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Documento BOE-A-1999-206

Resolución de 23 de diciembre de 1998, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Acuerdo entre el Ministerio de Administraciones Públicas y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, sobre encomienda de gestión al Instituto Nacional de Empleo de las pruebas selectivas derivadas de lo establecido en el artículo 15 y en la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión, Administrativa y Auxiliar de Organismos Autónomos.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 1999, páginas 355 a 356 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1999-206

TEXTO ORIGINAL

El Secretario de Estado para la Administración Pública, al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha suscrito el Acuerdo de encomienda de gestión con la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo, para que la citada Dirección General lleve a cabo la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de lo establecido en el artículo 15 y en la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, para el ingreso en determinados puestos de la Escala Técnica de Gestión, Administrativa y Auxiliar de Organismos Autónomos.

Para general conocimiento se dispone la publicación del citado acuerdo como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 23 de diciembre de 1998.–El Subsecretario, Juan Junquera González.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión al Instituto Nacional de Empleo
Primero.

La Secretaría de Estado para la Administración Pública y el Instituto Nacional de Empleo (INEM) acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que este último lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de lo establecido en el artículo 15 y en la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos (grupo A), en la Escala Administrativa de Organismos Autónomos (grupo C) y en la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos (grupo D).

En el caso de las Escalas Administrativa y Auxiliar, esta encomienda afecta exclusivamente a determinados puestos de trabajo. Son los siguientes:

Puestos adscritos a la Escala Administrativa de Organismos Autónomos que sean adscritos por la Comisión Ejecutiva de la Interministerial de Retribuciones (CECIR) también a la Escala de Gestión de Empleo del INEM.

Puestos adscritos a la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos que fueron adscritos por la CECIR a la Escala Administrativa de Organismos Autónomos para la que ya se convocaron pruebas selectivas derivadas de lo establecido en el artículo 15 y en la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Puestos adscritos por la CECIR a las Escalas Administrativa y Auxiliar de Organismos Autónomos que han sido afectados por la modificación de la disposición transitoria decimoquinta de la citada Ley 30/1984, de 2 de agosto, realizada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Las convocatorias a dichas Escalas se referirán exclusivamente a la clasificación de puestos reservados a funcionarios y adscritos a las mismas que realice la CECIR.

Segundo.

La gestión material que se encomienda con respecto a las Escalas citadas en el apartado anterior se concretará en las siguientes actividades, con el alcance que en cada caso se señala:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaran aprobadas las listas de admitidos y excluidos, y se señala el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

c) Propuesta de los miembros que han de formar los Tribunales calificadores de las pruebas.

d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias a los que hace referencia el artículo 23 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercero.

El coste de las actividades a desarrollar por el Instituto Nacional de Empleo se imputará al presupuesto del mismo.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de dos años, a contar desde la fecha de publicación del presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

Sexto.

Es responsabilidad de la Secretaría de Estado para la Administración Pública dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Disposición adicional.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión el Secretario de Estado para la Administración Pública y el Director general del Instituto Nacional de Empleo.

Madrid, 21 de diciembre de 1998.–El Secretario de Estado para la Administración Pública, Francisco Villar García-Moreno.–El Director general del Instituto Nacional de Empleo, Juan Chozas Pedrero.

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