Según lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la Ley 11/1971, de 30
de marzo, de Semillas y Plantas de Vivero, los artículos 7 y 8 del Decreto
3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General
sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero, modificado por el Real
Decreto 646/1986, de 21 de marzo, las condiciones que se fijan en el
Reglamento General Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas
de Vivero, aprobado por la Orden de 23 de mayo de 1986, modificada
por las Órdenes de 26 de noviembre de 1986, de 16 de julio de 1990,
de 13 de julio de 1992 y de 10 de octubre de 1994, así como en los
Reglamentos Técnicos de Control y Certificación correspondientes a las distintas
especies, y teniendo en cuenta lo establecido en la Orden de 30 de
noviembre de 1974, sobre delegación de la facultad de concesión de autorizaciones
de Productores de Semillas con carácter provisional, así como lo dispuesto
en los diferentes Decretos de Transferencia de Funciones a las
Comunidades Autónomas, relativo a los informes preceptivos, y tras estudiar
la documentación aportada y los informes presentados por las
Comunidades Autónomas afectadas, he tenido a bien resolver:
Uno.-Se concede el Título de Productor Multiplicador de Semillas de
Cereales de Fecundación Autógama, con carácter provisional y por un
período de cuatro años a las siguientes empresas:
Sociedad Cooperativa del Campo "San José", de Perdiguera (Zaragoza.)
"Álvarez de la Lama, Sociedad Limitada", de Villada (Palencia).
Dos.-Se concede el Título de Productor Multiplicador de Semillas de
Leguminosas de Grano, con carácter provisional y por un período de cuatro
años, a la siguiente empresa:
"Álvarez de la Lama, Sociedad Limitada", de Villada (Palencia).
Tres.-Se concede el Título de Productor Multiplicador de Semillas de
Plantas Forrajeras, con carácter provisional y por un período de cuatro
años, a la empresa:
Sociedad Cooperativa Agraria "San Miguel", de Fuentes de Ebro
(Zaragoza).
Cuatro.-Se concede el Título de Productor Multiplicador de Semillas
de Plantas Hortícolas, con carácter provisional y por un período de cuatro
años, a la siguiente empresa:
"Semillas Silvestres, Sociedad Limitada", de Córdoba.
Cinco.-Se concede el Título de Productor Seleccionador de Semillas
de Plantas Textiles, con carácter provisional y por un período de cuatro
años, a la empresa:
"Acutex, Sociedad Limitada", de Palencia.
Seis.-Se concede el Título de Productor Seleccionador de Semillas de
Cereales de Fecundación Autógrama, con carácter provisional y por un
período de cuatro años, a la empresa:
"Acutex, Sociedad Limitada", de Palencia.
Siete.-Se concede el Título de Productor Seleccionador de Semillas
de Leguminosas de Grano, con carácter provisional y por un período de
cuatro años, a la empresa:
"Acutex, Sociedad Limitada", de Palencia.
Ocho.-Se concede el Título de Productor Seleccionador de Semillas
de Plantas Oleaginosas, con carácter provisional y por un período de cuatro
años, a la empresa:
"Acutex, Sociedad Limitada", de Palencia.
Nueve.-Las concesiones, a que hacen referencia los apartados
anteriores, quedan condicionadas a que las entidades cumplan con el calendario
de ejecución de obras e instalaciones, como asimismo, contar con los
medios humanos que indican en los documentos que acompañan a las
solicitudes presentadas.
Madrid, 8 de octubre de 1999.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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