Visto el expediente de indulto de don Jaime Jiménez Jiménez, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en sentencia
de fecha 7 de marzo de 1995, como autor de un delito de robo, a la pena
de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la
condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra
de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 11 de junio de 1999,
Vengo en conmutar a don Jaime Jiménez Jiménez la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, por arresto de ocho fines de
semana, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado
hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso
en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 11 de junio de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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