El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación
de Impacto Ambiental, y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real
Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de
formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución
administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización
de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos
de las citadas disposiciones.
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 839/1996, de 10 de
mayo, y en el Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, por los que se
establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias
del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental la realización de las declaraciones de
impacto ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación
vigente.
Al objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto
ambiental, el promotor, "Gas Natural SDG", remitió, con fecha 6 de febrero de 1998,
a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la
memoria-resumen del proyecto de construcción de una central térmica de ciclo
combinado, para gas natural, de 800 MW, en San Roque (Cádiz).
La central se ubica en el polígono industrial de Guadarranque, en el
término municipal de San Roque (Cádiz), a 1,6 kilómetros de la orilla
del mar. El proyecto consiste en la construcción de una central térmica
en ciclo combinado, para gas natural, de 800 MW, que constará de dos
módulos de potencia de aproximadamente 400 MW cada uno. Además,
la central dispondrá de las infraestructuras necesarias: Gasoducto de
conexión para suministro del gas natural, línea eléctrica a 220 kV para
evacuación de la energía eléctrica producida, y canales para la toma y
descarga del agua de refrigeración de la central.
La línea eléctrica de 220 kV, si bien es necesaria para evacuar la energía
eléctrica producida por la central proyectada, constituye un proyecto con
entidad propia, cuya aprobación es competencia sustantiva de la Junta
de Andalucía y está obligado a someterse al procedimiento de evaluación
de impacto ambiental por la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección
Ambiental, de la Junta de Andalucía. Por esta razón, el proyecto de
construcción de la línea eléctrica será sometido al procedimiento de evaluación
de impacto ambiental ante la Dirección de Protección Ambiental de la
Junta de Andalucía.
Revisada la memoria-resumen, y aceptada como documento válido que
recoge las características más significativas del proyecto a realizar, el
promotor, con fecha 30 de marzo de 1998, remitió los ejemplares necesarios
para iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de
junio, con fecha 6 de abril de 1998 inició un período de consultas a personas,
instituciones y Administraciones sobre el impacto ambiental del proyecto.
Se consultaron un total de 41 entidades entre las que se incluyen
entidades de la Administración estatal y autonómica, los Ayuntamientos más
próximos, algunos centros de investigación y asociaciones ecologistas. La
relación de consultados y un resumen de las respuestas recibidas se recoge
en el anexo I.
En virtud del artículo 14 del Reglamento, la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 3 de julio de 1998, remitió al
promotor las respuestas recibidas, indicando la opinión del órgano ambiental
con respecto a los aspectos más significativos que debían tenerse en cuenta
en la realización del estudio de impacto ambiental.
La Delegación del Gobierno en Andalucía, a instancia del órgano
sustantivo, la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria
y Energía, sometió conjuntamente a trámite de información pública el
proyecto básico de la central y el estudio de impacto ambiental, de acuerdo
con lo estipulado en el artículo 15 del Reglamento.
Conforme al artículo 16 del Reglamento, con fecha 16 de octubre de 1998
la Dirección General de la Energía remitió a la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental el expediente completo, consistente en el
documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado
de la información pública.
El anexo II contiene los aspectos más destacables del estudio de impacto
ambiental, que incluye los datos esenciales del proyecto.
Un resumen del resultado del trámite de información pública del
proyecto básico y del estudio de impacto ambiental se acompaña como anexo III.
Recibido el expediente completo, la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental estableció consultas con la Dirección General de
Protección Ambiental de la Junta de Andalucía en relación con los
contenidos técnicos de dicho expediente. Asimismo, se efectuaron consultas
técnicas a la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, al Ayuntamiento
de San RoqueyalaDelegación Provincial de Cádiz de la Consejería de
Cultura de la Junta de Andalucía.
Como resultado del análisis de la documentación disponible, con
fecha 16 de febrero de 1999, la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental solicitó al promotor ampliación de información sobre los niveles
de inmisión de dióxido de nitrógeno y dióxido de azufre que podrían
alcanzarse en situaciones atmosféricas desfavorables, tanto para el
funcionamiento de la central con gas natural, como funcionando con gasóleo como
combustible auxiliar.
Tras los contactos establecidos con la Dirección General de Protección
Ambiental de la Junta de Andalucía, la Delegación Provincial de Medio
Ambiente de Cádiz de la Consejería de Medio Ambiente aportó la
información disponible.
Habiéndose comprobado que el área abarcada por el estudio de impacto
ambiental para evaluar la incidencia de las emisiones de óxidos de
nitrógeno en la calidad del aire incluía el Peñón de Gibraltar, situado a menos
de 10 kilómetros del emplazamiento de la central, y teniendo en
consideración que el estudio indicaba que se producirían en el territorio de
Gibraltar incrementos en los niveles de inmisión de dióxido de nitrógeno,
se procedió, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6. o del Real Decreto
Legislativo 1302/1986 y el artículo 23 del Real Decreto 1131/1988, a
informar al Reino Unido de la existencia del proyecto y del correspondiente
estudio de impacto ambiental, ofreciéndole la posibilidad de emitir su
opinión.
La Embajada Británica en Madrid, mediante escrito de 12 de marzo
de 1999, contestó indicando que la valoración preliminar de sus expertos
en medio ambiente estimaba que el proyecto no tendría consecuencias
graves para la calidad del aire en Gibraltar, pero que, no obstante, la
Agencia Británica de Medio Ambiente estimaba conveniente que se
evaluase el impacto a corto plazo que sobre la calidad del aire en Gibraltar
producirían las emisiones de óxidos de nitrógeno y, para el caso de
funcionamiento con gasóleo, las emisiones de dióxido de azufre. El escrito
solicitaba que se completase el estudio de impacto ambiental con
información adecuada sobre tales aspectos.
La ampliación de información solicitada por la Agencia Británica de
Medio Ambiente ya había sido requerida al promotor, por propia iniciativa
de esta Dirección General, con fecha 16 de febrero, como se ha indicado
anteriormente.
Finalmente, con fecha 11 de mayo de 1999, "Gas Natural SDG" remitió
a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental un estudio con
la ampliación de información solicitada. En el anexo IV se incluye un
resumen de la información aportada por la Delegación Provincial de Medio
Ambiente de la Junta de Andalucía en Cádiz y del estudio remitido por
"Gas Natural SDG".
En consecuencia, la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto
Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental,
y los artículos 4.2, 16.1 y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado
por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula, a los sólos
efectos ambientales, la siguiente declaración de impacto ambiental sobre
el proyecto de construcción de una central térmica de ciclo combinado,
para gas natural, de 800 MW, en San Roque (Cádiz), promovida por "Gas
Natural SDG".
Declaración de impacto ambiental
Examinada la documentación que constituye el expediente, se considera
que el proyecto es ambientalmente viable, cumpliendo las siguientes
condiciones:
1. Durante la fase de construcción
1.1 Preservación del suelo y la vegetación.-Con anterioridad a la
iniciación de las obras se procederá a señalizar y balizar toda la zona de
obras.
El balizamiento de la parcela en la que se construirá la central se
situará, por el linde con el arroyo de la Madre Vieja, a una distancia
mínima de 20 metros del cauce con el fin de no afectar a la vegetación
de ribera.
Se balizará en su totalidad, y por ambas márgenes, la pista de trabajo
necesaria para la construcción de las conducciones de toma y descarga
del agua de refrigeración, así como los caminos auxiliares de acceso que
se construyan provisionalmente para la realización de las obras. La pista
de trabajo será de 30 metros de ancho como máximo, salvo en el cruce
del arroyo de la Madre Vieja y en la playa de Guadarranque, en que la
anchura se reducirá a 20 metros como máximo.
También se balizará la zona en la que se construirá la central de bombeo.
Fuera de la zona de obras no se permitirá el paso de maquinaria,
ni el depósito de materiales o residuos de ninguna clase.
1.2 Mantenimiento de la maquinaria.-Se habilitará un área específica
para realizar las operaciones de mantenimiento, lavado, repostaje, etc.,
de la maquinaria de obras. Este área dispondrá de suelo impermeabilizado
y de sistema de recogida de efluentes a fin de evitar la contaminación
del suelo y el vertido directo a los arroyos próximos.
1.3 Gestión de los residuos de obra y materiales sobrantes.-Los
materiales sobrantes de excavaciones y desbroces y los residuos de obras,
considerados no peligrosos, se depositarán en vertederos específicamente
autorizados por la autoridad competente.
1.4 Control de los sedimentos arrastrados por las aguas
superficiales.-El proyecto de obras estudiará las escorrentías superficiales que se
produzcan e incluirá el diseño de las barreras necesarias para retener
sedimentos y evitar que afecten a la calidad de las aguas de los cauces
a los que viertan.
1.5 Preservación de la calidad de las aguas del arroyo de la Madre
Vieja.-Se controlarán los vertidos, tanto de las aguas pluviales como de
las que se extraigan de las excavaciones que se efectúen para instalar las
conducciones de toma y descarga del agua de refrigeración, de manera
que no se incrementen significativamente los sólidos en suspensión de
las aguas del arroyo de la Madre Vieja.
1.6 Protección de la calidad de las aguas de la bahía de
Algeciras.-Todas las operaciones que se realicen para la construcción de las
conducciones de toma y descarga del agua de refrigeración en su tramo marino,
que supongan la movilidad de sedimentos y materiales, se realizarán en
el interior de un recinto creado con geomembrana que evite la dispersión
de las partículas en el medio marino. El recinto estará cerrado por todos
sus lados y llegará hasta el fondo del mar. Estará instalado con anterioridad
al inicio de cualquier trabajo que suponga la movilización de sedimentos
y materiales y no se retirará hasta cinco horas después de finalizadas
las actividades que hayan obligado a su colocación.
1.7 Preservación de los restos arqueológicos.-Con anterioridad a la
iniciación de las obras se efectuarán los estudios arqueológicos indicados
en la condición 9.2 de esta declaración de impacto ambiental, que deberán
contar con informe favorable de la Dirección General de Bienes Culturales
de la Junta de Andalucía.
Durante la realización de las obras se efectuará un control arqueológico,
con presencia permanente de un Arqueólogo, de los movimientos de tierra
que se realicen en la parcela de la central y en la apertura de las zanjas
para las conducciones de toma y descarga del agua de refrigeración en
los tramos terrestre y marítimo. En cualquier caso, se adoptarán las
condiciones que establezca el organismo competente de la Junta de Andalucía
en orden a proteger el patrimonio arqueológico.
1.8 Conservación de la comunicación del territorio.-Se modificará
la ubicación de la central de bombeo situándola en el lado contrario a
la línea de costa del nuevo vial que se construya, de acuerdo con lo
propuesto por la asociación de vecinos de Carteya, salvo que el resultado
de las prospecciones arqueológicas a que hacen referencia las
condiciones 1.7 y 9.2 aconsejasen lo contrario. Esta modificación se realizará en
concordancia con el planeamiento urbanístico del Ayuntamiento de San
Roque y, en cualquier caso, se asegurará el acceso a la citada urbanización.
1.9 Modificación de los trazados de las conducciones de toma y
descarga del agua de refrigeración en su tramo marino.-En caso de que la
Autoridad Portuaria del Puerto de la Bahía de Algeciras, atendiendo a
la alegación interpuesta por Gibraltar-Intercar con respecto a la
interferencia de estos emisarios con la actividad portuaria para la que dispone
de autorización administrativa, obligara a modificar el trazado de estas
conducciones, se evaluarán los impactos producidos por el nuevo trazado,
en caso de que éste discurriese por zonas no abarcadas por el estudio
de impacto ambiental realizado.
1.10 Minimización de la afección a las actividades turísticas y
recreativas.-Las obras de construcción de las canalizaciones para la toma y
descarga de las aguas de refrigeración, desde 100 metros antes de la
estación de bombeo, por su tramo terrestre, hasta 200 metros de la línea
de costa, en su tramo marítimo, así como las de la propia central de
bombeo, se realizarán fuera del período comprendido entre el 1 de junio
y el 30 de septiembre.
1.11 Restitución geomorfológica y edáfica de las zonas de obra.-Al
término de las obras se retirarán todos los escombros, residuos, materiales
sobrantes y demás restos. Se procederá a la descompactación de los
terrenos afectados por el paso de la maquinaria. Se efectuará la restitución
geomorfológica y edáfica de todos los terrenos afectados por las obras,
especialmente el cruce con el arroyo de la Madre Vieja, el tramo afectado
de la playa de Guadarranque y el fondo marino afectado por el tramo
enterrado de las canalizaciones de toma y descarga del agua de
refrigeración.
1.12 Restitución de la vegetación.-En las zonas en las que se haya
suprimido la vegetación, especialmente en la zona de cruce de las
conducciones de toma y descarga con el arroyo de la Madre Vieja, se procederá
a plantar especies autóctonas con densidad y composición específica
similar a la existente en los alrededores de la zona a restaurar. En las zonas
en las que previamente existiesen pastizales, se procederá a resembrar
con especies herbáceas autóctonas después de proceder a la restitución
edáfica.
1.13 Minimización del impacto paisajístico.-En la zona perimetral de
la parcela en que se construya la central térmica, y alrededor de la central
de bombeo, se plantará un seto arbustivo ornamental denso, con especies
de crecimiento rápido y ramaje abundante, que apantallen la visión de
la central térmica y de la central de bombeo.
2. Control de la contaminación atmosférica
2.1 Minimización de las emisiones.-La central dispondrá de un
sistema de combustión que garantice bajas emisiones de óxidos de nitrógeno,
NO x , mediante la utilización de quemadores de diseño perimetral que
reducen la temperatura de la llama, permitiendo con ello no rebasar los límites
de emisión de NO x que se establecen en el proyecto básico y en el estudio
de impacto ambiental.
2.2 Sistema de evacuación de los gases residuales.-Para la evacuación
de los gases residuales se instalará una chimenea de 65 metros de altura
para cada grupo de 400 MW, de acuerdo con el resultado obtenido en
el estudio de impacto ambiental con la aplicación del modelo de dispersión
de contaminantes en la atmósfera "Industrial Source Complex Short Term"
versión 3 (ISCST3), de la Environmental Protection Agency (EPA).
2.3 Límites de emisión.-De acuerdo con las emisiones estimadas por
el promotor, y utilizadas en el estudio de impacto ambiental para evaluar
el impacto sobre la calidad del aire, se establecen los límites de emisión
que se indican a continuación:
2.3.1 Utilizando gas natural como combustible.-Las emisiones
producidas por la central utilizando gas natural como combustible no
superarán los límites siguientes:
Emisiones de partículas: Teniendo en cuenta que en el proceso de
combustión en una turbina de gas no se generan cantidades significativas
de partículas, y que la instalación proyectada no dispone de sistemas de
combustión posteriores a la turbina, no se considera necesario establecer
límites para este contaminante.
Emisiones de óxidos de nitrógeno: No superarán los 55 mg/Nm 3 (NO x expresado como NO 2 )
Emisiones de dióxido de azufre: El contenido de azufre en el gas natural
que se utilice como combustible no deberá superar el 0,018 por 100 en
peso. Este contenido de azufre en el combustible equivale a emisiones
de 5,5 gramos/segundo de SO 2 y una concentración en los gases emitidos
de 9,42 mg/Nm 3 de SO 2 , medidos sobre gas seco con un contenido del 15
por 100 de O 2 . En cualquier caso, las emisiones por chimenea no superarán
los 11,16 mg/Nm 3 .
Las concentraciones máximas admisibles en los gases expulsados se
expresan sobre gas seco con un contenido del 15 por 100 de oxígeno (O 2 ).
2.3.2 Utilizando gasóleo como combustible auxiliar.-Las emisiones
producidas por la central utilizando gasóleo como combustible auxiliar
no superarán los límites que se establecen a continuación:
Emisiones de cenizas o partículas: No superarán los 20 mg/Nm 3 .
Emisiones de óxidos de nitrógeno: No superarán los 120 mg/Nm 3 (NO x expresado como NO 2 ).
Dióxido de azufre: El contenido de azufre en el gasóleo que se utilice
como combustible no deberá superar el 0,05 por 100 en peso. Este contenido
de azufre en el combustible equivale a emisiones de 17,9 gramos/segundo
de SO 2 y una concentración en los gases emitidos 25,25 mg/Nm 3 de SO 2 ,
medidos sobre gas seco con un contenido del 15 por 100 de O 2 . En cualquier
caso, las emisiones por chimenea no superarán los 30 mg/Nm 3 .
Las concentraciones máximas admisibles en los gases expulsados se
expresan sobre gas seco con un contenido del 15 por 100 de oxígeno (O 2 ).
2.3.3 Criterios para evaluar las emisiones.-Se considerará que se
respetan los valores límite de emisión fijados anteriormente, condiciones 2.3.1
y 2.3.2, cuando:
Ningún valor medio diario validado supere los valores límite de emisión
establecidos.
Ningún valor medio horario validado supere el 200 por 100 de los
límites de emisión establecidos.
En los equipos de medida el valor de los intervalos de confianza a 95
por 100 determinado en los valores límite de emisión no superará los
porcentajes siguientes del valor límite de emisión: Dióxido de azufre, 20
por 100; óxidos de nitrógeno, 20 por 100, y cenizas, 30 por 100.
Los valores medios por hora y día validados se determinarán durante
el plazo de explotación efectivo (excluidos los períodos de arranque y
parada) a partir de los valores medios por hora válidos medidos tras
sustraer el valor del intervalo de confianza especificado anteriormente.
Cada día en que más de tres valores medios por hora no sean válidos
debido al mal funcionamiento o mantenimiento del sistema de medición
continua, se invalidará ese día. Si se invalidan más de diez días al año
por estas circunstancias, el titular de la central deberá adoptar las medidas
adecuadas para mejorar la fiabilidad del sistema de control continuo.
2.4 Control de las emisiones.-En las chimeneas de evacuación de
los gases se instalarán sistemas de medición en continuo, con transmisión
de datos al cuadro de mando de la central, de las concentraciones de
los siguientes contaminantes: Cenizas o partículas, dióxido de azufre,
óxidos de nitrógeno y monóxido de carbono. Asimismo, se instalarán equipos
de medición en continuo de los parámetros de funcionamiento siguientes:
Contenido de oxígeno, contenido de vapor de agua, temperatura y presión.
Se instalará un sistema informático que permita facilitar, en tiempo
real, a la Red de Vigilancia de la Contaminación Atmosférica de la Junta
de Andalucía, los datos obtenidos por los sistemas de medición en continuo
de los contaminantes y de los parámetros de funcionamiento indicados
anteriormente, así como los datos de caudal y porcentaje de carga de
funcionamiento de la central. El sistema de medida de emisiones se
adecuará a lo especificado en el artículo 14 del Decreto de 20 de febrero
de 1996, de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía,
por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad del Aire.
2.5 Funcionamiento con gasóleo como combustible.-En caso de fallo
en el suministro de gas natural, la central podrá funcionar utilizando
gasóleo como combustible auxiliar durante un período máximo consecutivo
de cinco días y un máximo de veinte días al año, salvo que, por existir
una necesidad acuciante de mantener el abastecimiento de energía, la
autoridad competente lo autorizase expresamente, teniendo en cuenta,
en todo caso, los niveles de inmisión de la zona.
2.6 Control de los niveles de inmisión.-Se instalarán una serie de
estaciones de medida automáticas y continuas de la calidad del aire en
la zona de influencia del penacho de la central, con el fin de comprobar
la incidencia real de las emisiones producidas en los valores de inmisión
de los contaminantes emitidos.
Estas estaciones permitirán la medida en continuo de los siguientes
contaminantes: Partículas, dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno, dióxido
de nitrógeno, monóxido de carbono y ozono. Estarán conectadas en tiempo
real con la Red de Vigilancia de la Contaminación Atmosférica de la Junta
de Andalucía.
La ubicación de las estaciones de medida se establecerá en coordinación
con el órgano competente de la Junta de Andalucía, de manera que permita
completar la Red de Vigilancia de la Contaminación Atmosférica
actualmente existente en la zona. Como mínimo se instalarán: Una estación
en Sierra Carbonera; otra, al noroeste de la central, en la zona en la que
se producen incrementos puntuales significativos de los niveles de inmisión
en situaciones atmosféricas desfavorables, y otra en el parque de los
Alcornocales.
2.7 Informes.-Independientemente de la transmisión de datos en
continuo a la Red de Vigilancia de la Contaminación Atmosférica de la Junta
de Andalucía, el promotor remitirá a la Dirección General de la Energía
del Ministerio de Industria y Energía, a la autoridad competente de la
Junta de Andalucía y a esta Dirección General un informe mensual que
indique las emisiones efectuadas de partículas, dióxido de azufre y óxidos
de nitrógeno, con los valores promedios horarios, diarios y máximos
puntuales de los citados contaminantes, así como los pesos emitidos, totales
y por kilowatio/hora producido.
2.8 Puesta en marcha de la central.-El promotor propondrá a la
autoridad competente el programa de pruebas y análisis de emisiones a la
atmósfera a que hace referencia el capítulo II del Real Decreto 833/1975, de 6
de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre,
de Protección del Ambiente Atmosférico, de acuerdo con lo dispuesto en el
capítulo IV de la Orden del Ministerio de Industria de 18 de octubre de 1976,
sobre prevención y corrección de la contaminación industrial de la atmósfera.
3. Mitigación del impacto acústico. Niveles de emisión
En los proyectos de construcción de la central térmica y de la central
de bombeo se incluirán específicamente las características de aislamiento
acústico. El diseño definitivo asegurará que el nivel de emisión de ruido
al exterior de la central térmica no supere los 75 dB(A) durante el día,
desde las siete a las veintitrés horas, ni los 70 dB(A) durante la noche,
desde las veintitrés a las siete horas, tal como establece para zonas
industriales el Decreto 74/1996, de 20 de febrero, de la Junta de Andalucía,
por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad del Aire.
La central de bombeo no emitirá al exterior del recinto más de 65 dB(A)
durante el día, desde las siete a las veintitrés horas, ni más de 55 dB(A)
durante la noche, desde las veintitrés hasta las siete horas, tal como
establece para zonas residenciales el citado Decreto 74/1996, de 20 de febrero,
de la Junta de Andalucía.
Para efectuar la evaluación indicada anteriormente se estará a lo
dispuesto en la Orden de 23 de febrero de 1996, de la Consejería de Medio
Ambiente de la Junta de Andalucía, considerándose niveles de ruido, con
la instalación parada, los obtenidos en el estudio preoperacional requerido
en la condición 9.1 de esta declaración de impacto ambiental.
Asimismo, los niveles de inmisión de ruido, como consecuencia del
funcionamiento de la central térmica y de la central de bombeo, no
superarán los límites establecidos en el Reglamento de la Calidad del Aire
de la Junta de Andalucía, ya citado.
4. Control de los vertidos al arroyo de la Madre Vieja
Con anterioridad a la puesta en funcionamiento de la central, se
dispondrá de la correspondiente autorización de vertido emitida por la
Confederación Hidrográfica del Sur, o por la Consejería de Medio Ambiente
de la Junta de Andalucía si el vertido se produce en la zona de influencia
mareal.
Se dispondrá de las instalaciones de tratamiento adecuadas para
garantizar el cumplimiento de las condiciones que se establezcan en la
autorización de vertido citada anteriormente.
5. Mitigación y control del impacto producido por el vertido
de las aguas de refrigeración
5.1 Diseño del emisario de vertido.-El diseño del emisario de vertido
se ajustará a lo especificado en el estudio de impacto ambiental. Tendrá
una longitud, en su tramo marino, de 800 metros para alcanzar la cota
de -40 metros, y dispondrá de un mínimo de ocho difusores, de 1,20 metros
de diámetro, dispuestos cada 25 metros a lo largo de los últimos 200
metros del emisario.
5.2 Condiciones del vertido.-De acuerdo con los datos utilizados en
el estudio de impacto ambiental, el vertido de las aguas procedentes de
la refrigeración de la central no superará los siguientes parámetros:
El caudal vertido no superará los 17 m 3 /s. El incremento de la
temperatura del agua producido por el sistema de refrigeración no superará
los 7 o C.
El vertido no producirá un incremento de temperatura en las aguas
de la bahía de más de 3 o C a una distancia de 100 metros del punto de
vertido y a una profundidad de 1 metro.
Además, con anterioridad a la puesta en funcionamiento de la central,
se dispondrá de la correspondiente autorización de vertido emitida por
la autoridad competente de la Junta de Andalucía y se cumplirán todos
sus condicionantes.
5.3 Coordinación, la autorización de vertido.-En caso de que, como
consecuencia del cumplimiento de las condiciones que en su momento
establezca la autorización de vertido que emita la autoridad competente
de la Junta de Andalucía, resultase innecesario el cumplimiento de las
condiciones indicadas anteriormente, condiciones 5.1 y 5.2, así como las
condiciones que se establecen en esta declaración de impacto relacionadas
con la vigilancia de la calidad del agua marina, condición 8.7, el promotor
podrá solicitar a esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental
la modificación o supresión de estas condiciones en orden a coordinarlas
con las que establezca la autorización de vertido.
6. Gestión de los residuos
Los aceites procedentes del mantenimiento de la maquinaria y otros
residuos peligrosos que se generen durante la realización de las obras
y durante la explotación de la central serán retirados por gestores de
residuos peligrosos debidamente autorizados, de acuerdo con la legislación
vigente en su momento.
Los residuos no peligrosos se gestionarán de acuerdo con la legislación
vigente y en instalaciones autorizadas para la gestión de los mismos.
7. Construcción y explotación de la línea eléctrica para evacuación
de energía producida
No se podrán iniciar las obras de construcción de la línea eléctrica
hasta que el órgano competente de la Junta de Andalucía emita declaración
de impacto ambiental favorable sobre el proyecto de construcción y
explotación de la referida línea eléctrica.
8. Programa de vigilancia ambiental
Se redactará un programa de vigilancia ambiental, tanto para la fase
de obras como para la fase de funcionamiento de la central, que permita
el seguimiento y control de los impactos y la eficacia de las medidas
correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental y en el condicionado
de esta declaración.
En él se detallará el modo de seguimiento de las actuaciones, y se
describirá el tipo de informes y la frecuencia y período de su emisión,
que como mínimo incluirán lo especificado en la condición 8.3. Los
informes deberán ser emitidos en las fechas propuestas en el programa y
remitidos a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental a través
de la Dirección General de la Energía, que acreditará su contenido y
conclusiones, todo ello, sin perjuicio de la información que corresponda remitir
a la autoridad ambiental de la Junta de Andalucía.
El programa contemplará los aspectos indicados en el estudio de
impacto ambiental y, en especial, incluirá los siguientes:
8.1 Programa de vigilancia durante la fase de construcción.-Se
incluirán en el programa de vigilancia los siguientes aspectos: La supervisión
del terreno utilizado y el respeto del balizamiento, la elección de los equipos
y maquinaria a utilizar, la realización de las operaciones de mantenimiento
en los lugares específicamente destinados a este fin, las medidas destinadas
a evitar la producción de nubes de polvo, el funcionamiento de las barreras
de retención de sólidos en suspensión, la gestión de la tierra vegetal
retirada, los vertidos a cauces, suelos u otros lugares no destinados a este
fin, la gestión de los residuos de obra y materiales sobrantes, la información
a los trabajadores de las normas y recomendaciones para el manejo
responsable de materiales y sustancias potencialmente contaminadoras, la
estacionalidad de los trabajos para no interferir con la actividad turística,
y presencia de un Arqueólogo durante los trabajos de excavación.
En el caso específico de la construcción de los tramos submarinos
de las conducciones de toma y descarga del agua de refrigeración se
comprobará la instalación de los geotextiles para la retención de los materiales
y sedimentos movilizados por las actividades constructivas y se efectuará
un seguimiento de la calidad de las aguas. Las medidas de la calidad
de las aguas incluirán: Medida en continuo de la estructura térmica, salina
y de densidades; penetración de la luz; toma de muestras de agua a tres
niveles (superficie, medio y fondo) y análisis de los parámetros oxígeno
disuelto, sólidos en suspensión, turbidez, nutrientes, y DBO 5 . Las muestras
y mediciones se tomarán con periodicidad semanal durante todo el período
que duren las obras y se efectuarán en una estación, definida como sensible,
y otra de contraste, situada a 500 metros a favor de las corrientes.
8.2 Programa de vigilancia durante la explotación de la central.
8.2.1 Vigilancia de las emisiones a la atmósfera.-Mediante los sistemas
de medición en continuo, instalados en cada chimenea, se vigilará el
cumplimiento de los niveles de emisión establecidos para cada contaminante,
de acuerdo con lo dispuesto en las condiciones 2.3, 2.4, y 2.5 de esta
declaración.
8.2.2 Vigilancia de los valores de inmisión de los contaminantes en
la atmósfera.-Se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la condición 2.6
de esta declaración.
8.2.3 Vigilancia del impacto acústico.-Se efectuarán mediciones de
los niveles de emisión sonora al exterior, producidas por la central y la
estación de bombeo, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de
la Calidad del Aire, aprobado por Decreto 74/1996, de 20 de febrero, de
la Junta Andalucía.
Estas mediciones contemplarán los períodos diurno y nocturno y se
efectuarán tras la puesta en funcionamiento de las instalaciones,
comprobando que se cumplen los límites establecidos en la condición 3 de
esta declaración. En caso contrario, se realizarán las medidas correctoras
necesarias para su cumplimiento.
Comprobado el cumplimiento de las limitaciones impuestas, se
efectuarán mediciones trimestralmente durante el primer año, y, si se
continúan cumpliendo los límites establecidos, se podrá espaciar la frecuencia
efectuando medidas semestralmente durante el segundo año, y con
frecuencia bianual en períodos sucesivos.
8.2.4 Vigilancia de la calidad de las aguas.-Se efectuarán análisis de
la calidad de los efluentes dirigidos al arroyo de la Madre Vieja de acuerdo
con lo que, en su momento, disponga la autoridad competente en su
autorización de vertido.
8.2.5 Vigilancia de procesos erosivos y de inestabilidad.-Se
observarán visualmente, con anterioridad y posterioridad al período más intenso
de precipitaciones, todas las superficies de las que se haya retirado la
cobertura vegetal en algún momento durante las obras. Se observará la
formación de cárcavas por socavamiento del terreno, los desprendimientos
o deslizamientos del terreno, y la profundidad de la capa vegetal presente.
8.2.6 Vigilancia de la evolución de la vegetación y los setos plantados
para mitigar el impacto paisajístico.-Se efectuarán inspecciones periódicas
de las plantaciones y siembras efectuadas en las márgenes del arroyo
de la Madre Vieja y de los setos perimetrales de la parcela de la central
y de la central de bombeo.
8.2.7 Vigilancia de la calidad del agua marina.-Se vigilará el
cumplimiento de las limitaciones del vertido térmico, de 3 o C de salto térmico
a 100 metros del vertido y 1 metro de profundidad desde la superficie
del mar.
Se establecerán cinco estaciones: Una, en el centro del penacho; otra,
a 100 metros en contra de la corriente, y otras tres situadas a 50, 100
y 500 metros a favor de la corriente. Se efectuarán controles con
periodicidad trimestral durante tres días, como mínimo, en cada estación. Se
medirá: El perfil continuo de temperatura, salinidad y densidad a lo largo
de toda la columna de agua; penetración de la luz; toma de muestras
de agua a tres niveles (superficie, medio y fondo) y análisis de los
parámetros oxígeno disuelto, sólidos en suspensión, turbidez, nutrientes y
DBO 5 . También se determinará la concentración de clorofila y pigmentos
acompañantes, como indicadores de biomasa, para determinar la influencia
del biocida incorporado al circuito de refrigeración.
8.2.8 Vigilancia de las comunidades bentónicas y planctónicas.-Se
tomarán tres muestras de sedimento, mediante draga con periodicidad
anual, en puntos cercanos al punto de vertido y se procederá a la separación
de especímenes presentes en las muestras, con el consiguiente tratamiento
posterior: Biomasa de las distintas comunidades sobre una muestra
minoritaria representativa; elaboración de listados faunísticos y florísticos;
elaboración de tablas de organismos de cada taxón identificado y su asignación
a las correspondientes comunidades; cálculo de los espectros de cada
comunidad; biomasa de los principales grupos faunísticos implicados; biomasa
de las larvas de especies de interés pesquero; biomasa y tamaño de
muestras representativas de los recursos capturados por las embarcaciones.
8.2.9 Vigilancia de los recursos pesqueros.-Se realizarán controles
trimestrales de la biomasa total y número de individuos de interés
comercial que sean retenidos por el sistema de rejas de la central de bombeo.
8.2.10 Vigilancia de la dinámica marina. Se realizarán anualmente
tres transectos batimétricos perpendiculares al emisario y en el campo
de vertido.
8.2.11 Periodicidad de los controles relacionados con el medio
marino.-La periodicidad establecida en las condiciones 8.2.7 a la 8.2.10 podrá
espaciarse en períodos sucesivos en función de la experiencia obtenida
por el programa de vigilancia, previa autorización de esta Dirección General.
8.3 Informes.-Sin perjuicio de lo establecido en la condición 2.7, el
programa de vigilancia ambiental incluirá como mínimo la remisión de
los siguientes informes:
Se emitirá un informe, con periodicidad semestral, durante la fase
de construcción, y anual, durante la explotación de la central, sobre las
actividades realmente realizadas en el cumplimiento del programa de
vigilancia. Se hará referencia a todos los puntos indicados expresamente en
la condición 8.2 de esta declaración, e incluirá un capítulo de conclusiones,
en el que se evaluará el cumplimiento de las condiciones establecidas
en esta declaración, la eficacia de las medidas correctoras utilizadas, las
posibles desviaciones respecto de los impactos residuales previstos en
el estudio de impacto ambiental y, en su caso, propondrá medidas
correctoras adicionales o modificaciones en la periodicidad de los controles
realizados.
Se emitirá un informe especial cuando se presenten circunstancias
o sucesos excepcionales que impliquen deterioros ambientales o
situaciones de riesgo, tanto en la fase de construcción como en la de
funcionamiento.
Del examen de esta documentación, por parte de la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental, podrán derivarse modificaciones de
las actuaciones previstas, en función de una mejor consecución de los
objetivos de la presente declaración de impacto.
9. Documentación adicional
Con anterioridad a la iniciación de las obras se efectuarán y se remitirán
a la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía
y a esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental los estudios
que se indican a continuación:
9.1 Respecto a los niveles de inmisión acústica.-Con anterioridad
a la iniciación de las obras se efectuará una evaluación de los valores
de inmisión de ruido en la zona próxima a la parcela donde se proyecta
construir la central térmica y en las inmediaciones de donde se ubique
la central de bombeo. Esta evaluación se efectuará de acuerdo con lo
dispuesto en el Decreto 74/1996, de 20 de febrero, de la Junta de Andalucía,
por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad del Aire, y con lo
establecido en la Orden de 23 de febrero de 1996, de la Consejería de
Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en lo que se refiere a la medida,
evaluación y valoración de ruidos. Esta evaluación deberá ser enviada
a la Dirección General de Protección Ambiental de la Junta de Andalucía.
9.2 Respecto a la protección del patrimonio arqueológico.-Con
anterioridad a la iniciación de las obras se efectuarán las siguientes actuaciones:
Prospección arqueológica superficial de la parcela donde se propone
la construcción de la central térmica.
Realización de sondeos arqueológicos con medios mecánicos en la
citada parcela.
Prospección arqueológica con sondeos del lugar donde está prevista
la construcción de la central de bombeo.
Prospección arqueológica subacuática de la zona de implantación de
las conducciones de toma de agua y del emisario de vertido.
Todos estos trabajos arqueológicos deberán ser llevados a cabo por
un Arqueólogo y autorizados por el organismo competente, la Dirección
General de Bienes Culturales de la Junta de Andalucía, a través de la
Delegación Provincial de Cádiz, de acuerdo con lo estipulado en el Título
IV del Decreto 32/1993, de 16 de marzo, de la Junta de Andalucía, por
el que se aprueba el Reglamento de Actividades Arqueológicas.
10. Financiación de medidas correctoras
Deberán incorporarse al pliego de prescripciones técnicas particulares
de las obras las medidas correctoras propuestas por el estudio de impacto
ambiental y las contenidas en esta declaración, así como las actividades
derivadas de la realización del programa de vigilancia.
Todos los datos y conceptos relacionados con la ejecución de medidas
correctoras, contempladas en el estudio de impacto ambiental y en las
condiciones establecidas, figurarán con memoria, planos, pliego de
prescripciones y presupuesto. También se valorarán los gastos derivados del
programa de vigilancia ambiental.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del
Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de
Impacto Ambiental.
Madrid, 17 de septiembre de 1999.-La Directora general, Dolores
Carrillo Dorado.
ANEXO I
Consultas previas sobre el impacto ambiental del proyecto
Respuestas recibidas Relación de consultados
DG de Conservación de la Naturaleza.................................
Dirección General de Costas............................................ X
Confederación Hidrográfica del Sur de España.....................
Delegación del Gobierno en la CA de Andalucía....................
Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras....................... X
Dirección Provincial del Ministerio de Industria y Energía......
Subdelegación del Gobierno en Cádiz.................................
Consejería de Agricultura y Pesca.....................................
Dirección General de Bienes Culturales (Consejería de Medio
Ambiente de la Junta de Andalucía)...............................
Dirección General de Protección Ambiental (Consejería de
Medio Ambiente de la Junta de Andalucía)....................... X
DG de Ordenación del Territorio y Urbanismo (Consejería de
Obras Públicas y Transportes Junta de Andalucía)............. X
Diputación Provincial de Cádiz......................................... X
Ayuntamiento de San Roque............................................ X
Ayuntamiento de Algeciras..............................................
Ayuntamiento de Castellar de la Frontera...........................
Ayuntamiento de La Línea de la Concepción........................
Ayuntamiento de Los Barrios........................................... X
Instituto Español de Oceanografía.....................................
Instituto Tecnológico Geominero de España........................ X
Instituto de Ciencias Marinas de Andalucía (CSIC)................ X
Instituto Universitario Ecología del Mediterráneo (Universidad
de Málaga)................................................................
Departamento de Biología Vegetal y Ecología (Universidad de
Sevilla)....................................................................
Grupo de Investigación de Tecnología del Medio Ambiente
(Facultad de Ciencias del Mar, Universidad de Cádiz)............. X
ADENA (Madrid)...........................................................
ADENAT. (Madrid)........................................................
CODA (Madrid).............................................................
FAT (Madrid)...............................................................
SEO (Madrid)...............................................................
GREENPACE (Madrid)...................................................
Sociedad Conservación Vertebrados..................................
Andalus. Federación Ecologista Andaluza Amigos de la Tierra .
Asamblea Verde............................................................
CEPA, Confederación Ecologista Pacifista Andaluza..............
Federación Andaluza de Asociaciones Defensa de la Naturaleza
AGADEN, Asoc. Gaditana Defensa y Estudio de la Naturaleza .. X
Colectivo Ecologista "La Plazolet"......................................
Colectivo Ecologista Pacifista Albariza...............................
FEPG, Federación Ecologista Pacifista Gaditana...................
Grupo Ecologista "Alimoche"............................................
VERDEMAR................................................................. X
Asociación Española de EIA (Madrid)................................ X
Se ha consultado a un total de 41 entidades: 12 organismos de la
Administración central y autonómica; los cinco Ayuntamientos más próximos;
seis centros de investigación y 18 asociaciones ecologistas. Se han
recibido 13 contestaciones, exponiéndose, a continuación, un resumen de su
contenido.
Dirección General de Costas.-Indica las zonas que pertenecen al
dominio público marítimo-terrestre y las de dominio público portuario y la
legislación que afecta a cada una de ellas. Recuerda la necesidad de obtener
el consiguiente título de ocupación del dominio público marítimo-terrestre
para las tomas y desagües proyectados. Advierte sobre la prohibición de
instalar líneas eléctricas de alta tensión en el dominio público
marítimoterrestre y zonas de servidumbre de protección. Asimismo, manifiesta la
fragilidad de estas zonas y que deberán extremarse las medidas que
preserven sus características naturales.
Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras.-Considera que las
tuberías de impulsión y descarga de agua de refrigeración proyectadas
atraviesan la zona marítimo terrestre competencia de la Autoridad Portuaria
de la Bahía de Algeciras, por lo que deberán solicitar la correspondiente
concesión. El estudio de impacto ambiental deberá considerar la
construcción y funcionamiento del emisario submarino, en especial el impacto
térmico del agua de refrigeración, por lo que deberá tener en cuenta: la
biosfera submarina, sedimentología, dinámica litoral, caracterización y
gestión de los materiales dragados.
Dirección General de Protección Ambiental de la Consejería de Medio
Ambiente de la Junta de Andalucía.-Considera que debe realizarse un
minucioso análisis de alternativas, dado el gran asentamiento industrial
y alta densidad de población de la zona.
Estima que, teniendo en cuenta la existencia de dos centrales térmicas
que vierten sus aguas de refrigeración en el mediterráneo, debe realizarse
un estudio detallado del efecto del vertido térmico en la bahía, así como
del binomio cloro temperatura y su incidencia en la biocenosis.
Se deben evaluar los niveles de inmisión de contaminantes en aire,
especialmente los óxidos de nitrógeno, teniendo en cuenta la entrada en
funcionamiento de la nueva central, las dos centrales térmicas existentes
y la concentración industrial y urbana de la zona.
También se evaluará el impacto del ruido y otros contaminantes físicos
y se consultará el plan especial del área industrial de San Roque.
Considera que la línea eléctrica de 400 kV de conexión con la
subestación de Pinar del Rey deberá someterse al procedimiento de evaluación
de impacto ambiental, de acuerdo con la legislación de la Junta de
Andalucía, que será tramitado por la Delegación Provincial de la Consejería
de Medio Ambiente de Cádiz.
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la
Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de
Andalucía.-Considera que deberán ser estudiados los siguientes aspectos relacionados
con la ordenación del territorio: la dimensión que alcanzará la producción
energética en la bahía de Algeciras, las servidumbres que generan las líneas
de evacuación de energía eléctrica, y el impacto paisajístico sobre el frente
litoral, en el único tramo apto para ubicar un parque metropolitano.
Diputación Provincial de Cádiz.-Sugiere que el estudio de impacto
ambiental analice:
El estado preoperacional, caracterizando la calidad ambiental del
entorno, aire y agua, y los elementos susceptibles de recibir impacto: aguas
superficiales (río Guadarranque, Palmones, arroyo Madre Vieja, y marismas
del Palmones); aguas subterráneas (acuífero poliocuaternario del
Guadarranque-Palmones); aguas litorales; suelo ocupado, y el medio biológico:
fauna y flora terrestre y acuática.
Las emisiones atmosféricas. Se identificarán y cuantificarán las
emisiones de contaminantes atmosféricos, evaluando sus efectos sobre las
poblaciones de la zona, especialmente urbanización de Guadacorte, y los
espacios naturales de marismas de Palmones y Parque Natural de los
Alcornocales. Se utilizarán modelos de dispersión y transporte de los
contaminantes atmosféricos y se describirán los sistemas de depuración elegidos.
La emisión de ruido, utilizando modelos de predicción del incremento
sonoro.
El riesgo de contaminación por los vertidos líquidos, describiendo los
sistemas de depuración. Se evaluará el impacto térmico sobre las aguas
marinas y subterráneas y sobre la fauna y flora asociadas a estos
ecosistemas.
El impacto de la línea eléctrica sobre la avifauna y el paisaje, analizando
la alternativa de canalización subterránea.
También aporta una relación de la principal normativa sectorial afectada.
Ayuntamiento de San Roque.-Considera que la ubicación propuesta
para la central es acorde con el planeamiento urbanístico y plantea las
siguientes sugerencias:
El tendido eléctrico debe realizarse aprovechando alguno de los
trazados ya existentes para no crear nuevas servidumbres y estudiar la
posibilidad de realizar la línea subterránea en los tramos de suelo urbanizable.
Las tuberías de impulsión y descarga y la central de bombeo deberán
ser subterráneas y realizarse por las bandas de servicios de los viales
ya existentes.
Los vertidos líquidos deberán adecuarse a las exigencias del esquema
de saneamiento propuesto por el Plan especial.
Se deberá tener especial cautela dada la proximidad del arroyo Madre
Vieja.
Ayuntamiento de Los Barrios.-Indica los impactos que considera más
significativos: el impacto térmico sobre las aguas de la bahía de Algeciras,
en la que ya existen importantes vertidos térmicos; el impacto atmosférico,
si bien inferior al que producen las centrales térmicas de fuel o carbón;
el impacto de las redes de transporte eléctrico, dada la densidad existente
en la zona. Propone analizar la posibilidad de otros emplazamientos.
Instituto Tecnológico Geominero de España.-Estima que se deberán
estudiar: la difusión de los contaminantes en la atmósfera y sus efectos
sobre el entorno y el parque los Alcornocales, el impacto del vertido térmico
sobre la biocenosis marina, el tratamiento de las aguas residuales y los
riesgos inducidos por la explotación, plan de emergencia y seguridad.
Instituto de Ciencias Marinas de Andalucía (CSIC).-Estima que
deberían valorarse los efectos del agua de impulsión y la descarga de agua
caliente al medio marino sobre las especies de peces y crustáceos. También
deberá especificarse el tratamiento "antifouling" del agua de refrigeración.
Grupo de Investigación de Tecnología del Medio Ambiente. Facultad
de Ciencias del Mar. Universidad de Cádiz.-Considera que se debe tener
en cuenta: el sistema de captación de agua y su efecto de arrastre de
organismos en la operación de bombeo, el impacto de los agentes
"antifouling", y el efecto de incremento de temperatura que se genere en
la zona de toma y descarga del agua de refrigeración.
AGADEN. Asociación Gaditana, Defensa y Estudio de la
Naturaleza.-Cuestiona la justificación del proyecto, ya que considera que la
demanda de energía eléctrica está cubierta con las instalaciones actuales. También
cuestiona su ubicación en el campo de Gibraltar, por existir en la zona
varias centrales térmicas funcionando con gas y carbón, parques eólicos,
cogeneración y proyectos de centrales con ciclo combinado que alcanzarían
los 5.220 MW de potencia instalados, lo que cuestiona la capacidad de
las líneas eléctricas existentes para evacuar tanta energía y la capacidad
de los gasoductos para suministrar suficiente gas. En cualquier caso, se
deberán estudiar los efectos sinérgicos de la concentración de todas estas
instalaciones.
Considera que se debe estudiar los efectos sobre los restos
arqueológicos, especialmente las ruinas de Carteya, y el impacto de la construcción
de las tuberías de captación y descarga del agua de refrigeración, de
aproximadamente 1.800 metros de longitud. Estima problemática la evacuación
de la energía eléctrica, proponiendo pasillos de 800 metros de ancho para
que los campos electromagnéticos no afecten a la población. Asimismo,
se deberá tener especial cuidado con las marismas del río Guadarranque
y con el impacto térmico producido en el medio marino por las aguas
de refrigeración. Propone la realización de un estudio epidemiológico y
colocar sensores de vigilancia atmosférica en aguas de la bahía de Algeciras.
También propone la construcción de una desaladora de agua de mar a
partir de esta térmica.
VERDEMAR.-Propone como alternativa reconvertir una central
térmica de carbón a gas. Considera que la central se ubica en una zona
muy densificada y con mucho tráfico y en una zona muy contaminada.
La línea eléctrica que se construya puede afectar a los habitantes de San
Roque, concretamente a la barriada de Miraflores,yalaavifauna asociada
a los ríos Guadarranque y Palmones. Se deberá estudiar los posibles escapes
de gas y su efecto invernadero y deberá especificarse el tiempo que se
utilizará, la central, consumiendo gasóleo en caso de falta de suministro
de gas. Se deberá prestar especial cuidado al trazado y construcción de
las canalizaciones de toma y descarga de agua de refrigeración que pueden
afectar a los restos arqueológicos de Carteia y a las dunas de la playa
de Guadarranque.
El estudio de impacto ambiental deberá incluir una justificación del
proyecto, contemplar las infraestructuras viarias adecuadas, alternativas
de trazado de la línea eléctrica, afecciones a los restos arqueológicos,
influencia respecto de los compromisos internacionales para reducir las
emisiones de gases de efecto invernadero, estudio epidemiológico del
campo de Gibraltar y actualización del plan corrector de vertidos a la Bahía
de Algeciras.
Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental.-Informa
haberlo comunicado a sus asociados, a fin de que puedan presentar
sugerencias a título personal.
ANEXO II
Resumen del estudio de impacto ambiental
Contenido
El estudio de impacto ambiental, efectuado por INYPSA, describe las
características fundamentales del proyecto de la central térmica; aporta
argumentos para justificar su construcción; indica la normativa vigente
aplicable; describe la situación ambiental preoperacional, realizando el
inventario ambiental; identifica y evalúa los posibles impactos que
pudieran producir las distintas partes del proyecto, diferenciando los impactos
producidos durante la fase de construcción y la fase de explotación;
establece una serie de medidas preventivas y correctoras para cada parte
y fase del proyecto; propone un plan de vigilancia ambiental, y aporta
un documento de síntesis.
Justificación y descripción del proyecto
Justificación del proyecto.-El estudio de impacto ambiental estima que
el aumento de demanda de energía eléctrica continuará la misma tendencia
registrada durante los últimos años, consistente en un crecimiento anual
acumulativo del 3 por 100. Por otra parte, la utilización de gas en España
como fuente de energía primaria para producir energía eléctrica es del
orden del 10 por 100, muy inferior a la efectuada en otros países europeos,
del 20 por 100, por lo que es razonable la construcción de centrales térmicas
que utilicen gas como combustible.
Asimismo, Andalucía tiene un marcado déficit de generación de energía
eléctrica; aproximadamente un 23 por 100 de la electricidad consumida
en Andalucía es generada fuera de esta Comunidad Autónoma.
Como alternativa tecnológica se propone una central en ciclo
combinado, utilizando gas natural como combustible, por ser el sistema de
combustión más limpio para producir energía eléctrica. El rendimiento
de estas centrales supera el 55 por 100, frente al 36 por 100 alcanzado
por centrales convencionales de carbón o fuel. Esto significa que para
producir una determinada cantidad de energía eléctrica se necesita un
35 por 100 menos de energía primaria, por lo que, cuando menos, las
emisiones de los diferentes contaminantes, incluidas las emisiones de CO 2 ,
se disminuirán en esta proporción.
Además, las emisiones a la atmósfera debidas a la combustión del
gas natural son muy inferiores a las producidas por otros combustibles.
Prácticamente no se emiten partículas, ni SO 2 , y las emisiones de NO x ,
de 50 ppm, equivalentes aproximadamente a 150 mg/Nm 3 medidos con 3
por 100 de oxígeno, son muy inferiores a los límites de emisión existentes
para otros combustibles: sólidos en general, 650 mg/Nm 3 ; sólidos con menos
del 10 por 100 volátil, 1,300 mg/Nm 3 ; líquidos, 450 mg/Nm 3 ; y combustibles
gaseosos 350 mg/Nm 3 .
Por otra parte, la combustión de gas natural no produce residuos sólidos
a diferencia de la combustión de carbón, que genera grandes cantidades
de escorias y cenizas, con lo que se minimiza el impacto de estos residuos.
Además, la mejora en la eficiencia energética implica disminuir las
necesidades de refrigeración por lo que el impacto producido por el vertido
térmico será sensiblemente inferior.
La liberalización del sistema eléctrico español supone que la producción
de este tipo de centrales, económicamente más rentables, desplazará la
producción ofertada por centrales de fuel e incluso de carbón, con peor
comportamiento ambiental, lo que redundará en una disminución global de
las emisiones de contaminantes a la atmósfera, incluidas las emisiones
de CO 2 .
Descripción del proyecto
El proyecto consiste en la construcción y explotación de una central
térmica en ciclo combinado, para gas natural, que se ubicará en el polígono
industrial de Guadarranque, entre los polígonos industriales de Palmones
y San Roque, en el término municipal de San Roque, a 2,5 kilómetros
de la capital municipal y a 1,6 kilómetros de la orilla del mar, en la bahía
de Algeciras.
Ocupará una parcela de aproximadamente 16 hectáreas, en la zona
denominada "Vegas de Prado", delimitada por el arroyo de la Madre Vieja,
la línea de ferrocarril San Roque-La línea de la Concepción y la carretera
local de acceso a la N-340.
La planta tendrá una potencia nominal de aproximadamente 800 MW.
Su diseño será modular, instalándose dos módulos de potencia de
aproximadamente 400 MW cada uno. Esta disposición permite altos grados de
eficiencia energética. Cada grupo de potencia dispone de turbina de gas,
turbina de vapor, su correspondiente generador de vapor y el generador
eléctrico, todos coaxiales.
El proceso comienza con la combustión y expansión de los gases en
la turbina de gas, que, por un lado, mueve el compresor que aporta el
aire necesario para el proceso de combustión y, por otro, acciona el
generador de electricidad. Los gases de combustión, que salen de la turbina
de gas a alta temperatura, 570-610 o C, se conducen al equipo generador
de vapor, que está diseñado para recuperar el calor sensible de los gases
de escape procedentes de la turbina, que ceden su calor antes de ser
enviados a la atmósfera a través de la chimenea. El vapor generado se
envía a la turbina de vapor donde se expansiona, moviendo el generador
eléctrico solidariamente con la turbina de gas. El vapor a baja presión
proveniente de la turbina de gas se condensa, enfriándolo con agua de
mar, y el agua obtenida, debidamente tratada, se envía nuevamente al
equipo generador de vapor. El rendimiento energético global que se logra
con este tipo de instalación es del orden del 55 por 100, muy superior
al logrado por centrales convencionales de carbón o fuel, que oscila entre
el 30 y el 40 por 100.
El sistema de combustión de la turbina garantiza bajas emisiones de NO x mediante cámaras de combustión perimetrales que reducen la temperatura
de llama. El sistema de generación de vapor funciona sin aporte adicional
de calor.
Como combustible se utilizará gas natural; en caso de falta de suministro
de gas, se utilizará gasóleo como combustible alternativo. Para cada grupo
de 400 MW se prevé un consumo de 66.143,56 Nm 3 /h de gas natural y
un caudal de gases de salida de 526 Nm 3 /seg. a 100 o C. Las emisiones
de NO x se estiman en 50 ppm o 51,34 mg/Nm 3 , expresado como NO 2 y
referidos a gas seco y un contenido de oxígeno del 15 por 100. Se consideran
prácticamente despreciables las emisiones de SO 2 , 0,47 mg/Nm 3 .
El sistema de refrigeración será con agua de mar en circuito abierto;
requiere un caudal de 17 m 3 /seg., y producirá un incremento de
temperatura de 7 o C. El consumo de agua para reponer perdidas será de 32
m 3 /hora.
La planta dispondrá del edificio principal, en el que estarán instalados
los dos grupos de generación de potencia, con las turbinas de gas y vapor,
el sistema de producción de vapor y los generadores eléctricos. Además,
la planta tendrá instalados los sistemas y componentes auxiliares precisos,
entre los que conviene relacionar: parque eléctrico de potencia,
transformadores principales y auxiliares; generador diesel de emergencia, de
apoyo; tanques de almacenamiento de agua y de aceites; tanques de
combustible auxiliar, gasóleo, con sus correspondientes cubetos de retención
para el caso de rotura del tanque, instalados de acuerdo con la norma
ITC MIE-APC-001; instalación contra incendios, de acuerdo con la
normativa NFPA; sistema de distribución de gas natural; edificio de bombeo
auxiliar, bombas contra incendios, bombas de agua tratada, bombas de
tratamiento de pluviales y drenajes, etc; edificios de control de la central,
de administración, de almacenes y de talleres.
También dispondrá de las siguientes infraestructuras:
Una línea de alta tensión de 220 kV de 6 kilómetros de longitud que
conectará la central con la subestación de Pinar del Rey.
Un gasoducto subterráneo de 30 centímetros de diámetro para
suministrar el gas natural, utilizado como combustible principal. Se realizará
en su mayor parte en el interior de la parcela y conectará con el gasoducto
existente, que pasa junto a la zona norte de la parcela.
Conducción de toma y emisario de vertido de aguas de refrigeración,
con central de bombeo. Las conducciones de toma y vertido en su tramo
terrestre, desde la central hasta la estación de bombeo, serán dos cajones
rectangulares de hormigón armado de 3^3 metros cada uno, con un pasillo
interior para inspección de 0,8 metros de anchura. La conducción de toma,
en su tramo marino, tendrá una longitud de 400 metros y discurrirá
enterrada en el fondo del mar hasta los 20 metros de profundidad, a partir de
la cual irá apoyada directamente sobre el fondo marino, y dispondrá de
elementos complementarios como rejillas, escollera lateral y dos campanas
de toma.
El emisario de vertido, en su tramo marino, tendrá una longitud de 800
metros, descendiendo hasta los 40 metros de profundidad, e irá enterrado
en el fondo marino hasta la cota de -20 metros. Dispondrá de elementos
auxiliares como: rejillas, escollera lateral de protección, y ocho difusores
de 1,2 metros de diámetro cada uno, dispuestos cada 25 metros a lo largo
de los últimos 200 metros de recorrido.
La central de bombeo se sitúa al este de la desembocadura del río
Guadarranque, en la bahía de Algeciras, a 60 metros de la orilla del mar.
Sus dimensiones en planta serán 20^35 metros, su cota de solera irá
enterrada hasta la cota -10 metros, y la cota máxima exterior del edificio
de la estación de bombeo será de 4 metros sobre el nivel del mar. En
su interior, dispondrá de cuatro unidades de bombeo, más una auxiliar
de 4,5 m 3 /seg. de caudal cada una; los motores serán de 6.600 V, 800 kW
y50Hz.
Los movimientos de tierras necesarios para la construcción de la central
de bombeo y los emisarios producirán 6.400 y 30.000 m 3 de sobrantes,
respectivamente.
Inventario ambiental
El estudio analiza la situación preoperacional del medio atmosférico,
terrestre, marino y socioeconómico.
Inventario ambiental medio atmosférico:
Climatología.-Se analiza la climatología, aspecto fundamental para la
aplicación de un modelo de dispersión de contaminantes en la atmósfera.
En primer lugar, indica las estaciones metereológicas seleccionadas para
la zona de estudio. Aporta datos termométricos y de insolación, caracteriza
la pluviometría y la humedad, calcula la evapotranspiración potencial y
el balance hídrico, según Thornthwait, para cada una de las estaciones
seleccionadas. También caracteriza los vientos en dirección y velocidad,
resultando vientos dominantes los de poniente y levante. El clima de la
zona se puede definir como mediterráneo marítimo cálido y, según la
clasificación de Köpen, como mesotérmico húmedo con verano seco y caluroso.
Calidad del aire en el entorno del emplazamiento.-Evalúa la calidad
del aire en el entorno del emplazamiento, basándose en los datos aportados
por la Red de Vigilancia de la Contaminación Atmosférica de que dispone
la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. Para realizar
esta evaluación se han utilizado los datos de las estaciones ubicadas en
los municipios de Algeciras, Los Barrios, La Línea de la Concepción y
San Roque.
Con respecto a las inmisiones de dióxido de nitrógeno, todas las
estaciones presentan, para el percentil 50, valores inferiores a los 50 l g/m 3
de NO 2 , que establece como valor guía la legislación actualmente vigente.
Más de la mitad de las estaciones tienen valores comprendidos entre los 14
y29 l g/m 3 , habiendo algunas estaciones con valores más reducidos. Sólo
en las estaciones de Algeciras y Escuela de Hostelería, muy influenciadas
por el tráfico existente en carreteras próximas, se alcanzan valores de 42
y39 l g/m 3 , respectivamente.
Respecto del percentil 98, la legislación establece para el NO 2 135 l g/m 3
como valor guía, y 200 l g/m 3 como valor límite. Durante 1997, sólo una
estación, Economato, ha alcanzado el valor guía de 135 l g/m 3 , el resto
de las estaciones registra valores inferiores. No obstante, en años
anteriores, alguna estación, Cortijos, ha superado el valor guía alcanzando
los 192 l g/m 3 en 1995 y los 158 l g/m 3 en 1996, si bien, en ningún caso,
se ha alcanzado el valor límite de los 200 l g/m 3 NO 2 . El estudio considera
que la calidad del aire en la zona, respecto del óxido de nitrógeno, es
buena, salvo en las zonas próximas a las autovías, en las que lo califica
de aceptable.
El estudio evalúa la concentración de ozono, porque en la formación
de este contaminante intervienen como precursores los óxidos de nitrógeno
y los hidrocarburos en presencia de radiación solar. Sin embargo, la red
evaluada únicamente dispone de un analizador de ozono. Los datos
obtenidos por este analizador indican que en ningún caso se superan los
umbrales de alerta a la población, de información a la población, ni el de
protección de la vegetación horario. Sin embargo, en 30 ocasiones,
durante 1997, se ha superado el umbral octohorario de protección de la salud,
establecido en 110 l g/m 3 de valor medio en ocho horas, y en 151 ocasiones
se ha superado el umbral diario de protección a la vegetación, establecido
en 65 l g/m 3 de valor medio en veinticuatro horas. Estos datos indican
una contaminación por ozono muy estable y continuada durante los meses
de más insolación, sin llegar a originarse episodios agudos.
También se evalúa la calidad del aire respecto al dióxido de azufre SO 2 ,
y las partículas en suspensión, PST. El Estudio recoge los máximos
registrados de SO 2 durante los años 1994 a 1997, comparándolos con los límites
establecidos por la legislación, tal como se indica a continuación (valores
expresados en l g/m 3 ):
Valor límite legislación Máximo reg.
Mediana anual (1 abril-31 marzo). PST " 150 .......... 120 62
Mediana invernal (1 octubre-31 marzo). PST " 200 ... 180 58
Percentil 98 anual (1 abril-31 marzo). PST " 350 ...... 350 173
Por otra parte, el valor más alto de la media aritmética anual en el
período analizado es de 58 l g/m 3 . Este valor está dentro del rango 40-60
l g/m 3 , valores guía establecidos por la legislación para el SO 2 .
En razón a estos datos, el estudio considera que la calidad del aire
en la zona respecto el dióxido de azufre es buena.
Respecto a las partículas en suspensión, la media aritmética anual
máxima registrada durante el período de estudio (94-97) es de 63 l g/m 3 ,
correspondiente al año 1995 en la estación de Carteya, muy inferior al
valor límite de 150 l g/m 3 establecido por la legislación. El valor máximo
registrado para el percentil 98 es de 197 l g/m 3 , correspondiente al año 1994
en la estación del Rinconcillo, muy inferior al valor límite de 300 l g/m 3
establecido por la legislación. No obstante, en la zona se obtuvieron valores
diarios superiores a 350 l g/m 3 en la estación de Cortijos y valores diarios
comprendidos entre 250 y 300 l g/m 3 en las estaciones de La Línea,
Cortijillos, Palmones y Guadacorte. Salvo estas situaciones puntuales, el
estudio considera buena la calidad del aire respecto a la materia en suspensión.
Contaminación acústica. Ruidos.-El estudio de impacto ambiental
valora los niveles sonoros existentes en el entorno de la bahía de Algeciras
a partir de los datos recogidos en el estudio de contaminación facilitado
por el Ayuntamiento de San Roque.
De acuerdo con las conclusiones obtenidas por dicho estudio, las
poblaciones más expuestas son Puente Mayorga, La Colonia y las zonas aledañas
de la central de Los Barrios. Se consideran principales fuentes de ruido
el tráfico y la propia actividad urbana, por encima de la actividad industrial.
Los núcleos situados en la posición más septentrional (Taraguilla, San
Roque y la urbanización "Guadarranque") están expuestos a niveles
superiores de ruido debido a su proximidad a la E-15. En algún caso se superan
ligeramente [en 0,5 dB(A)] los límites máximos para zonas de residencia,
cifrados en 55 dB(A) entre las 23 y las 7 horas, establecidos por el
Reglamento de Calidad del Aire, aprobado por Decreto 74/1996, de 20 de febrero,
de la Junta de Andalucía.
En ningún caso se superan los límites máximos establecidos por el
citado Reglamento para zonas industriales, cifradas en 70 dB(A) durante
el período nocturno, de veintitrés a siete horas, y 75 dB(A) para el período
diurno, de siete a veintitrés horas.
Inventario ambiental medio terrestre:
Geología y geomorfología.-El estudio de impacto ambiental analiza la
geología, geomorfología y la edafología de la zona. La geomorfología
corresponde a un relieve alomado suave con laderas convexas y zonas casi planas.
Es frecuente la existencia de abarrancamientos en los puntos en los que
existen muchas arcillas.
El área situada entre el arroyo de la Madre Vieja de Alhaja y el río
Guadarranque, localizada al norte de la zona de implantación de la central,
se corresponde con una zona con una morfología muy suave, que va desde
las zonas llanas a las suavemente onduladas.
El área próxima a los márgenes del río y del arroyo es una zona
completamente llana, con cauces que han sobreexcavado sus propios depósitos.
Sus condiciones constructivas son desfavorables, por la existencia de
asientos grandes, capacidad portante baja y presencia de agua muy próxima
a la superficie.
Hidrogeología.-Describe los sistemas acuíferos existentes en la unidad
del campo de Gibraltar, que pertenecen al sistema acuífero número 34,
que posee cuatro unidades hidrogeológicas independientes. En el ámbito
considerado sólo está presente la Unidad Pliocuaternaria de
Guadarranque-Palmones, con unos recursos renovables medios de 16-18 Hm 3 /año
y reservas totales evaluadas en 80 Hm 3 .
Se describe la calidad de las aguas subterráneas con los datos aportados
por una estación de la Red de la Calidad de las aguas subterráneas
autonómicas, ubicada en esta subunidad.
Se describe la hidrología superficial; los tres ríos principales, Palmones,
Guadarranque y Guadacorte, que desembocan en la bahía de Algeciras,
y el arroyo de la Madre Vieja de Alhaja, que desemboca en el río
Guadarranque. El río Palmones desemboca sólo a 2 kilómetros de donde lo
hace el río Guadarranque. Veinte años atrás la unión de estos dos ríos
formaba una extensa zona de marismas y humedales, si bien, esta zona
se ha ido reduciendo paulatinamente, conservándose, en la actualidad,
sólo una parte situada en la margen derecha del río Palmones.
La calidad de las aguas superficiales se ha estimado teniendo en cuenta
los datos registrados en la estación de control del río Guadarranque, situada
cerca de la confluencia entre éste y el arroyo de la Madre Vieja. Esta
estación automática pertenece a la Red de Control de las Aguas
Superficiales, cuyos datos son integrados en el Centro de Información y Decisión
Medioambiental de Andalucía. Con los datos registrados el Estudio
considera que: el pH se mantiene en torno a 8, dentro de la normalidad;
el oxígeno disuelto presenta una media de 6,4 mg/l, cifra relativamente
baja, aunque aceptable; los valores de conductividad son muy elevados,
la mayor parte comprendidos entre 35-48 mS/cm, frente al valor para
aguas prepotables de 1 mS/cm, lo que indica intrusión marina en este
nivel del río; durante los meses estivales se alcanzan temperaturas de
hasta 22,5 o C, por encima de los 20-21 o C en que comienzan a presentarse
limitaciones para la vida piscícola; durante los meses de diciembre a mayo,
las temperaturas se sitúan dentro de la normalidad, inferiores a los 18 o C.
Vegetación.-Se describe primeramente la vegetación potencial. A
continuación se describe la vegetación actual, distinguiendo las siguientes
unidades de vegetación: Cultivos, pastizal-herbazal, matorral-pastizal,
superficies arboladas, riberas de los cauces de ríos y de arroyos, dunas
litorales y playas, marismas y áreas improductivas.
Se determinan las diferentes especies presentes en cada una de ellas,
se evalúa su importancia ecológica y se aporta un plano en el que están
cartografiadas todas las unidades identificadas.
Las unidades de vegetación descritas con mayor interés ecológico son
las dunas litorales y playas, las marismas y la superficie arbolada. Estas
unidades no son afectadas por el proyecto, salvo la playa de Guadarranque.
Sin embargo, esta playa no es de las mejor conservadas, y no se han
encontrado ejemplares de "Thymelea lanuginosa", endemismo andaluz que
sólo se localiza en áreas de litoral y de marisma de las costas de Cádiz.
Actualmente, sólo se encuentran zonas de marisma en la desembocadura
del río Palmones.
La central se proyecta construir sobre zona improductiva, el polígono
de Guadarranque. La parcela actualmente está cubierta de
pastizal-matorral con predominio del estrato herbáceo frente al arbustivo, y se sitúa
junto al arroyo de la Madre Vieja. La ribera del arroyo de la Madre Vieja
dispone de una vegetación muy densa en sus márgenes, pero limitada
espacialmente a una estrecha franja en torno al cauce.
Las conducciones de toma y descarga del agua de refrigeración
discurren por zonas no arboladas, atraviesan el arroyo de la Madre Vieja
y la playa de Guadarranque, en cuyas proximidades se sitúa la central
de bombeo.
La línea eléctrica se proyecta enterrada a su paso por la zona
urbanizable programada, después continúa con trazado aéreo atravesando, en
su mayor parte, zonas de pastizal y cultivos.
La fauna.-El estudio de impacto ambiental inventaría sólo la clase
de los vertebrados, porque la mayor parte de las especies protegidas, o
calificadas de interés faunístico, pertenecen a este grupo sistemático.
Los biotopos de mayor valor ecológico de la zona, zonas de alcornocal
y marismas, no son afectadas directamente por la central ni por sus
infraestructuras lineales.
Los biotopos identificados en la zona de ocupación de la central y
sus infraestructuras lineales son:
Los espacios abiertos con eriales y herbazales, con fuerte influencia
antrópica; destaca la ausencia de grandes mamíferos y el grupo de mayor
interés es el de las aves.
Los cauces y riberas: Describe el río Guadarranque y el arroyo de
la Madre Vieja. Este último se caracteriza por sus aguas de escasa calidad,
por lo que sus riberas acusan el estado de degradación general del cauce
con cobertura vegetal de escasa anchura. Su fauna asociada es de escaso
interés y procede de zonas limítrofes. La ictofauna está fundamentalmente
representada por la lisa, especie muy común y resistente. El río
Guadarranque presenta más calidad.
La playa y marismas de Guadarranque. No son identificables las
características típicas de una marisma en la desembocadura del Guadarranque.
Las formaciones costeras de playa se han visto invadidas progresivamente
por el desarrollo urbano e industrial de la zona; por lo que se refiere
a la fauna, únicamente merecen la pena destacarse las poblaciones de
gaviota patiamarilla.
Espacios naturales y vías pecuarias.-El estudio describe los espacios
naturales existentes en el ámbito geográfico del estudio: el Pinar del Rey,
las marismas del río Palmones y Los Alcornocales. También relaciona las
vías pecuarias existentes en el territorio y describe las que discurren en
las proximidades de la central o de la línea eléctrica, el Cordel del Vado
de Jimena a Puente Mayorga y la Vereda de Sierra Carbonera.
El paisaje.-Define los criterios utilizados para analizar el paisaje de
la zona de estudio, e identifica, describe y valora las siguiente unidades
paisajísticas: Núcleos urbanos, rurales y urbanizaciones; entorno industrial
de la bahía de Algeciras; vegas, principalmente del Guadarranque; cultivos
arbóreos; colinas con pastizal-monte bajo; laderas con arbolado; costa, que
incluye playas, formaciones dunares y marismas, y el pinar de Carteia.
Considera que la central se ubica en una zona de calidad visual muy
baja que carece de rasgos paisajísticos de importancia, y su visibilidad
será reducida. La conducción de toma y el emisario de vertido sólo serán
visibles durante su construcción. La central de bombeo será un edificio
con altura equivalente a una vivienda de dos alturas, que quedará integrado
en los edificios de la zona. La línea eléctrica sí será visible, atraviesa
áreas industriales, colinas de monte bajo o pastizal y zonas de cultivo.
Inventario ambiental medio marino:
Se han analizado los antecedentes documentales disponibles y se ha
realizado una campaña para la toma de datos relacionados con las
condiciones batimétricas, dinámica marina, estructura térmica, calidad del
agua, calidad de los sedimentos y comunidades naturales. Esta campaña,
de carácter puntual, se ha realizado en condiciones primaverales. Se
describe minuciosamente la metodología utilizada.
La información ha sido utilizada en el calibrado y alimentación de
los modelos matemáticos empleados para la simulación del
comportamiento del vertido de las aguas de refrigeración en el medio marino litoral.
Para definir los perfiles termohalinos se han seleccionado nueve
estaciones de muestreo, con profundidades que varían desde 12,5 hasta 42,4
metros. Se ha utilizado un termosalinógrafo SEALOGGER CTD de SBE,
descendiéndole en cada estación con una velocidad inferior a 1 m/seg.
para que grave los valores en continuo. Este instrumento mide presión,
temperatura, salinidad, densidad, conductividad, profundidad, tiempo y
temperatura potencial.
La estructura termohalina en situación primaveral presenta una
sensible homogenización térmica, con temperaturas superficiales de 15 o Cy
máximo gradiente entre la superficie y el fondo de 2,3 o C. En pleno verano
son esperables valores de 23 o C en superficie, con una termoclima
marcada, 0,5 o C/m, hasta profundidades de 20 metros.
Para evaluar la calidad del agua se han elegido tres estaciones de
muestreo, tomando muestras en tres niveles diferentes, evaluándose, entre otros,
los siguientes parámetros: oxígeno disuelto; materiales en suspensión;
contaminación orgánica, DBO 5 ; compuesto reducidos de nitrógeno; y
contaminación fecal, presencia de coliformes. De acuerdo con los valores
obtenidos para los parámetros analizados, la calidad del agua en la zona de
implantación del emisario presenta condiciones naturales en época
primaveral. En épocas más críticas del ciclo anual, verano, cabe esperar
algunas condiciones de estrés, como puede ser la disminución de contenido
de oxígeno y aumento de los valores de DBO 5 .
Se han analizado los sedimentos superficiales en la traza del emisario
tomando muestras superficiales, mediante draga, en 10 estaciones
seleccionadas sobre la traza, determinándose "in situ" su potencial redox, y
analizándose posteriormente en laboratorio.
En los sedimentos predominan los finos, diámetros inferiores a 0,06
milímetros, el contenido de gruesos oscila entre 0,04 y 6,73 por 100. La
concentración de materia orgánica, hallada en la zona de construcción
del emisario, es moderada alta, varía según las estaciones de muestreo
del 0,3 al 6,8 por 100, con una media de 2,9 por 100; el potencial redox
presenta valores negativos en casi todas las estaciones.
Se han caracterizado los sedimentos teniendo en cuenta su contenido
de metales pesados, según la instrucción del CEDEX para caracterización
de materiales procedentes de dragados en puertos, resultando, en todos
los casos, concentraciones medias y máximas muy inferiores al nivel de
acción 1, por lo que se consideran de categoría I, pudiéndose verter
libremente al mar, con la única consideración de los efectos de tipo mecánico.
Se han cartografiado las comunidades bentónicas en las proximidades
de la traza mediante filmación con vídeo submarino. Se han realizado
filmaciones en continuo a lo largo de tres transectos transversales
(perpendiculares a la costa) a lo largo de la traza y a ambos lados de la misma,
hasta cubrir una superficie de 30 hectáreas, registrando simultáneamente
la batimetría de fondo. También se han analizado muestras tomadas en
los mismos puntos seleccionados para analizar los sedimentos.
Las comunidades bentónicas dominantes en la zona de implantación
del proyecto están poco estructuradas y presentan bajo índice de
diversidad, propio de sustrato sedimentario libre de cobertura vegetal. No se
han detectado áreas de distribución de praderas de fanerógamas marinas.
Se relacionan, asimismo, las especies presentes de ictiofauna, y se
describen los diferentes tipos de pesca artesanal que se utilizan en la zona:
rastros, nasas, y salabar. Cuantifica las capturas y especifica las zonas
y épocas del año durante las que se suele practicar cada tipo pesca.
La dinámica marina presenta unas características hidrográficas
complejas, resultado de la circulación de agua por el estrecho de Gibraltar.
En la zona exterior de la bahía existen flujos superficiales intensos, con
velocidades que superan 1 m/seg. En cambio, la dinámica en el interior
de la bahía es mucho menor, inducida principalmente por una circulación
asociada a los ciclos de marea, ya que, al estar la bahía abierta hacia
el sur, queda protegida de los oleajes principales procedentes de levante
y del noreste.
Se ha evaluado la velocidad tangencial a la costa en el punto de vertido,
por ser una variable fundamental. Se han analizando los antecedentes
disponibles y se ha medido la corriente en continuo, utilizando un equipo
AANDERAA RCM-7, cuyas características están descritas en el estudio.
En la zona de vertido del emisario, la corriente toma la dirección
paralela a la costa en sentido Oeste en marea llenante, mientras que en situación
vaciante la dirección no queda definida. Las intensidades son siempre
muy pequeñas, del orden de centímetros por segundo.
Se evalúan los vertidos contaminantes a la bahía de Algeciras. Se
inventarían los vertidos existentes a la bahía y a las dársenas interiores del
puerto, indicando su ubicación, caudal, caracterización del vertido.
También se evalúan los vertidos térmicos de la central térmica de Los Barrios
y de CEPSA. Asimismo, se tienen en cuenta las aguas aportadas por el
río Guadarranque, su caudal y principales parámetros, ya que incide
significativamente sobre la calidad de las aguas del litoral.
Inventario ambiental medio socioeconómico:
Se analiza la demografía existente en los diferentes municipios de la
zona, el empleo, la actividad económica, la estructura de transportes y
comunicaciones, las infraestructuras y equipamientos, la ordenación del
territorio y planificación urbanística, y el patrimonio histórico-artístico.
De acuerdo con la información facilitada por los Arqueólogos de la
Delegación Provincial de Cádiz de la Consejería de Cultura de la Junta
de Andalucía y del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, se han
localizado y descrito 10 puntos de interés arqueológico en la zona de
estudio. Los más próximos al área de implantación de la central son: Cerro
del Prado, interesante asentamiento fenicio prácticamente destruido;
ruinas de Carteia, ciudad romana y necrópolis púnica y romana de gran
importancia; Taraguilla, lugar funerario romano; castillo de Carteia, castillo
de origen islámico, que constituye un foco de poblamiento de la época
medieval, y puente sobre el arroyo de la Madre Vieja, del siglo XVIII.
Se aporta un plano donde están cartografiados todos los puntos de
interés arqueológico descritos, con lo que puede observarse que las
instalaciones previstas evitan afectar a estos yacimientos.
Identificación y evaluación de impactos. Medidas correctoras
El estudio diferencia cuatro componentes básicos en la ejecución del
proyecto, la central propiamente dicha y las tres infraestructuras
necesarias: la línea de alta tensión, el gasoducto de conexión y la conducción
de toma y emisario de vertido con la central de bombeo. Identifica y evalúa
los impactos producidos por cada uno de estos componentes básicos,
diferenciando los impactos producidos durante la fase de construcción y los
producidos durante la explotación de la central; asimismo, identifica los
elementos del medio afectados.
Presenta para la central y sus infraestructuras sendas matrices de
impacto de doble entrada causa-efecto, indicando las acciones que
producen impacto y el medio ambiental afectado, resaltando los que se
consideran significativos. Se proponen las medidas correctoras adecuadas para
eliminar o mitigar los impactos identificados.
En este resumen se hace referencia sólo a los impactos que pudieran
tener algún efecto, centrándose en los que se consideran más significativos.
Impactos producidos por la central de ciclo combinado:
Durante la construcción de la central.-Los impactos que se produzcan
durante la construcción de la central serán compatibles, teniendo en cuenta
las medidas correctoras previstas y el plan de vigilancia ambiental
propuesto en el estudio de impacto ambiental.
La eliminación de la vegetación de los terrenos que se ocupen se
considera compatible, por cuanto la vegetación de la parcela es
pastizal-matorral, con claro predominio del sustrato herbáceo, y la vegetación de
ribera del arroyo de la Madre Vieja no se verá afectada. Tampoco se
producirán impactos significativos sobre la fauna ni sobre los espacios
naturales protegidos, ya que no hay ninguno en sus inmediaciones.
Las actividades realizadas por la maquinaria de obras y los movimientos
de tierras producirán la emisión de polvo a la atmósfera, ruido, y se
generarán 30.000 m 3 de materiales sobrantes que irán a vertedero. Sin embargo,
el estudio considera que estos impactos serán compatibles con las medidas
preventivas y correctoras propuestas, entre las que cabe destacar:
minimización de la ocupación de terrenos durante las obras mediante jalonado
de la zona de obras, especialmente el límite con el arroyo de la Madre
Vieja; delimitar lugares adecuados para el reglaje y mantenimiento de la
maquinaria, con suelo impermeabilizado y recogida de efluentes;
apilamiento en caballones de la tierra vegetal retirada para su conservación
y posterior utilización; riego sistemático de la zona de operaciones
mediante camión cisterna para evitar la producción de polvo; cubrición de los
caballones de tierra vegetal u otros materiales finos para evitar el arrastre
de materiales por el viento. No se especifica el destino de los 30.000 m 3
de material sobrante, ni su impacto.
Por otra parte, se producirá un impacto positivo sobre las actividades
económicas de la zona.
Impacto de la central sobre el medio atmosférico durante su
funcionamiento.
Este constituye el impacto característico y más significativo de este
tipo de instalaciones. El estudio evalúa las emisiones a la atmósfera
producidas por la central funcionando con gas natural. Las emisiones de
óxidos de nitrógeno, NO x , y monóxido de carbono, CO, se evalúan a partir
de los datos de diseño facilitados por el fabricante de la turbina. En cambio,
las emisiones de COVNM, metano y dióxido de azufre SO 2 , se han evaluado
en función de los datos aportados por el CORINE-AIR para turbinas de
gas. Han resultado las siguientes emisiones:
NO x 51,34 mg/Nm 3 43,065 g/GJ (como NO 2 )
CO 12,5 mg/Nm 3 10,485 g/GJ
CPVNM 3,87 mg/Nm 3 3,25 g/GJ
CH 4 3,87 mg/Nm 3 3,25 g/GJ
CO 2 67,67 g/Nm 3 56,75 Kg/GJ
SO 2 0,47 mg/Nm 3 0,395 g/GJ
El factor de paso de unidades de g/GJ a mg/Nm 3 (expresado este último
sobre gas seco y un 15 por 100 de oxígeno, O 2 ) es:
1 g/GJ 1,1922 mg/Nm 3
Los parámetros de funcionamiento de cada turbina son los siguientes:
Poder calorífico del gas natural: 37.978 kJ/Nm 3 .
Consumo de combustible: 66.143 Nm 3 GN/h.
Temperatura de salida: 100 o C.
Caudal de gases de salida: 526 Nm 3 /s.
Humedad de los gases: 7,2 por 100.
Contenido de oxígeno: 12,8 por 100.
No existe actualmente legislación específica que regule las emisiones
de este tipo de centrales. De hecho, la Directiva 88/609/CEE, de 24 de
noviembre de 1988, sobre limitación de las emisiones a la atmósfera de
determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones
de combustión, y el Real Decreto 646/1991, que la traspone, excluyen
expresamente las turbinas de gas, sea cual fuere el combustible utilizado.
No obstante, según el estudio, de acuerdo con el informe "Gas turbine
emissions: Legal requeriments in European countries on emissions of air
pollution and noise", 20.03 THERMOX, mayo de 1997, los países que
disponen de legislación específica para turbinas establecen el valor límite
de emisión para el NO x entre 50-100 g/GJ, y la concentración de CO no
superior a 100 mg/Nm 3 (seco, a 15 por 100 de O 2 ). Estos valores son
respetados por la turbina propuesta.
Por otra parte, aunque el estudio no lo menciona por ser posterior
a su redacción, existe una propuesta para modificar la citada
Directiva 88/609/CEE, que establece para las turbinas de gas los siguientes límites
de emisión de NO x : utilizando gas natural como combustible y para turbinas
de gas utilizadas en un sistema de producción combinada de calor y
electricidad, 75 mg/Nm 3 , y para combustibles líquidos ligeros, 120 mg/Nm 3 .
Valores que son respetados por la turbina propuesta.
El estudio considera que, teniendo en cuenta las emisiones esperadas
de los diferentes contaminantes, únicamente los óxidos de nitrógeno
pueden tener alguna incidencia significativa, por lo que evalúa el impacto
de estas emisiones sobre la atmósfera.
Para evaluar el impacto de las emisiones de NO x sobre la calidad del
aire, se aplica un modelo de difusión atmosférica basado en el modelo
gaussiano de Pasqill-Guifford, con las fórmulas de Briggs para la estimación
de las sobreelevaciones del penacho, siendo éste el modelo recomendado
en el Manual de Cálculo de Altura de Chimeneas Industriales, editado
por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (1992). Se aplican,
para el cálculo del modelo, las dimensiones de diseño de chimenea: 45
metros de altura y 6 metros de diámetro.
Se han utilizado los datos de la matriz de estabilidad atmosférica de
la Estación Meteorológica de Gibraltar, proporcionada por la Royal Air
Force, Environmental Consultancy Section, para "rodar" el modelo de
difusión de contaminantes en la atmósfera indicado anteriormente.
El modelo calcula el incremento de los niveles medios anuales de
inmisión (concentraciones de un contaminante en el aire) de NO x debidos
a las emisiones producidas por la central, y presenta los resultados de
forma cartográfica mediante isolíneas. El modelo utilizado se considera
muy conservador, por lo que los resultados obtenidos estarán muy por
encima de los efectos que realmente se producirán.
El modelo aporta datos sobre la difusión de los óxidos de nitrógeno
(NO x ). Sin embargo, la legislación sólo establece valores guía y valores
límite para el dióxido de nitrógeno, NO 2 , por lo que el estudio calcula
la relación existente entre NO 2 /NO x para calcular las inmisiones reales
de NO 2 y compararlas con los valores de calidad del aire establecidos
en legislación vigente.
Se estima que la relación de NO 2 /NO x = 0,372, es decir, que a los valores
de NO x calculados por el modelo hay que multiplicarlos por 0,372 para
obtener los valores correspondientes a las concentraciones de NO 2 .Se
ha calculado la relación real existente de NO 2 /NO x en la zona de Puertollano
por considerar que soporta unas emisiones de origen industrial similares
a las de la zona de estudio, la bahía de Algeciras.
Los valores obtenidos de incremento de la concentración media anual
de NO 2 son muy reducidos: Aumentos entre 0,05 y 0,70 l g/m 3 de dióxido
de nitrógeno en los principales núcleos de población; aumentos entre 0,05
y 1,5 l g/m 3 en todas las estaciones de la red de control; aumento entre 7
y9 l g/m 3 en 70 hectáreas, en la sierra de Carbonera. En Gibraltar los
incrementos serán de 0,747 l g/m 3 .
El impacto se considera compatible, teniendo en cuenta que el valor
guía para el dióxido de nitrógeno (NO 2 ) establecido por la legislación
vigente es de 50 l g/m 3 para el percentil 50, y en la mayor parte de las estaciones
del territorio no se han alcanzado los 30 l g/m 3 , y sólo en dos estaciones
se han alcanzado valores próximos a los 40 l g/m 3 , inferiores al valor
guía establecido.
El estudio no considera necesario establecer medidas correctoras "fin
de línea", ya que las emisiones se han logrado reducir mediante medidas
preventivas en el diseño de la central con la utilización de sistemas de
combustión que garantizan bajas emisiones de NO x .
Otros impactos de la central durante su explotación:
Ruido.-Se estima que en los alrededores de la central se producirá
un ligero aumento en los niveles de ruido. Sin embargo, este incremento
estará dentro de los límites admisibles, ya que el diseño de la central
incorpora la adopción de mecanismos que reducen los ruidos generados,
tanto en el interior como en el exterior de las instalaciones, a los niveles
admitidos por la legislación vigente.
Paisaje.-No es posible evitar la visión de la central, por estar ubicada
en terrenos con cuencas visuales muy abiertas y densamente pobladas.
Sin embargo, la accesibilidad a la observación de la central desde los
núcleos habitados y los puntos singulares es escasa, debido principalmente
a la presencia de obstáculos del relieve u otras instalaciones industriales
de igual o mayor magnitud. El impacto se considera compatible, porque
el valor paisajístico de la zona y la visibilidad de la central son bajos.
No obstante, se propone como medida correctora ajardinar el
emplazamiento mediante la instalación de un seto arbustivo ornamental y denso
en el perímetro del cerramiento, y sembrando las superficies llanas que
hayan podido quedar desprovistas de vegetación al término de los trabajos
y que no puedan ajardinarse por motivos de seguridad u operatividad.
Impactos producidos por el gasoducto:
El gasoducto de alimentación a la central se construye, en todo su
recorrido de 150 metros, dentro de los límites de la parcela donde se
construye la central, por lo que, tanto durante su construcción como
durante su funcionamiento, no introduce impactos adicionales o diferentes de
los que produce la propia central térmica, ya analizados.
Impactos producidos por el canal de toma y el emisario de vertido
del agua de refrigeración. Tramo terrestre. Estación de bombeo:
Fase de construcción.-Se identifican como principales impactos
durante esta fase los siguientes: la eliminación de la vegetación de la zona ocupada
por las conducciones y la pista de trabajo; el aumento de ruido y polvo
producido por la maquinaria utilizada y el movimiento de tierras; el posible
impacto sobre los restos arqueológicos; la afección a la calidad de las
aguas superficiales por aumento de sólidos en suspensión; el impacto
producido por el vertido de los 36.500 m 3 de materiales sobrantes, y el impacto
sobre la playa de Guadarranque.
La pista de trabajo será de 30 metros de anchura, salvo en las
inmediaciones de Carteia y de la playa de Guadarranque en que se reduce
a 20 metros. La vegetación existente en la zona es pastizal-matorral en
el tramo terrestre, y no afecta a formaciones costeras, por lo que el impacto
será compatible. El único punto de interés es el cruce del arroyo de la
Madre Vieja, en el que se verá afectada, en un corto tramo, la vegetación
de ribera, que se recuperará replantando con vegetación autóctona la zona
afectada. También se restituirá geomorfológica y edáficamente la zona
afectada de la playa de Guadarranque. El aumento de polvo podrá ser
minimizado con medidas correctoras similares a las adoptadas durante la
construcción de la central, y el impacto del ruido y la afección a las zonas
de uso turístico podrán minimizarse realizando las obras fuera del período
estival, por lo que estos impactos se consideran compatibles.
Fase de funcionamiento.-No se espera ningún tipo de impacto durante
su funcionamiento, ya que las conducciones quedarán enterradas, y están
integradas en el planeamiento urbanístico del Ayuntamiento de San Roque,
discurriendo junto, e incluso debajo, de un nuevo vial proyectado.
Únicamente la estación de bombeo producirá un aumento del nivel
de inmisión acústica en sus inmediaciones, así como un cierto impacto
visual. Las emisiones de ruido pueden minimizarse con una adecuada
insonorización del edificio de la central de bombeo y el posible impacto
paisajístico será muy reducido, pues el edificio tendrá una altura de 4
metros y quedará enmascarado entre las edificaciones próximas; además,
irá apantallado por un seto perimetral de cerramiento con especies de
crecimiento rápido y ramaje abundante.
Impactos producidos por la conducción de toma y el emisario de vertido.
Tramo marino:
Fase de construcción.-Los principales impactos serán: la eliminación
de la vegetación y de la fauna bentónica existentes en la zona de
implantación directa de las conducciones; la afección a la calidad de las aguas
por aumento de sólidos en suspensión y sus efectos sobre la vegetación
y fauna existentes en su entorno; el depósito de los materiales procedentes
del dragado; la interferencia con los usos de ocio y pesqueros, y la posible
afección a yacimientos arqueológicos.
El impacto sobre la vegetación y las comunidades bentónicas se
considera compatible, ya que, de acuerdo con el estudio del fondo marino
de la zona de implantación de las conducciones, indicado en el inventario
ambiental, no existen praderas de fanerógamas marinas. Por otra parte,
las comunidades bentónicas están poco estructuradas, presentan un bajo
índice de diversidad y están ampliamente representadas en toda la bahía
de Algeciras, siendo su período de recuperación corto, uno o dos años.
Tampoco se han detectado especies o hábitats citadas en la
Directiva 92/43/CEE.
Por otra parte, el material de dragado extraído, 6.500 m 3 , de acuerdo
con la instrucción del CEDEX para caracterización de materiales de
dragado procedentes de puertos, es de categoría I, correspondiendo al nivel
de acción 1, que se pueden verter libremente al mar con la única
consideración de los efectos de tipo mecánico, por lo que el impacto de su
vertido se considera moderado.
Las obras interferirán con la actividad turística de la zona, por lo
que se propone realizarlas fuera de la etapa estival, con lo que el impacto
será compatible.
No existe ningún yacimiento arqueológico documentado en la zona.
No obstante, se propone la prospección arqueológica subacuática de los
tramos de las conducciones más próximos a la costa y efectuar un control
de los materiales sobrantes de la excavación y, en caso de algún hallazgo,
se informará a la autoridad competente.
El impacto más relevante en esta fase puede ser la alteración de la
calidad de las aguas de la bahía por el aumento de materiales finos en
suspensión debido a las obras de dragado, con aumento de la turbidez,
incremento del grado de eutrofia, e incremento de contaminantes orgánicos
y metálicos depositados en los sedimentos. Esta alteración de la calidad
de las aguas puede afectar a la fauna y flora de la bahía.
Se ha evaluado el incremento de turbidez considerando un tamaño
medio de los finos en suspensión de 0,06 milímetros de diámetro y una
profundidad máxima del fondo marino de 40 metros, y calculando la
velocidad de sedimentación aplicando la ley de Stokes. En estas circunstancias
el tiempo de sedimentación está entre dos horas y media y cinco horas.
También se ha evaluado el incremento del grado de eutrofia; los materiales
dragados presentan una concentración moderada de materia orgánica, en
torno al 3 por 100; se trata de materia orgánica absorbida por partículas
de limo o arcilla que sedimentarán también en un tiempo inferior a cinco
horas. El impacto se considera moderado, ya que la reducida velocidad
de las corrientes en el interior de la bahía no favorece su difusión.
Para minimizar este impacto, el estudio propone como medida
correctora que todas las operaciones que supongan la movilidad de sedimentos
y materiales se realicen en el interior de un recinto creado con
geomembrana que evite la dispersión de partículas en el medio marino.
Fase de funcionamiento. Impacto producido por el vertido
térmico.-Este impacto, junto con las emisiones a la atmósfera, constituye el más
significativo de las centrales térmicas.
Para evaluar este impacto se han utilizado los datos descritos en el
inventario ambiental referentes a la geometría de la costa, batimetría,
configuración e intensidad de corrientes en el interior de la bahía, diseño
de la infraestructura de toma y vertido, características de los vertidos
objeto de estudio, y vertidos de la central de Los Barrios para tener en
cuenta las posibles interferencias.
Se ha preparado un modelo para estudiar los vertidos con la
metodología conocida como la hipótesis del penacho, utilizando el programa
nuPLUME, desarrollado en los Estados Unidos por "Analytical and
Computational Research Inc.". El contenido matemático de este programa es
esencialmente idéntico al del programa DKHPLM de la Environmental
Protection Agency (EPA) de los Estados Unidos, con algunas adiciones y
mejoras.
El objetivo de este estudio es garantizar que el aumento de temperatura
media perceptible en la toma, como consecuencia de los vertidos, no
alcance 1 o C, y limitar a 3 o C el salto térmico a una distancia de 100 metros
desde el punto o puntos de vertidoya1metro de profundidad desde
la superficie del mar.
Los parámetros cuya variabilidad se ha tenido en cuenta en la aplicación
del modelo han sido: la profundidad del vertido, 20-40 metros; número de
chorros de vertido, 1, 2 separados 50 metros, y múltiples a lo largo de 200
metros; velocidad de corriente0y5cm/s, con dirección este y dirección
oeste; ángulo que forma la corriente con la dirección del vertido; el
gradiente vertical de temperaturas 0,05 o C/m, y el gradiente de
salinidad 0,05 g/l.
El modelo muestra cartográficamente el salto térmico que produce el
vertido, teniendo en cuenta las dos situaciones posibles: direcciones este
u oeste de las corrientes en esta zona de la bahía. En la gráfica pueden
observarse directamente las áreas afectadas y el grado de afectación y,
por consiguiente, el cumplimiento de los requisitos exigidos. El modelo
también facilita la difusión de los contaminantes que se puedan acompañar
al vertido.
Se probó una solución inicial realizando el vertido a 600 metros de
la costa y una profundidad de 30 metros con un solo difusor, resultando
insuficiente, por lo que se simularon otras hipótesis.
Finalmente, los resultados de la aplicación del modelo proponen como
solución adecuada, que cumple con los requisitos exigidos, un emisario
de 800 metros de longitud, realizando el vertido por medio de ocho o 10
difusores distribuidos a lo largo de los últimos 200 metros del emisario,
a una profundidad de 40 metros.
Por otra parte, el vertido de las aguas de refrigeración llevará
incorporado un biocida con una concentración máxima de cloro libre de 0,5 ppm
en verano. Esta concentración experimentará un proceso de dilución en
el penacho, aparte de que al contacto con la radiación solar perderá su
valor activo. A 100 metros del eje del penacho la concentración esperable
será inferior a 0,01 ppm.
En consecuencia, durante la fase de explotación se producirán los
siguientes efectos:
Se modificará la estructura de la columna de agua, ya que el incremento
térmico en profundidad disminuirá la densidad. Esta situación es favorable
a la dispersión del penacho y debe considerarse como un impacto de tipo
positivo, especialmente significativo en las condiciones estivales.
Disminuirá la concentración de oxígeno disuelto hasta valores en torno
al 95 por 100 de saturación, valor similar y compatible con las condiciones
actuales.
Mortandad sobre los organismos planctónicos a consecuencia del efecto
de la concentración resultante de biocida. Sin embargo, las máximas
concentraciones de biocida se aportarán en verano, momento en que la biomasa
planctónica está lejos de los valores máximos del ciclo anual.
El impacto térmico favorecerá una mayor producción biológica que
compensará en parte el efecto de los biocidas.
Otros impactos durante la fase de funcionamiento.-Se ha evaluado
la influencia respecto a la dinámica marinayalaalteración de los procesos
de sedimentación aplicando un modelo contrastado (fórmula de
Birkemeier 1985), resultando que a profundidades superiores a 20 metros la
incidencia de las canalizaciones es nula. Ambas canalizaciones irán
enterradas en el fondo marino hasta la profundidad de 20 metros o superior, 30
metros en el caso del emisario de vertido, por lo que la influencia respecto
la dinámica marina y alteración de los procesos de sedimentación será
mínima.
Las comunidades de peces pueden verse afectadas por la mortandad
que producirán las rejillas instaladas en la central de bombeo. No obstante,
la influencia sobre la actividad pesquera será muy reducida, ya que el
incremento térmico asociado al vertido supondrá un desarrollo más rápido
de determinadas especies de interés comercial. Por otra parte, las artes
de pesca artesanales no se verán afectadas, pues su actividad no se realiza
a profundidades superiores a los 5 metros, y las conducciones irán
enterradas en el fondo marino hasta la profundidad de 20 metros.
Impactos producidos por la línea eléctrica:
Impacto sobre la vegetación arbórea.-La línea, en la mayor parte de
su trazado, discurre sobre pastizales o zonas de pastizal-matorral, por
lo que no es necesario realizar ninguna actuación para la creación del
pasillo de seguridad, la alteración se reducirá a la superficie ocupada
por los apoyos y los caminos de acceso. El único punto en el que se produce
alguna afección es el cruce de la línea sobre un pequeño bosquete de
alcornocales, cerca de la subestación de Pinar del Rey. Si embargo, el
arbolado tiene poca altura y no es necesaria su eliminación; en la mayor
parte de los casos será suficiente una poda. El impacto se considera no
significativo, salvo la afección al bosque de alcornocales, que se estima
moderado.
Impacto sobre la avifauna.-El estrecho de Gibraltar actúa, por
condiciones geográficas y climatológicas, como zona de paso de aves
migratorias entre Europa y África. El punto crítico de las migraciones es la
punta de Tarifa, si bien todo el área en torno a ella, incluida la bahía
de Algeciras, puede considerarse también como zona de asentamiento y
de paso.
En algunos períodos pueden encontrarse en la zona bandadas de
cientos, e incluso miles, de aves en movimiento por los alrededores de la
zona. La presencia de la línea eléctrica constituye para estas aves un riesgo
de colisión con los cables de tierra que se evalúa como moderado y requiere
la adopción de medidas correctoras anticolisión.
Impacto sobre el paisaje y el patrimonio arqueológico.-Este impacto
será permanente y se deriva de la presencia física de la línea. Ésta irá
próxima a otras líneas existentes y, salvo en el cruce de la autovía
MálagaAlgeciras, no será visible mas que desde caminos poco transitados. Será
visible desde las vías pecuarias El Cordel del Vado de Jimena y la Vereda
de Sierra Carbonera, así como desde el puente Mayorga sobre el arroyo
de la Madre Vieja. El estudio considera este impacto moderado.
Impacto sobre la población y el planeamiento urbanístico.-No presenta
impactos negativos, ya que pasa alejada de zonas habitadas y en suelo
urbanizable programado va enterrada y aislada. Presenta un impacto
positivo al mejorar la oferta del suministro de energía eléctrica.
Plan de vigilancia
El estudio propone un plan de vigilancia que cubre la fase de
construcción y la de funcionamiento. Este plan, con ligeras modificaciones,
ha servido de base para establecer la condición 8 de esta declaración,
por lo que no es necesario repetirlo en este anexo.
Conclusiones
Los impactos significativos en la fase de construcción de la central
y sus infraestructuras, una vez adoptadas las medidas correctoras
propuestas en el estudio de impacto ambiental, serán: la posible afección
a los yacimientos arqueológicos, la alteración de la calidad de las aguas de
la bahía y la alteración de la actividad turística. En la fase de explotación
de la central, los impactos significativos serán las emisiones de NO x a
la atmósfera y el vertido térmico en las aguas de la bahía, y, en menor
medida, el impacto acústico de la central de bombeo y el paisajístico de
la línea eléctrica. Sin embargo, con las medidas correctoras propuestas
estos impactos se consideran compatibles o moderados.
ANEXO III
Resultado de la información pública
Relación de entidades que han presentado alegaciones:
Asociación de Vecinos de Carteya.
Asociación Ecologista Verdemar.
"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad Anónima".
"Terminal Internacional de Carbones Gibraltar, Sociedad Anónima"
(Gibraltar-Intercar).
AGADEN.
ACERINOX.
CEPSA.
Resumen del contenido de las alegaciones e informes recibidos
Asociación de Vecinos de Carteya:
Alegan que el vial que se proyecta sobre las tuberías de toma y expulsión
del agua de refrigeración no prevé acceso a la barriada de Guadarranque,
por lo que solicitan comunicación con dicho vial. Asimismo, que el trazado
de las conducciones y del vial supone el derribo de arboleda, por lo que
debe ser repuesta por especies autóctonas del clima mediterráneo.
No consideran adecuada la ubicación de la estación de bombeo por
impedir la conexión de la barriada con el nuevo vial. Proponen que se
ubique la estación de bombeo al otro lado del vial proyectado, entre éste
y la carretera antigua, modificación ambientalmente favorable al alejarla
de la playa.
En la zona de costa, por la que pasarán las conducciones de toma
y descarga de agua, proponen la construcción de una escollera paralela
a la línea de costa y sumergida a una profundidad de 2 metros, que retendrá
la arena procedente del dragado. Con esta actuación se recuperará la
anchura de playa desaparecida por actuaciones anteriores.
Asociación Ecologista Verdemar:
Alegan que no se establecen infraestructuras viarias que garanticen
la seguridad del tráfico; consideran que no hay demanda de energía que
justifique el proyecto, proponiendo como alternativa transformar la central
térmica de los Barrios a gas natural; no se especifica la periodicidad con
la que se utilizará gasóleo como combustible alternativo, ni cómo se
amortizará la planta en caso de que se restrinjan las importaciones de gas;
las conducciones previstas para toma y descarga del agua de refrigeración
afectarán a las ruinas de Carteia y a las dunas de la playa de Guadarranque;
el EIA no aporta datos concretos sobre la temperatura de las aguas de
refrigeración que viertan a la bahía; además, la descarga se produce en
una zona ya afectada por los vertidos térmicos de la central térmica de
Los Barrios.
Piden buscar alternativas para la evacuación de la energía eléctrica
sin que suponga peligro para los habitantes de la barriada de Miraflores;
justificación real del proyecto estudiando el superávit de potencia que
hay en el Estado; indicar cómo afecta el proyecto a los compromisos
internacionales sobre topes de emisiones de gases invernadero suscritos por
el Estado español; estudiar con más profundidad la afección a los restos
arqueológicos; actualizar el plan corrector de vertidos de la bahía de
Algeciras; realizar un estudio epidemiológico de la comarca del Campo de
Gibraltar; reconvertir la central térmica de Los Barrios a gas natural;
estudio del análisis sinérgico de los impactos que producen las distintas
centrales de generación de energía eléctrica que existen en el Campo de
Gibraltar.
"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad Anónima":
Alega que la conducción de descarga del agua de refrigeración de la
central proyectada se prevé a 20 metros de profundidad y que la
distribución del agua caliente vertida afectará a zonas comprendidas entre
los8y10metros. En esta zona está situada la toma de refrigeración
de la central térmica de Los Barrios, por lo que el vertido térmico de
la central proyectada afectará al rendimiento de la instalación de
refrigeración de la CT de Los Barrios y dificultará el cumplimiento de los
requisitos de la autorización de vertidos de que dispone actualmente.
"Terminal Internacional de Carbones Gibraltar, Sociedad Anónima"
(Gibraltar-Intercar):
Efectúa cuatro alegaciones:
La central proyectada puede interferir con el funcionamiento del
Parque de Graneles de Guadarranque (PGG), por lo que considera que se
deben incluir en la documentación, que sustente el proyecto, las
instalaciones de Gibraltar-Intercar: terminal actual y futuro PGG.
Del análisis del modelo de dispersión de partículas sedimentables
considerado en el EIA que acompaña al proyecto del PGG pudiera deducirse
cierta interferencia con las exigencias de pureza del aire de aspiración
que requieren las turbinas de gas a instalar. Sin embargo, consideran que
esta circunstancia no debería afectar a Gibraltar-Intercar, que dispone
de la correspondiente licencia.
Los tramos marítimos de las tuberías de impulsión y descarga del
circuito exterior de refrigeración interferirán con las operaciones de fondeo,
aproximación, salida, atraque y desatraque de los barcos que operan en
los muelles actuales de Gibraltar-Intercar, así como en el futuro muelle
de carga para el que existe concesión administrativa.
Las obras proyectadas pueden afectar a la impermeabilización instalada
por Gibraltar-Intercar en el Parque de Graneles de Guadarranque.
AGADEN:
Considera que no se han tenido en cuenta sus sugerencias en el
desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental; que el proyecto no está justificado
en cuanto a la demanda de energía eléctrica, que puede satisfacerse con
las instalaciones actuales; que los escapes de gas pueden anular los
beneficios, en cuanto a disminuciones de emisiones de CO 2 , logrados por mayor
eficiencia de estas centrales.
En cuanto a su ubicación, estima que no habrá gas suficiente para
alimentar las centrales existentes; no se ha estudiado la red que se
necesitará para evacuar toda la energía eléctrica que se produzca en el Campo
de Gibraltar; no se ha efectuado un estudio de los impactos que producen
las distintas centrales; no se dice nada de los restos arqueológicos de
la ciudad de Carteya; los canales de toma y descarga de agua afectarán
a la barriada y playa de Guadarranque; la línea de evacuación de energía
eléctrica de 220 kV pasa a menos de 220 metros de casas habitadas.
En cuanto a las emisiones a la atmósfera, el EIA no cuantifica las
emisiones de CO 2 . Respecto de las emisiones de NO x , no se contemplan
los efectos sinérgicos con otras instalaciones.
El EIA no contempla la realización de un estudio epidemiológico.
Concluye, solicitando la realización de un nuevo estudio de impacto
ambiental.
"Acerinox, Sociedad Anónima":
Alega que la construcción y explotación de la nueva línea eléctrica
que se construya puede afectar al suministro de electricidad a la factoría
de "Acerinox, Sociedad Anónima".
CEPSA, Refinería de Gibraltar:
Alega que el trazado de la futura línea eléctrica a 220 kV que unirá
la central de San Roque con la subestación de Pinar del Rey transcurre
por parcelas propiedad de CEPSA, lo que puede suponer un
desaprovechamiento del potencial uso industrial de las zonas implicadas en la
servidumbre.
Propone dos soluciones: la utilización conjunta entre Gas Natural SDG
y Acerinox de la línea de 220 kV que esta última posee desde su factoría
en Palmones-Los Barrios hasta la subestación de Pinar del Rey; o cambio
de trazado de la línea de manera que no afecte a terrenos de CEPSA.
Informe realizado por el promotor respecto a las alegaciones
presentadas al proyecto
Asociación de vecinos de Carteya:
El enlace de la barriada de Guadarranque con el nuevo vial será objeto
de un proyecto detallado de urbanización que recogerá las indicaciones
del Ayuntamiento de San Roque.
La afección a especies arbóreas es de pequeña magnitud y será
minimizada por las medidas correctoras indicadas en el EIA.
No se considera aconsejable la modificación propuesta para la ubicación
de la estación de bombeo, ya que el Ayuntamiento y la Delegación Provincial
de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía consideran ese espacio
poco recomendable por motivos arqueológicos y ambientales.
La construcción de una escollera paralela a la línea de costa para
la retención de arenas procedentes del dragado, como primera medida
para la recuperación de la anchura de la playa, debería ser estudiada
por el órgano administrativo competente, si bien presenta dificultades
debido a la elevada complejidad de la dinámica
marinayalaheterogeneidad de los materiales dragados.
Asociación Ecologista Verdemar:
El EIA ha incluido todas las observaciones recibidas en la fase de
consultas que ha sido posible, en función de su alcance.
El proyecto se considera justificado por cuanto el crecimiento de
energía eléctrica en España puede estimarse en un 3 por 100 anual; el 23
por 100 de la energía eléctrica consumida en Andalucía se produce fuera
de esta Comunidad Autónoma; la tecnología de los ciclos combinados,
alimentados por gas natural, permite rendimientos del 55 por 100 frente
al 36 por 100 de las centrales convencionales; la energía primaria requerida
para generar un kWh de electricidad es un 35 por 100 menos que en
una central de ciclo simple, lo que implica una reducción de emisiones
de CO 2 en la misma cuantía; las emisiones de materia particulada y de
SO 2 son prácticamente nulas y las emisiones de NO x son muy inferiores,
400 g/MWh frente a los 900 g/MWh de las centrales de fuel y los 1.600
g/MWh de las centrales de carbón; es de esperar que, por su mayor
rentabilidad, la producción de estas centrales desplace a las centrales de
fuel y de carbón, por lo que su funcionamiento redundará en una
disminución de las emisiones de CO 2 y, por tanto, producirá un efecto positivo
en el cumplimiento por parte de España de los acuerdos adoptados en
el Protocolo de Kioto.
La propuesta de reconvertir a gas la central de carbón de Los Barrios
no es contemplable por el promotor, ya que no es de su propiedad.
Los escapes de gas no constituyen accidentes frecuentes. Las medidas
de seguridad están descritas en el proyecto básico.
No se especifica con qué frecuencia se utilizará gasóleo como
combustible, ya que sólo se utilizará en caso de emergencia y falta de suministro
de gas natural.
El modelo de dispersión de contaminantes aplicado permite predecir
que los efectos sobre la calidad del aire en la zona de implantación de
la central son admisibles.
Las tuberías de impulsión y descarga del agua de refrigeración no
penetran en el recinto arqueológico de Carteya, habiéndose adaptado su
trazado a las indicaciones de la Delegación Provincial de la Consejería
de Cultura de la Junta de Andalucía y del Ayuntamiento de San Roque.
Su impacto está analizado en el EIA. Además, se prevé la protección de
posibles restos arqueológicos no inventariados que pudiesen aparecer
durante los trabajos. También se prevé la restauración de las dunas de
la playa de Guadarranque que pudieran resultar afectadas.
El diseño de la conducción de vertido se ha efectuado con un modelo
de difusión térmica que asegura el cumplimiento de la legislación vigente
(la temperatura del eje del penacho a 100 metros del punto de vertido
y 1 metro de profundidad diferirá en menos de 3 o C de las temperaturas
externas). En principio, no se considera necesario la utilización
permanente de biocidas, pero, en cualquier caso, se asegurará que la máxima
concentración de cloro residual, medida en la salida del emisario de vertido,
sea igual o inferior a 0,5 ppm.
Las infraestructuras viarias generales no son objeto del proyecto
considerado. La carretera de acceso a las instalaciones, contemplada en el
nuevo Plan viario de Polígono Industrial de Guadarranque, en fase de
desarrollo por parte del Ayuntamiento de San Roque, proporcionará
adecuadas garantías de seguridad tanto para los conductores como para las
poblaciones cercanas.
La línea eléctrica a 220 kV atraviesa terrenos calificados como suelo
urbanizable programado, pero en este tramo la línea irá enterrada. Sin
embargo, la línea no pasará por encima de las casas de la barriada de
Miraflores. Respecto a la posible afección de la línea sobre la avifauna,
se prevé la instalación de dispositivos "salvapájaros".
Compañía Sevillana de Electricidad:
El vertido térmico de la central proyectada no afectará a la toma de
aguas de refrigeración de la central de Los Barrios, ya que se ha modificado
el diseño del conducto de vertido de acuerdo con el resultado obtenido
por el modelo de difusión térmica, descargando a 40 metros de profundidad
y a 800 metros de distancia de la central de Los Barrios.
Gibraltar-Intercar:
No existe inconveniente en incorporar la información de que se
disponga, referida a Gibraltar-Intercar, en sucesivas fases de desarrollo del
proyecto.
La materia particulada emitida por el parque de graneles no afectará
al funcionamiento de la central, pues existen técnicas apropiadas para
asegurar la pureza del aire de aspiración que requieren las turbinas a
instalar.
No se conoce la posible afección de la construcción de las conducciones
de toma y descarga del agua de refrigeración sobre el futuro muelle previsto
por Gibraltar-Intercar.
No se observa interferencia de la central de San Roque y sus
instalaciones con la impermeabilización del parque de graneles, ya que ninguna
de las obras proyectadas invadirá la zona ocupada por dicho parque.
"Acerinox, Sociedad Anónima":
La construcción y explotación de la nueva línea eléctrica se efectuará
garantizando el servicio de todos los tendidos existentes, por lo que no
afectará a la línea eléctrica que actualmente suministra energía a "Acerinox,
Sociedad Anónima", cuyo servicio no será interrumpido.
CEPSA. Refinería Gibraltar:
Se podría considerar un cambio de trazado de la línea eléctrica para
no afectar al potencial uso industrial de los terrenos de CEPSA.
La primera solución aportada, utilización conjunta entre Gas Natural
y Acerinox de la actual línea eléctrica, requiere contactos y acuerdos
previos entre ambas empresas. La segunda solución aportada es similar a
la propuesta en el Proyecto inicial en cuanto a complejidad técnica y
problemática ambiental se refiere.
AGADEN:
Se realiza una serie de justificaciones similares a las ya expuestas
para las alegaciones de la asociación Verdemar, ya que las alegaciones
son similares. No obstante, se efectúan algunas matizaciones diferenciadas,
entre las que figuran las siguientes:
El EIA no se finalizó y entregó hasta fines del mes de julio de 1998,
lo que puede demostrarse por el sistema de calidad de INYPSA, certificado
por AENOR. En el EIA se han incluido todas las observaciones recibidas
en la fase de consultas que ha sido posible, en función de su alcance.
No se contempla la realización de un estudio epidemiológico, porque
los períodos de observación necesarios y su complejidad quedan fuera
del alcance y plazos establecidos para el EIA. Este tipo de estudios sólo
podrían abordarse por la Junta de Andalucía.
ANEXO IV
Ampliación de información al estudio de impacto ambiental
Analizada la información contenida en el estudio de impacto ambiental,
se observó que no se evaluaba el impacto de las emisiones de contaminantes
a la atmósfera en caso de funcionar la central con gasóleo como combustible
auxiliar. Tampoco se evaluaban las situaciones puntuales en condiciones
atmosféricas desfavorables.
Sin embargo, la zona en la que se pretende construir la nueva central
térmica, la bahía de Algeciras, es una zona con niveles considerables de
contaminación atmosférica en la que se han tenido que aplicar programas
para la reducción de emisiones de algunos contaminantes, como el SO 2 .
Además, la situación de contaminación atmosférica de la zona de estudio
se caracteriza por episodios de estabilidad atmosférica con elevaciones
puntuales significativas de los niveles de inmisión de varios
contaminantes, SO 2 yNO 2 .
Por tanto, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental,
con fecha 16 de febrero de 1999, solicitó la siguiente ampliación de
información:
Para el caso de funcionamiento de la central con gas natural:
Evaluar los niveles de inmisión de NO 2 que se produzcan puntualmente,
debidos a situaciones atmosféricas desfavorables, indicando claramente
en qué puntos o áreas se espera que se superen los límites de inmisión
de NO 2 para el percentil 98 establecidos por la legislación vigente,
utilizando para ello un modelo a corto plazo.
Para el caso de funcionamiento de la central con gasóleo, utilizando
un modelo a corto plazo:
Evaluar los niveles de inmisión de NO 2 que se produzcan puntualmente,
debidos a situaciones atmosféricas desfavorables, indicando claramente
en qué puntos o áreas, y bajo qué condiciones atmosféricas se espera
que se superen los valores de inmisión horarios de 200 l g/m 3 de NO 2 .
Evaluar los niveles de inmisión medios horarios de SO 2 que se
produzcan puntualmente, debidos a situaciones atmosféricas desfavorables,
indicando en qué puntos o áreas, y bajo qué condiciones atmosféricas
se pueden superar valores medios diarios de 350 l g/m 3 .
Para el cálculo de los niveles de inmisión de NO 2 , efectuado en función
de los niveles de inmisión de NO x obtenidos por el modelo, se consideró
más adecuado utilizar la relación NO 2 /NO x existente en la zona de estudio.
En este sentido, se recomendó utilizar la relación calculada por la Junta
de Andalucía para la zona de la Bahía de Algeciras.
La Delegación Provincial de Medio Ambiente en Cádiz de la Junta
de Andalucía facilitó las conclusiones de un estudio de la relación de
NO 2 /NO x para la zona de estudio, basado en los datos validados de las
cabinas de inmisión de La Línea, Algeciras y Los Barrios para el período
comprendido entre julio y diciembre de 1998. Este estudio aporta los
siguientes valores: NO 2 /NO x = 0,61 para la media; y NO 2 /NO x = 0,59 para
el valor máximo y el percentil 98.
Asimismo, la citada Delegación seleccionó los períodos de cuatro días
en los que se registraron los valores más elevados de inmisión de SO 2 yNO 2 , y aportó los datos obtenidos en las cabinas ubicadas en la Bahía
de Algeciras de los siguientes parámetros recogidos en el Sistema de
Información y Vigilancia Ambiental: valores medios horarios de temperatura,
velocidad y dirección del viento, humedad relativa, presión barométrica,
precipitación y radiación solar durante esos días.
Con fecha 9 de abril de 1999, el promotor remitió a la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental un primer informe, modificado por
un segundo informe, remitido con fecha 11 de mayo de 1999, en los que
se aportó la ampliación de información solicitada. El informe estima las
emisiones que se producirán, el modelo elegido para evaluar su incidencia
en los niveles de inmisión, la metodología seguida, los datos utilizados
para "rodar" el modelo y los resultados obtenidos.
Se ha estimado que las emisiones que se producirán serán:
a) Funcionando la central con gas natural:
NO x (expresado como NO 2 ) 30 g/s 51,34 mg/Nm 3 (15%deO 2 )
SO 2 5,5 g/s 9,42 mg/Nm 3 (15%de O 2 )
Partículas 4,7 g/s 8,00 mg/Nm 3 (15%de O 2 )
b) Funcionando la central con gasóleo A, seleccionado como
combustible auxiliar:
NO x (expresado como NO 2 ) 84 g/s 120 mg/Nm 3 (15%deO 2 )
SO 2 17,69 g/s 25,25 mg/Nm 3 (15%deO 2 )
Partículas 14 g/s 20 mg/Nm 3 (15%deO 2 )
Se ha seleccionado el modelo Industrial Source Complex Short Term,
versión 3, (ISCST3) de la EPA (Environmental Protection Agency). Se ha
"rodado" este modelo aplicando la relación NO 2 /NO x y los datos aportados
por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Cádiz de la Junta
de Andalucía y la matriz de estabilidad obtenida del aeropuerto de
Gibraltar.
La primera conclusión obtenida por el modelo ISCST3 es elevar la
altura de las chimeneas a 65 metros para evitar las turbulencias que en
la dirección y velocidad del viento originan los edificios próximos.
Con esta altura de chimenea se disminuye considerablemente la
incidencia de las emisiones en los valores de inmisión con respecto a los
resultados obtenidos con el modelo anterior. Efectivamente, el incremento
de la concentración media anual de NO 2 , funcionando la central con gas
natural, resulta inferior a 0,5 l g/m 3 en todas las estaciones de medida,
y los incrementos máximos serán de 2,2 l g/m 3 en las direcciones Este
y Este-Noroeste, valores bastante reducidos, teniendo en cuenta que la
Directiva 1999/30/CE, de 22 de abril, establece 40 l g/m 3 de NO 2 como
límite de la media anual.
Por otra parte, para situaciones atmosféricas desfavorables,
funcionando la central con gas natural, los valores máximos se sitúan en Sierra
Carbonera, obteniéndose los siguientes valores: concentraciones máximas
horarias producidas por la central, 120 l g/m 3 de NO 2 ; valores del percentil
98, 40 l g/m 3 de NO 2 ; en Gibraltar estos valores se reducen a 40 l g/m 3
de NO 2 y4 l g/m 3 de NO 2 , respectivamente. Estos valores son asumibles,
si tenemos en cuenta que la citada Directiva 1999/30/CE establece, para
el año 2010, que los valores medios horarios no superen, en más de 18
ocasiones, los 200 l g/m 3 de NO 2 .
Funcionando la central con gasóleo, se ha "rodado" el modelo para
la situación más desfavorable proporcionada por la Junta de Andalucía,
obteniéndose que los valores horarios más altos, debido al funcionamiento
de la central, se producen en las dirección E y SE, en Sierra Carbonera
y Gibraltar, respectivamente. Sin embargo, estos valores no superan los
20 l g/m 3 de SO 2 en Sierra Carbonera, y 14 l g/m 3 de SO 2 en Gibraltar.
El valor medio diario se incrementa únicamente en 2,3 l g/m 3 . Valores
asumibles si se tiene en cuenta que la Directiva 1999/30/CE establece,
para el 1 de enero del 2005, que no se supere, en más de 24 ocasiones
al año, el valor medio horario de 350 l g/m 3 de SO 2 .
También evalúa los incrementos de concentración de NO 2 en aire,
funcionando la central con gasóleo, resultando los valores obtenidos para
el NO 2 igual a 2,8 veces el de los obtenidos para el SO 2 , que continúan
siendo asumibles.
Con este estudio se demuestra que con la modificación de la altura
de las chimeneas y la utilización de gasóleo A, como combustible auxiliar,
el impacto de la central sobre la calidad del aire es moderado y
ambientalmente asumible.
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