Visto el expediente de indulto de don Antonio Rocamora Mula, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, en sentencia
de fecha 1 de julio de 1998, como autor de un delito de tráfico de drogas,
a la pena de tres años de prisión y multa de 124.000 pesetas, con las
accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio
durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997,
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 8 de octubre de 1999,
Vengo en conmutar a don Antonio Rocamora Mula la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 8 de octubre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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