Mediante Resolución de 24 de marzo de 1999 ("Boletín Oficial del
Estado" de 14 de abril), de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades,
Investigación y Desarrollo, se convocaron ayudas a centros docentes
concertados de Educación Especial que escolarizan alumnos plurideficientes
con discapacidad motora, para dar cumplimiento a lo establecido en la
Ley 49/1998, de Presupuestos Generales del Estado para 1999,
artículo 13.seis.
De acuerdo con el crédito presupuestario disponible, se han atendido
todas las solicitudes presentadas por los centros docentes concertados
de Educación Especial, para los alumnos escolarizados en el
curso 1998/1999, que reúnen los requisitos señalados en el apartado tercero
de la citada Resolución.
En consecuencia, examinadas las solicitudesyalavista de las
alegaciones formuladas por los titulares de los centros docentes, a propuesta
de la Dirección General de Centros Educativos,
Esta Secretaría de Estado ha resuelto:
Primero.-Conceder a los centros concertados de Educación Especial
del área de gestión directa de este Departamento ministerial, las cantidades
detalladas en el anexo de la presente Resolución, en concepto de ayuda
destinada a financiar el transporte de alumnos plurideficientes con
discapacidad motora.
Segundo.-El cálculo de la cantidad correspondiente a cada uno de
los centros se ha realizado conforme a lo dispuesto en el artículo 13.6
de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, en el que se establece que el importe
anual de la ayuda será de 175.000 pesetas por alumno y en función del
número de alumnos plurideficientes, con discapacidad motora y serias
dificultades en el desplazamiento (permanecen en colchonetas y/o en silla
de ruedas), relacionados en la solicitud, escolarizados en los centros en
el curso escolar 1998/1999.
Tercero.-La cantidad que corresponde a cada centro se abonará con
cargo a la aplicación presupuestaria 18.10.422E.489.01.
Cuarto.-El Servicio de Inspección de Educación de las Direcciones
Provinciales deberá adoptar las medidas oportunas para que los padres
de los alumnos estén informados de que los centros reciben esta ayuda.
Quinto.-Al finalizar el curso escolar, los centros beneficiarios de estas
ayudas deberán justificar, mediante la aportación de certificación expedida
por el Consejo Escolar, que la cantidad recibida ha sido destinada para
financiar el transporte adaptado de los alumnos plurideficientes, con
discapacidad motora, escolarizados en los mismos.
En el caso que no se justifique la ayuda concedida para la financiación
del transporte adaptado, la Dirección General de Centros Educativos podrá
ordenar el reintegro al Tesoro de las cantidades libradas, con los intereses
de demora correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades que,
en su caso, pudieran exigirse.
Sexto.-La presente Resolución tendrá efectos desde el 1 de enero
de 1999.
Séptimo.-Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa y contra
la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya
circunscripción se dictó el acto originario que se impugna, conforme a lo
establecido en el artículo 10.1.j), en relación con la regla 1. a del artículo 14.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 74.1.j) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998,
de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1
de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente
en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha
dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la
redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 30 de junio de 1999.-El Secretario de Estado, Jorge Fernández
Díaz.
Ilmo. Sr. Secretario general de Educación y Formación Profesional.
ANEXO
Ayudas a centros concertados de Educación Especial para el transporte de alumnos plurideficientes con discapacidad motora (curso 1998/1999)
Número de alumnos con serias dificultades para el desplazamiento
Número de código Denominación y domicilio Municipio y localidad
Importe total anual de la ayuda para transporte adaptado
Observa ciones
Provincia: Albacete
02001135 Asprona. Avenida José Rodríguez, 28.....................Almansa (Almansa)................................. 2 350.000
02002701 Asprona. Luis Braille, 4.....................................Roda, La (Roda, La)................................. 5 875.000
02003053 Asprona-Infanta Elena. La Roda, 22.......................Villarrobledo (Villarrobledo)....................... 5 875.000
Provincia: Asturias
33021768 Ángel de la Guarda. El Campón, sin número..............Oviedo (Latores).................................... 25 4.375.000
33022062 Edes. Mantaras-El Cabillón, sin número...................Tapia de Casariego (Tapia de Casariego)......... 5 875.000 (1)
Provincia: Ávila
05000683 Santa Teresa. Ctra. de Martiherrero, km 5................Martiherrero (Martiherrero)....................... 8 1.400.000 (2)
Provincia: Badajoz
06005688 San Marcos. Frailes, 9.......................................Almendralejo (Almendralejo)...................... 14 2.450.000 (1)
06007375 Ntra. Sra. de la Luz. Godofredo Ortega Muñoz, 3.........Badajoz (Badajoz)................................... 2 350.000
06002122 Ntra. Sra. de las Cruces. Ctra. de Miajadas-Comarcal 426,
km1,5 ..................................................... DonBenito (Don Benito)........................... 10 1.750.000
06006361 Jenara Carrasco. Ord. San Antón, 12......................Llerena (Llerena)................................... 3 525.000 (2) (3)
06005457 Ponce de León. Carlos I, 9..................................Montijo (Montijo)................................... 5 875.000
06005950Ntra. Sra. de la Aurora. Ctra. de la Haba, sin número......Villanueva de la Serena (Villanueva de la Serena) . 9 1.575.000
Provincia: Burgos
09008780 Alba II, El. Valdenúñez, sin número.......................Burgos (Burgos)..................................... 0 0 (1)(4)
09008354 Alba, El. Severo Ochoa, sin número.......................Burgos (Burgos)..................................... 0 0 (1)(4)
Provincia: Ciudad Real
13004146 María Auxiliadora. Ctra. de Arenales, 2...................Campo de Criptana (Campo de Criptana)........ 22 3.850.000 (1)
Provincia: Cuenca
16004467 Jerome Lejeune. Rus, 34.................................... SanClemente (San Clemente)..................... 3 525.000
Provincia: León
24018696 Luz, La. Ctra. Carbajal, sin número, pabellón "S. José
de S. Cayetano"...........................................León (León).......................................... 8 1.400.000
Número de alumnos con serias dificultades para el desplazamiento
Número de código Denominación y domicilio Municipio y localidad
Importe total anual de la ayuda para transporte adaptado
Observa ciones
Provincia: Madrid-Centro
28022426 Buenafuente. Protasio Gómez, 5...........................Madrid (Madrid).................................... 2 350.000 (3)
28009719 Centro de Tratamiento Integral Parálisis Cerebral. Islas
Marquesas c/v a calle Otero y Delage...................Madrid (Madrid).................................... 53 9.275.000 (5) (6)
28046856 Despertar, El. Adonis, 1....................................Madrid (Madrid).................................... 39 6.825.000
28021823 Estudio III-Afanias. Tapia de Casariego, 1................Madrid (Madrid).................................... 1 175.000
28007504 Hospital Infantil "San Rafael". Serrano, 199..............Madrid (Madrid).................................... 22 3.850.000 (1) (3)
28030541 María Inmaculada. Maestro Chapí, 18.....................Madrid (Madrid).................................... 14 2.450.000 (3)
28013449Ntra. Sra. de las Victorias. Azucenas, 34, y Múller, 25......Madrid (Madrid).................................... 8 1.400.000
28046421 Numen. General Ricardos, 209.............................Madrid (Madrid).................................... 25 4.375.000
28035032 Virgen de Nuria. Asura, 134................................Madrid (Madrid).................................... 15 2.625.000
Provincia: Madrid-Este
28035020 Virgen de Loreto. Metano, 19...............................Torrejón de Ardoz (Torrejón de Ardoz)........... 14 2.450.000
Provincia: Madrid-Oeste
28035135 ATAM. Avenida del Monte, sin número...................Pozuelo de Alarcón (Pozuelo de Alarcón)......... 23 4.025.000 (2)
28042577 Hogar "Don Orione". Plaza de Daniel Segovia, 1..........Pozuelo de Alarcón (Pozuelo de Alarcón)......... 3 525.000 (2)
Provincia: Madrid-Sur
28028593Ntra. Sra. de la Esperanza. Ctra. de Toledo, km 16,400......Getafe (Getafe)...................................... 24 4.200.000 (1)
Provincia: Murcia
30008364 Buen Pastor, El. Paraje de los Albares, 24.................Cieza (Cieza)........................................ 14 2.450.000 (3)
30009253 Virgen de la Esperanza. Polígono de la Estacada, sin
número....................................................Jumilla (Jumilla).................................... 5 875.000
30012690 Aidemar. Fernández Caballero, sin número.............. SanJavier (San Javier)............................. 24 4.200.000 (3)
30009681 Virgen de la Esperanza. Paraje Pocico de San Juan......Yecla (Yecla)......................................... 8 1.400.000 (1) (3)
Provincia: Salamanca
37008931Camino, El. Camino Alto de Villamayor a los Villares.....Villamayor de Armuña (Villamayor de Armuña) . . . 40 7.000.000
Provincia: Toledo
45005823 Santísimo Cristo de la Salud. Ctra. Madrid-Cartagena,
km120 .....................................................Quintanar de la Orden (Quintanar de la Orden).... 5 875.000 (3)
45004879 Ntra. Sra. del Prado. Puerta de Cuartos, 10...............Talavera de la Reina (Talavera de la Reina)...... 22 3.850.000 (1) (5)
45005215 San Juan de Dios. Retamosillo, 13.........................Toledo (Toledo)..................................... 18 3.150.000
45000746 AMAFI. Ctra. de Yepes a Ciruelos, sin número...........Yepes (Yepes)........................................ 2 350.000
Provincia: Valladolid
47007367 Obregón. Camino de Obregón, 26..........................Valladolid (Valladolid).............................. 34 5.950.000
47007094 Pino, El. Tórtola, 7, y Camino Viejo de Simancas, km 4,5 . Valladolid (Valladolid).............................. 1 175.000
Nota: Las llamadas entre paréntesis, que figuran en la casilla de observaciones, indican el fundamento de la Resolución.
(1) Debe regularizar la situación con la Administración Tributaria y darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas o, bien, aportar el certificado correspondiente
que acredite la exención del mismo. La concesión de la ayuda está condicionada a la cumplimentación del requisito señalado.
(2) Previo al cobro de esta ayuda, debe acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, aportando certificado de
la Agencia Tributaria correspondiente y de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, respectivamente. La concesión de la ayuda está condicionada a la cumplimentación
del requisito señalado.
(3) Las dificultades en la movilidad, que presentan el resto de los alumnos a los que no se concede la ayuda, no justifican la necesidad de un transporte adaptado.
(4) Los alumnos para los que se solicita la ayuda, no son plurideficientes con discapacidad motora. Son alumnos con autismo y/o trastornos graves de personalidad,
por lo que, las dificultades que presentan en la movilidad y en el desplazamiento, no justifican la necesidad de un transporte adaptado.
(5) Sólo se han considerado las solicitudes a las que se adjunta relación nominal de los alumnos para los que se solicita la ayuda de transporte adaptado.
(6) Sólo se han considerado las solicitudes referidas a los alumnos que, por la edad y características personales, están escolarizados en este centro.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid