Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección, esta
Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983,
de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; Decreto
122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en
la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el
Real Decreto 64/1984, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto
111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley de Patrimonio
Histórico Español, acuerda:
1. o Tener por incoado expediente de declaración de bien de interés
cultural como monumento a favor de la parte histórica del Seminario
Diocesano, en Segovia, según la descripción y delimitación que se publica
como anexo a la presente Resolución, y que figura en el plano unido al
expediente.
2. o Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con la
legislación vigente.
3. o Hacer saber al Ayuntamiento de Segovia que según lo dispuesto
en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español, todas las obras que haya que realizar en el monumento que se
pretende declarar, o en su propio entorno, no podrán llevarse a cabo
sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión
Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por la Dirección General.
4. o Que la presente Resolución se publique en el "Boletín Oficial de
Castilla y León" y en el "Boletín Oficial del Estado", y se notifique al Registro
General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.
Valladolid, 8 de julio de 1999.-El Director general, Javier Toquero
Mateo.
ANEXO
Descripción
El Seminario Diocesano de Segovia se encuentra ubicado en una zona
privilegiada dentro de la ciudad amurallada de Segovia, justamente sobre
la plaza del Azoguejo, donde el acueducto romano muestra su mayor
esplendor, caracterizando su imagen la silueta de la ciudad histórica de Segovia.
El conjunto del Seminario se compone de la iglesia, la parte noble,
la ampliación y el llamado pabellón nuevo, si bien la declaración de bien
de interés cultural se circunscribe a la parte de mayor relevancia del
conjunto, esto es, la más antigua del complejo, perteneciente a finales del
siglo XVI y principios del siglo XVII, constituida por la iglesia y parte
noble.
La iglesia, responde al modelo de la de Villagarcía de Campos, inspirada
en el modelo jesuítico de Vignola. Se trata de la tercera iglesia que construyó
en España la Compañía de Jesús. Las trazas las da en 1577 el Hermano
Valeriani previa consulta con Juan de Herrera, comenzándose las obras
ese mismo año. Paralizadas las obras se reanudan en 1582 dirigidas por
el hermano Andrés Ruiz, con trazas revisadas por Juan de Herrera.
Posteriormente, serán Diego de Matienzo hasta 1594 y Diego de Sisniega,
quienes se hagan cargo de la obra. En 1603 será Pedro de Brizuela y
en 1639 Francisco Gutiérrez de la Cotera.
Tiene planta de cruz latina inscrita en un rectángulo, y presbiterio
de testero plano. Cuatro capillas hornacinas en cada lado y tribuna a
los pies. Las cubiertas se resuelven con bóvedas de medio cañón con lunetos
y el crucero con media naranja ciega soportada sobre pechinas y dividida
en ocho cascos. La iluminación se realiza mediante huecos termales.
La fachada se inspira en la de Villagarcía, si bien presenta almohadillado
que contribuye a su resalte.
Se incluye en la presente declaración como parte integrante el retablo
mayor, uno de los mejores ejemplares barrocos de la ciudad de Segovia,
obra de José Vallejo Vivanco, realizado en 1678. Consta de banco, un orden
salomónico, tetrástilo y ático cerrado en semicírculo. Se cubre de una
densa ornamentación de talla muy fina y menuda. Sus cuatro gigantescas
columnas salomónicas dejan espacios para una decoración con lienzos
del pintor vallisoletano Diego Díez Ferreras, entre los que destaca el
dedicado a los mártires del Japón. Destaca el monumental tabernáculo barroco,
obra de Antonio Tomé de 1718.
El cuerpo de la parte noble: Destinado a colegio en el que se impartían
clases de Gramática, Filosofía y Moral, este cuerpo se caracteriza por su
regularidad cuadrada, articulada alrededor de un patrio y claustro central,
eje de la vida escolástica, muy parecido al de la clerecía aunque de menor
escala. Obra barroca de Juan de Mugaguren, Jerónimo García y García
Sanz.
Delimitación entorno de protección
El entorno de protección comprende la manzana número 59396, así
como las parcelas 03 y 02 de la manzana 58392, la parcela 03 de la manzana
59407, la 01 de la manzana 59391 y los espacios públicos comprendidos
en la línea que delimita dichas manzanas.
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