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A los efectos de la autorización preceptiva para la inscripción en los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola de los tractores que se citan, con homologación CEE número de recepción e2*97/54*0006*00, según lo dispuesto en la Directiva 74/150/CEE y, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 2028/1986, y en las Órdenes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 14 de febrero de 1964, de 27 de julio de 1979 y de 28 de mayo de 1987,
Esta Dirección General resuelve:
1. Autorizar la inscripción en los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola de los tractores:
Marca: «Renault». Modelo: Ares 725 RZ. Potencia: 170 CV.
Marca: «Renault». Modelo: Ares 735 RZ. Potencia: 188 CV.
2. La potencia de inscripción de dichos tractores es la declarada por el fabricante.
3. Los citados tractores deberán ir equipados con la estructura de protección:
Marca: «Renault». Modelo: K 04 Z. Tipo: Cabina con dos puertas, con contraseñas de homologación número e2 S 027 montada en el modelo Ares 725 RZ y e2 S 028 montada en el modelo Ares 735 RZ.
4. Los mencionados tractores quedan clasificados en el subgrupo 1.3 del anexo de la Resolución de esta Dirección General, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de enero de 1981, por la que se desarrolla la Orden de 27 de julio de 1979, sobre equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para caso de vuelco.
Madrid, 5 de julio de 1999.–El Director general, Rafael Milán Díez.
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