A los efectos de la autorización preceptiva para la inscripción en los Registros oficiales de maquinaria agrícola de los tractores que se citan, con homologación CEE número de recepción e2-97/54-0005-00, según lo dispuesto en la Directiva 74/150/CEE y en virtud de lo establecido en el Real Decreto 2028/1986 y en las Órdenes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 14 de febrero de 1964, de 27 de julio de 1979, y de 28 de mayo de 1987,
Esta Dirección General resuelve:
Autorizar la inscripción en los Registros oficiales de maquinaria agrícola del tractor marca «Massey Ferguson», modelos 8210, 8220, 8240 y 8250.
La potencia de inscripción de dichos tractores no ha sido establecida.
Los citados tractores deberán ir equipados con las estructuras de protección siguientes:
Marca | Modelo | Tipo | Contraseña de homologación | Modelo del tractor |
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Massey Ferguson. | 5002 B3 | Cabina con dos puertas | e2 S 035 | 8240, 8250 |
Massey Ferguson. | 5002 B4 | Cabina con dos puertas | e2 S 033 | 8210, 8220 y 8240 |
Massey Ferguson | 5002 E5 | Cabina con dos puertas | e2 S 034 | 8250 |
Los mencionados tractores quedan clasificados en el subgrupo 1.3 del anexo de la Resolución de esta Dirección General publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de enero de 1981, por la que se desarrolla la Orden de 27 de julio de 1979, sobre equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para caso de vuelco.
Madrid, 3 de septiembre de 1999.‒El Director general, Rafael Millán Díez.
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