Visto el expediente de los centros docentes privados de Educación Primaria y de Educación Secundaria denominados «Narval», de Cartagena (Murcia), en relación con la modificación de la autorización de los mencionados centros, por ampliación de una unidad de Educación Primaria y dos unidades en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria,
El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:
Modificar la autorización de los centros privados de Educación Primaria y de Educación Secundaria «Narval», de Cartagena (Murcia), que quedan configurados del modo siguiente:
A) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.
Denominación específica: «Narval».
Titular: Cooperativa de Trabajo Asociado de Enseñanza Narval.
Domicilio: Avenida de Génova, sin número, Residencial Santa Ana.
Localidad: Cartagena.
Municipio: Cartagena.
Provincia: Murcia.
Enseñanzas que se autorizan: Educación Primaria.
Capacidad: 14 unidades y 350 puestos escolares.
B) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.
Denominación específica: «Narval».
Titular: Cooperativa de Trabajo Asociado de Enseñanza Narval.
Domicilio: Avenida de Génova, sin número, Residencial Santa Ana.
Localidad: Cartagena.
Municipio: Cartagena.
Provincia: Murcia.
Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria.
Capacidad: Seis unidades y 180 puestos escolares.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 28 de mayo de 1999.‒P. D. (Órdenes 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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