De conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley
29/1983, de 12 de diciembre, sobre jubilación de Notarios,
Agentes de Cambio y Bolsa y Corredores Colegiados de Comercio,
y en el número 4 del artículo 76 del Reglamento para el Régimen
Interior de los Colegios Oficiales de Corredores de Comercio, de
su Consejo General y regulando el ejercicio del cargo de Corredor
de Comercio Colegiado, aprobado por Decreto 853/1959, de 27
de ma yo,
Este Ministerio, acuerda:
Primero.-Jubilar con carácter forzoso, con efectos del día 31
de octubre de 1999 al Corredor de Comercio Colegiado de la
plaza mercantil de Valladolid adscrita al Colegio de Valladolid
don Gerardo Ureta Fernández.
Segundo.-Que se declare caducado el nombramiento del
citado Corredor a partir de la expresada fecha, y abierto el plazo
de seis meses para presentar contra su fianza las reclamaciones
que procedan por cuantos se consideren con derecho a oponerse
a la devolución de la misma; y
Tercero.-Que se comunique así a la Junta Sindical del Colegio
Oficial de Corredores de Comercio de Valladolid para que tramite
la publicación de esta Orden en el Boletín de la provincia y la
anuncie en el tablón de edictos de la Corporación.
Madrid, 11 de octubre de 1999.-P. D. (Orden 29 de diciembre
de 1986 "Boletín Oficial del Estado" del 31), el Secretario de Estado
de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Dirección General del Tesoro y Política Financiera (a la atención
del Subdirector general de Legislación y Política Financiera).
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