El escaso tiempo dado a los destinatarios del II Curso Master DISTIC
para cursar sus solicitudes, así como la conveniencia de incrementar el
número de peticiones para obtener un grupo de alumnos más homogéneo,
que redunde en mejor aprovechamiento de las enseñanzas a impartir,
aconsejan modificar parcialmente las bases cuarta y quinta de la referida
Resolución de 10 de septiembre de 1999. En consecuencia dichas bases quedan
como sigue:
Cuarta. Solicitudes.-Los candidatos deberán aportar:
- Solicitud según el modelo que figura en el anexo II de la convocatoria,
en el que se incluyen los datos personales, administrativos y profesionales.
- Currículum vitae del solicitante, según modelo del anexo III.
- Memoria en la que, brevemente, expongan los motivos que les animan
a solicitar la participación en este curso master DISTIC.
- Informe favorable del centro de destino del solicitante, firmado por
el superior jerárquico, en el que se manifieste el interés objetivo de la
organización administrativa en la participación del solicitante en el curso.
- Descripción de la unidad en la que presta servicios el peticionario
en relación al objeto del II Curso Master DISTIC.
- Descripción del perfil del puesto que desempeña el solicitante.
- Presupuesto ordinario de la Entidad Local.
Las solicitudes deberán ser remitidas, de cualquiera de las formas
previstas en la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo
Común, al Instituto Nacional de Administración Pública, Centro de Análisis
y Formación Territorial, calle José Marañón, 12, 28010 Madrid, fax número
91/448.83.57, dentro del plazo que finalizará el día 15 de noviembre
de 1999, y también a través de la Federación Española de Municipios
y Provincias, que las presentará en el Registro del INAP.
Quinta. Derechos de inscripción.-Y se establece en 300.000 pesetas
el importe que deberán abonar los alumnos a lo largo de los tres años.
Para el cursos académico 1999/2000 el importe será de 100.000 pesetas.
Se podrá solicitar la gratuidad total. Para su concesión se tendrá en
cuenta: El perfil del puesto que desempeña el solicitante; las características
de la unidad donde presta sus servicios, así como el presupuesto de la
Entidad Local.
Aquellos solicitantes que hayan presentado la documentación de
acuerdo a la anterior Resolución podrán también acogerse a esta Resolución
enviando una petición complementaria.
Madrid, 19 de septiembre de 1999.-El Director, P. S. (artículo 7 del
Real Decreto 2617/1996, de 20 de diciembre), el Secretario general,
Francisco Borrás Marimón.
ANEXOS II y III (Ver imágenes páginas 39752 a 39754)
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