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Documento BOE-A-1999-19941

Orden de 1 de octubre de 1999 por la que se modifica la Orden de 30 de junio de 1995, por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 7 de octubre de 1999, páginas 35834 a 35834 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1999-19941
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1999/10/01/(1)

TEXTO ORIGINAL

En desarrollo de las previsiones contenidas en el Reglamento de los Procesos Selectivos y de Formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, se promulgó la Orden de 30 de junio de 1995, por la que se establece el baremo de méritos aplicable a los procesos de promoción interna de los funcionarios de dicho Cuerpo.

La Orden citada recoge, entre otras cuestiones, una previsión relativa al reconocimiento del tiempo de servicio prestado en las Fuerzas Armadas como militar de reemplazo o de empleo, como mérito para el ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía.

Sin embargo, no contiene referencia alguna que permita valorar como mérito para el ingreso en la categoría de Inspector, el tiempo de servicio prestado como funcionario del Cuerpo Nacional de Policía en categorías inferiores, cuando se pretenda el acceso a la misma por el sistema de oposición libre. Con el fin de eliminar los agravios que de ello se derivan, parece oportuno introducir la modificación pertinente en la mencionada Orden de 30 de junio de 1995, y a ello va dirigida la presente disposición.

En su virtud, en uso de las atribuciones que tengo conferidas, previo informe del Consejo de Policía y con la aprobación del Ministro de Administraciones Públicas,

DISPONGO:

Único.

Se añade a la Orden de 30 de junio de 1995, por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, una disposición adicional cuarta con la siguiente redacción:

«Disposición adicional cuarta.

1. Será considerado como mérito para el ingreso por el sistema de oposición libre en la Escala Ejecutiva del Cuerpo Nacional de Policía el tiempo de servicio prestado como funcionario de dicho Cuerpo, el cual será valorado, durante la fase de oposición, con la puntuación que se establece a continuación, que se incorporará a la suma final de la puntuación que se obtenga en las pruebas realizadas:

2. Puntuación:

Por cada año de servicio en la categoría de Policía: 0,20 puntos.

Por cada año de servicio en la categoría de Oficial de Policía: 0,30 puntos.

Por cada año de servicio en la categoría de Subinspector: 0,40 puntos.»

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de octubre de 1999.

MAYOR OREJA

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 01/10/1999
  • Fecha de publicación: 07/10/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 08/10/1999
Referencias anteriores
  • AÑADE la disposición adicional 4 de la Orden de 30 de junio de 1995 (Ref. BOE-A-1995-17021).
Materias
  • Cuerpo Nacional de Policía
  • Oposiciones y concursos
  • Promoción profesional

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