Visto el expediente de indulto de don Manuel Tinoco Santana, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva, en sentencia de fecha 9
de octubre de 1997, como autor de un delito de robo con fuerza en las
cosas, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor,
con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de
sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994,
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 25 de junio de 1999,
Vengo en indultar a don Manuel Tinoco Santana la pena privativa de
libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el
tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no
vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 25 de junio de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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