7 El Presidente del Tribunal calificador adoptará las

medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin conocerse la identidad de los aspirantes. El Tribunal

excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas

o signos que permitan identificar al opositor.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal calificador tendrá su sede en el Tribunal de Cuentas, calle

Fuencarral, 81, 28004 Madrid, teléfono 91-447 87 01. El Tribunal

dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, sea miembro

o no del mismo, atienda cuantas cuestiones se planteen en relación

con el desarrollo del proceso selectivo.

5.9 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas tendrá

la categoría segunda de las establecidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.10 En ningún caso, el Tribunal calificador podrá aprobar

ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número

de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nula

de pleno derecho, cualquier propuesta de aprobados que lo

contravenga.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por aquel cuyo primer apellido comience con la letra

"A", de conformidad con lo establecido en la Resolución de esta

Presidencia de 8 de septiembre de 1999 ("Boletín Oficial del

Estado" del 17), por la que se hace público el resultado del sorteo

celebrado el mismo día.

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal para acreditar su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal calificador.

6.4 Una vez iniciada la oposición, la publicación de los

sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios

se efectuará por el Tribunal calificador en los locales donde se

haya celebrado el primero, así como en el cuadro de avisos del

Tribunal de Cuentas.

Dichos anuncios se efectuarán con, al menos, doce horas de

antelación al comienzo de las pruebas, si se trata del mismo

ejercicio, o veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

6.5 Si, en cualquier momento del procedimiento de selección,

llegase a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes

carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa

audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Presidencia

del Tribunal de Cuentas, comunicando a ésta la inexactitud o

falsedades contenidas en la solicitud de admisión a las pruebas

selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador

hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último

ejercicio, así como, en su caso, en el cuadro de avisos del Tribunal

de Cuentas, la relación de aspirantes aprobados, por orden de

puntuaciones alcanzadas, con indicación del respectivo

documento nacional de identidad.

7.2 El Presidente del Tribunal calificador elevará copia

certificada de la lista de aprobados en la oposición, por orden de

puntuación, a la Presidencia del Tribunal de Cuentas, para su

conocimiento y publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hizo pública la lista de aprobados

en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán

presentar, en la Secretaría General del Tribunal de Cuentas los

siguientes documentos:

a) Fotocopia del título exigido o certificación académica que

acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del

mismo, el día en que finalizó el plazo de presentación de

solicitudes.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna

Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como anexo V

a esta convocatoria.

c) Los aspirantes con minusvalía a que se refiere la base 1.2

de esta convocatoria deberán acreditar tal condición, si obtuvieren

plaza, mediante certificación de los órganos competentes del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad

Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central

de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependiesen

para acreditar tal condición, con expresión del número e importe

de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

8.3 Quienes, dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la

misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad

en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 La petición de destinos, por parte de los aspirantes

aprobados, se realizará previa oferta a los mismos, y su adjudicación

se efectuará siguiendo el orden de puntuación obtenida en la

oposición, de conformidad con lo establecido en la norma 1.6 de

esta convocatoria.

Los funcionarios de organismos internacionales que superen

las pruebas participarán en la elección de destino junto a los

restantes aprobados de turno libre.

8.5 Transcurrido el plazo de presentación de documentos,

los aspirantes seleccionados serán nombrados funcionarios de

carrera mediante Resolución de la Presidencia del Tribunal de

Cuentas, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", y

en la que se expresará la fecha de nacimiento de los interesados,

el Número de Registro de Personal que se les asigne, así como

el destino adjudicado.

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados se

efectuará dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente

al de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

del Estado", debiendo, asimismo, prestar juramento o promesa

en la forma establecida en el Real Decreto 707/1979, de 5 de

abril, para la adquisición de la condición de funcionario.

9. Norma final

Contra esta convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de la misma, podrá interponerse recurso de

alzada, en el plazo de un mes, ante el Pleno del Tribunal de

Cuentas, a tenor de lo que dispone el artículo 3.j) y la disposición

adicional primera, 1 y 4, de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de

Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en relación con los

artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según

la redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de

enero.

Madrid, 10 de noviembre de 1999.-El Presidente, Ubaldo Nieto

de Alba.

Ilmo. Sr. Secretario general del Tribunal de Cuentas.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

1. Ejercicios

La oposición constará de cuatro ejercicios, todos ellos

eliminatorios.

Primer ejercicio.-Consistirá en la resolución, por escrito, de

un cuestionario de preguntas propuestas por el Tribunal,

relacionadas con las materias de Derechos Mercantil, Constitucional

y Administrativo y Economía General y de la Empresa, que figuran

en el temario incluido en el anexo II, punto 1 de esta Resolución.

La duración de este ejercicio será de dos horas y treinta

minutos.

Segundo ejercicio.-Consistirá en la resolución, por escrito, de

cuestiones prácticas de Contabilidad General y de Sociedades y

Auditoría, pudiendo figurar, en la parte de Contabilidad, la

aplicación de la matemática financiera necesaria, de acuerdo con el

temario que figura en el anexo II, punto 2. Para la realización

de este ejercicio podrán utilizarse el Plan General de Contabilidad

y las resoluciones publicadas por el Instituto de Contabilidad y

Auditoría de Cuentas, así como calculadoras no programables.

La duración máxima de este ejercicio será de seis horas.

Tercer ejercicio.-Consistirá en la resolución, por escrito, de

cuestiones prácticas de Contabilidad Pública, de conformidad con

lo establecido en el vigente Plan General de Contabilidad Pública

y demás disposiciones dictadas para el desarrollo reglamentario

del mismo. Dichos textos podrán ser utilizados en el ejercicio,

así como calculadoras no programables.

La duración máxima de este ejercicio será de seis horas.

Cuarto ejercicio.-Consistirá en la exposición, por escrito,

durante un tiempo máximo de tres horas, de dos temas, extraídos

al azar, uno del temario que se incluye como anexo II, punto

3 de la presente Resolución, bajo el epígrafe de "Derecho

Presupuestario y Actividad económico-financiera del Sector Público

y su control" (temas 1 al 22, ambos inclusive), y otro del mismo

anexo, punto 4 "El Tribunal de Cuentas: Organización, funciones

y procedimientos" (temas 23 al 37, ambos inclusive).

Las contestaciones de cada opositor serán leídas por éste en

sesión pública. A continuación, el Tribunal podrá formular

preguntas y cuestiones al opositor durante un tiempo máximo de

quince minutos sobre cualquiera de los aspectos de su exposición.

2. Valoración de los ejercicios

Cada uno de los ejercicios se calificará de cero a veinte puntos,

siendo necesario, para superar cada uno de ellos, obtener un

mínimo de diez puntos.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por

la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

ANEXO II

Programa de la oposición

1. Derechos Mercantil, Constitucional y Administrativo

y Economía General y de la Empresa

Tema 1. Concepto del Derecho Mercantil: Fuentes. El Código

de Comercio. Leyes Mercantiles. Aplicación del Derecho Común

a las relaciones mercantiles.

Tema 2. La Empresa mercantil: Concepto y naturaleza.

Elementos. La defensa de la empresa contra la competencia ilícita.

Tema 3. Sociedad mercantil: Concepto. El contrato de

Sociedad mercantil: Elementos esenciales. Formalidades constitutivas.

Escritura e inscripción registral. La Sociedad irregular.

Tema 4. Clases de Sociedades mercantiles. La Sociedad de

Responsabilidad Limitada: Concepto y naturaleza. Fundación y

órganos. Régimen de las participaciones sociales.

Tema 5. La Sociedad Anónima: Fundación. Escritura social

y Estatutos. Acciones y obligaciones. Órganos de las Sociedades

Anónimas.

Tema 6. La Sociedad en liquidación. Operaciones que

comprenden según las causas de disolución. Transformación de las

Sociedades.

Tema 7. Títulos valores: Concepto y clases. Los títulos

directos, a la orden, al portador y de tradición. La letra de cambio.

El endoso, la aceptación y el pago.

Tema 8. Los contratos mercantiles. Clases, perfección, forma

y prueba. La compraventa mercantil: Concepto y caracteres.

Elementos, efectos y extinción del contrato. La compraventa a plazos.

Tema 9. Los contratos bancarios: Principales figuras. El

contrato de seguro.

Tema 10. La suspensión de pagos: Concepto legal. Efectos

de la suspensión de pagos. Situación del suspenso de pagos. Forma

y alcance de la intervención. Gestación del convenio. Impugnación

del convenio. Aprobación judicial del convenio. Incumplimiento

del convenio por el deudor.

Tema 11. La quiebra: Su concepto. Supuestos de la quiebra.

Clases de quiebra. Efectos de la declaración de quiebra sobre el

deudor y sobre los acreedores. Órganos de la quiebra. Soluciones

de la quiebra. Rehabilitación del quebrado.

Tema 12. La contabilidad mercantil. Contabilidad formal:

Libros obligatorios y potestativos. Llevanza y conservación de los

libros. Eficacia jurídica. Contabilidad material: El Balance.

Revisión y regularización de Balances.

Tema 13. La Constitución Española de 1978. Características

y estructura. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El

Poder Judicial. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Constitucional.

La reforma constitucional.

Tema 14. Las fuentes del Derecho Administrativo. La

Constitución. Leyes orgánicas. Leyes ordinarias. Disposiciones del

Gobierno con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos legislativos.

El Reglamento: Concepto, naturalea y clases. Fundamento de la

potestad reglamentaria. La impugnación de los Reglamentos en

nuestro derecho positivo; referencia a la cuestión de ilegalidad.

Los actos administrativos generales y las circulares e instrucciones.

Otras fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 15. Las Administraciones Públicas. Tipos de entes

públicos. Formas de gestión de los servicios públicos. Gestión

directa. Gestión indirecta: La concesión administrativa de servicios

públicos.

Tema 16. Las potestades administrativas: Concepto y clases.

El acto administrativo: Concepto y caracteres. Diferentes

clasificaciones de los actos administrativos. Elementos del acto

administrativo: Sujeto, objeto, fin y forma. La motivación. El silencio

administrativo.

Tema 17. Eficacia del acto administrativo. Ejecutoriedad de

los actos administrativos. Validez e invalidez del acto

administrativo. Declaración de nulidad de pleno derecho de los actos

administrativos por la Administración mediante la revisión de oficio:

casos en que procede y trámites. Declaración de anulabilidad por

la Administración: declaración de lesividad, requisitos y

procedimiento. La revocación.

Tema 18. La responsabilidad patrimonial de la

Administración Pública: Régimen vigente. Requisitos para que proceda la

indemnización. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios.

Tema 19. El procedimiento administrativo: Concepto y fines

del procedimiento. Principios generales y ámbito de aplicación

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común. Características,

elementos y fases del procedimiento administrativo común. Rasgos

esenciales de los procedimientos especiales.

Tema 20. Los recursos administrativos: Concepto y clases.

Tramitación general de los recursos. El recurso de alzada. El

recurso de reposición. El recurso de revisión. La jurisdicción

contencioso-administrativa.

Tema 21. Los funcionarios públicos: Concepto y clases.

Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen

disciplinario de los funcionarios públicos.

Tema 22. Los contratos administrativos: Naturaleza jurídica,

clases y régimen jurídico. Elementos de los contratos

administrativos. Formas de adjudicación de los contratos. Resolución.

Tema 23. El Patrimonio del Estado: Concepto. Bienes que

lo integran. Los bienes de las Entidades Locales. El Patrimonio

de las Comunidades Autónomas.

Tema 24. Análisis de la demanda. Análisis de la oferta. El

precio de mercado y el equilibrio del consumidor.

Tema 25. Teoría de la producción. Funciones de producción

y de costes. Concepto y clases de costes.

Tema 26. El mercado. Concepto y clases. Mercados de libre

concurrencia y monopolísticos. Formación del precio. Análisis de

otros mercados: La competencia imperfecta y el oligopolio.

Tema 27. El dinero: Su naturaleza, concepto y funciones.

Ahorro e inversión. La formación del tipo de interés.

Tema 28. El sistema financiero y sus instituciones: Estructura.

El Banco Central y sus funciones. Otros intermediarios financieros.

Tema 29. La renta nacional: Concepto y métodos de

estimación. La Contabilidad Nacional. El análisis "input-output".

Tema 30. El comercio internacional. Formulaciones teóricas.

La balanza de pagos: Concepto y estructura.

Tema 31. Empresa y Economía de la Empresa. La Empresa

como realidad económica. La Empresa y sus funciones. Clases

de Empresa.

Tema 32. La Empresa y su organización. Los diferentes

modelos y estilos de dirección, planificación, coordinación y control.

Tema 33. La estructura económico-financiera de la Empresa.

Las fuentes de financiación de la Empresa. El equilibrio entre las

inversiones y su financiación. Concepto de fondo de rotación.

Tema 34. La inversión en la Empresa: Concepto. Clases de

inversión. Métodos clásicos de valoración y selección de proyectos

de inversión. El período de maduración: Concepto y

determinación.

Tema 35. La financiación interna o autofinanciación. La

amortización. Causas de la depreciación. La función financiera

de las amortizaciones. Métodos de amortización. Efecto expansivo

de la amortización.

Tema 36. La financiación de la Empresa. Mercado primario

y secundario de valores. La emisión de valores. El derecho de

suscripción preferente. Valoración de acciones y obligaciones.

2. Materias sobre las que versará el 2.º ejercicio

Contabilidad, auditoría y matemática financiera. Contabilidad

general y de sociedades. Auditoría de estados financieros.

Capitalización simple y compuesta. Rentas, préstamos y empréstitos.

3. Derecho Presupuestario y Actividad económico-financiera

del Sector Público y su Control

Tema 1. El Derecho Presupuestario: Concepto y Contenido.

La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales.

Los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública.

Tema 2. El Presupuesto: Concepto jurídico y definición legal.

Naturaleza y contenido de la Ley de Presupuestos. Efectos jurídicos

del Presupuesto respecto a los ingresos y a los gastos públicos.

Los principios presupuestarios: Significado y enumeración.

Principios de unidad y universalidad y la no afectación. Principio de

especialidad. Los créditos presupuestarios y sus modificaciones.

Principio de anualidad y prórroga presupuestaria. Los gastos

plurianuales.

Tema 3. La estructura presupuestaria y las técnicas de

evaluación: El Presupuesto clásico, el Presupuesto por programas

y el Presupuesto base cero. La estructura del Presupuesto en

España: Clasificaciones de los estados de gastos e ingresos. Elaboración

del Proyecto de Ley de Presupuestos: Competencia, procedimiento

y técnicas de evaluación. Examen, enmienda y aprobación de la

Ley de Presupuestos. Variaciones al Presupuesto aprobado:

Límites constitucionales, créditos extraordinarios y suplementos de

crédito.

Tema 4. Operaciones de ejecución del Presupuesto y

operaciones extrapresupuestarias. La ejecución del Presupuesto de

ingresos. La ejecución del Presupuesto de gastos: sus fases. Los

pagos a justificar y en el extranjero. Anticipos de caja fija.

Tema 5. Gastos del personal al servicio de la Administración.

El procedimiento de contratación y el procedimiento de ejecución

del gasto. El gasto subvencional.

Tema 6. El Tesoro Público: Funciones y competencias. La

financiación de los Presupuestos Generales del Estado. Régimen

jurídico del endeudamiento del Sector Público y de los avales del

Tesoro Público.

Tema 7. El Sector Público: Delimitación y agentes que lo

integran. La actividad económico-financiera del sector público y su

ordenamiento jurídico básico. El control de esta actividad:

Concepto y fundamento. Clasificación.

Tema 8. La actividad económico-financiera de la

Administración General del Estado. El texto refundido de la Ley General

Presupuestaria.

Tema 9. El control interno de la Administración del Estado:

La Intervención General de la Administración del Estado:

Organización y funciones. Modalidades del control ejercido por la IGAE.

Otros controles internos.

Tema 10. La función interventora: Objeto y ámbito.

competencias y procedimientos. Fases de intervención. Omisión de la

intervención.

Tema 11. El Control de carácter financiero: Concepto y

formas de ejercicio. Ámbito subjetivo. Desarrollo de las actuaciones.

Informes de Control financiero. El Control financiero permanente,

el de programas presupuestarios y el de sistema y procedimientos.

Tema 12. Referencia especial al control de subvenciones,

créditos, avales, exenciones tributarias y otras ayudas del sector

público a personas físicas y jurídicas. El control de los partidos políticos

y de los procesos electorales. El recurso cameral.

Tema 13. La actividad económico-financiera de la

Administración Institucional: Organismos autónomos, Entidades públicas

empresariales, Entidades y Organismos públicos con un régimen

especial de autonomía y Sociedades estatales, Régimen

presupuestario. Control interno. El Banco de España.

Tema 14. La actividad económico-financiera de la Seguridad

Social: Normas que la regulan. Sus presupuestos y control interno.

El control social.

Tema 15. La actividad económico-financiera de las Entidades

Locales: Normas que la regulan y características de las mismas.

Presupuestos: Estructura, elaboración, aprobación y ejecución.

Financiación, con especial referencia al endeudamiento local.

Control interno.

Tema 16. La actividad económico-financiera de las

Comunidades Autónomas: Normas que las regulan y características de

las mismas. Presupuestos: Estructura, elaboración, aprobación y

ejecución. Financiación, con especial referencia al Acuerdo del

Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades

Autónomas de 23 de septiembre de 1996. Control interno.

Tema 17. La contabilidad pública en España: Marco legal.

El Plan General de Contabilidad Pública: Antecedentes. Ámbito

de aplicación. Estructura y contenido, especial referencia a los

principios contables públicos.

Tema 18. La contabilidad de las operaciones del presupuesto

de gastos. La contabilidad de las operaciones del presupuesto

de ingresos. El Estado de Liquidación del Presupuesto.

Tema 19. La contabilidad de la Administración General del

Estado. Subentidades contables que integran la organización.

Oficinas contables, principales funciones y competencias. Las

Cuentas anuales de la Administración General del Estado, especial

referencia a la Cuenta de la Administración General del Estado.

Tema 20. La contabilidad de la Administración Institucional

del Estado: La Instrucción de contabilidad para la Administración

Institucional del Estado. Principios generales. Formación y

aprobación de las Cuentas anuales.

Tema 21. La contabilidad de la Seguridad Social: La

adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Seguridad

Social, ámbito de aplicación, estructura y contenido. Las Cuentas

anuales de la Seguridad Social.

Tema 22. La contabilidad de las Comunidades Autónomas:

disposiciones por las que se rige. La contabilidad de las

Corporaciones Locales: disposiciones que la regulan.

4. El Tribunal de Cuentas: Organización, funciones

y procedimientos

Tema 23. El Tribunal de Cuentas: Antecedentes históricos

y regulación vigente. Funciones del Tribunal de Cuentas.

Composición y organización del Tribunal de Cuentas. Atribuciones de

los distintos órganos. Especial referencia al Pleno: Designación

y "status" de sus miembros.

Tema 24. Órganos de apoyo al Tribunal y otros órganos que

actúan en el mismo. Comisionados. El personal al servicio del

Tribunal de Cuentas: Disposiciones específicas y régimen general

aplicable.

Tema 25. El Tribunal de Cuentas y las Cortes Generales.

Naturaleza de la relación y órganos de comunicación. Conflictos de

competencias y atribuciones del Tribunal de Cuentas con otros

Organos. El deber de colaboración con el Tribunal de Cuentas:

Alcance, formalización y sanciones.

Tema 26. La función fiscalizadora: Contenido. El control de

legalidad, eficacia y economía. Ámbito subjetivo. Ámbito objetivo.

Técnicas aplicables en los procedimientos fiscalizadores. Especial

referencia a la Auditoría pública: De cumplimiento, financiera y

operativa. El análisis coste-beneficio. La utilización de la

informática en la función fiscalizadora.

Tema 27. Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de

Cuentas (I). La iniciativa fiscalizadora. Desenvolvimiento de los

procedimientos mediante los que se ejerce la función fiscalizadora

del Tribunal. Utilización de documentos e informes de otros

controles de la actividad económico-financiera pública.

Tema 28. Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de

Cuentas (II). Examen del procedimiento relativo a la Cuenta General

del Estado. La declaración definitiva: Concepto y contenido, su

tramitación por materia. Terminación de los procedimientos

fiscalizadores.

Tema 29. Los resultados de la función fiscalizadora (I):

Informes o memorias, ordinarios y extraordinarios, mociones y notas.

Naturaleza, contenidos, tramitación y efectos. Remisión a las

Cortes Generales, Asambleas Legislativas de las Comunidades

Autónomas y a otros Órganos. Idea de la tramitación parlamentaria.

Tema 30. Los resultados de la función fiscalizadora (II): El

informe o memoria anual del Tribunal de Cuentas: Naturaleza,

contenido y procedimiento. Los informes anuales sobre la actividad

de las Comunidades Autónomas con y sin órgano de control

externo.

Tema 31. La responsabilidad contable. Concepto, naturaleza

y clases. Elementos subjetivos, objetivos y causales. La

responsabilidad contable en la vía administrativa: Supuestos,

procedimientos y recursos.

Tema 32. La jurisdicción contable (I). Concepto. Regulación.

Naturaleza, extensión y límites de la jurisdicción contable. Órganos

de la jurisdicción contable: Atribuciones.

Tema 33. La jurisdicción contable (II). Actuaciones previas

a la exigencia de la responsabilidad contable. Las partes en el

procedimiento, legitimación, representación y defensa de las

partes. Denuncia pública y acción popular. Pretensiones de las partes.

Cuantía de los procedimientos.

Tema 34. La jurisdicción contable (III). Reglas comunes a los

procedimientos de la jurisdicción contable. El juicio de cuentas:

Significación actual y procedimiento. El procedimiento de

reintegro por alcance.

Tema 35. La jurisdicción contable (IV). Los expedientes de

cancelación de fianzas. Formas de terminación de los

procedimientos jurisdiccionales del Tribunal. La sentencia: Contenido y

ejecución. Modos de terminación de los procedimientos sin

sentencia. Esquema general de los recursos contra las resoluciones

jurisdiccionales del Tribunal.

Tema 36. Los órganos de control externo de las Comunidades

Autónomas. Creación, organización y competencias. El ejercicio

de la función fiscalizadora por los órganos de control externo.

Relaciones del Tribunal de Cuentas con los Órganos de Control

Externo de las Comunidades Autónomas.

Tema 37. El Tribunal de Cuentas de las Comunidades

Europeas. Organización y competencias. Sus relaciones con el

Parlamento Europeo y con las entidades fiscalizadoras de los Estados

miembros. Entidades fiscalizadoras superiores: Concepto y clases.

Principales funciones. La Organización Internacional de Entidades

Fiscalizadoras Superiores. La Declaración de Lima. Análisis de

su contenido.

ANEXO III : (Ver imagen página 40316)

ANEXO IV

Tribunal calificador

El Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso

en el Cuerpo de Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas

quedará constituido de la siguiente forma:

Tribunal titular

Presidenta: Excelentísima señora doña Milagros García Crespo,

Consejera del Tribunal de Cuentas.

Vocales: Ilustrísima señora doña Carmen Norverto Laborda,

del Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Don José Manuel

Andreu Cueto, del Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de

Cuentas. Don Carlos Giménez de la Cuadra, de la Escala de

Economistas, a extinguir, de la suprimida AISS.

Secretaria: Doña María del Carmen Villanueva Pérez, del

Cuerpo de Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas.

Tribunal suplente

Presidente: Excelentísimo señor don Eliseo Fernández Centeno,

Consejero del Tribunal de Cuentas.

Vocales: Ilustrísima señora doña Amparo Cuadrado Ebrero, del

Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Ilustrísimo señor don

Ángel Pradel Alfaro, del Cuerpo Superior de Auditores del Tribunal

de Cuentas. Doña María Luisa Cabello Rodríguez, del Cuerpo

Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas

Secretaria: Doña María Ascensión Sombrero Gómez, del

Cuerpo de Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas.

ANEXO V

Don/Doña .......................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y documento nacional de identidad número ............, declara bajo

juramento (o promete), a efectos de ser nombrado funcionario

del Cuerpo de Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ..................., a ........ de ................... del ..........

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