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Documento BOE-A-1999-13314

Resolución de 7 de mayo de 1999, de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura, por la que se incoa expediente de declaración de zona arqueológica, como bien de interés cultural, a favor del Yacimiento Urso (Osuna, Sevilla).

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 1999, páginas 22960 a 22967 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1999-13314

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección del

Patrimonio Histórico,

Esta Dirección General ha resuelto:

1. o Tener por incoado expediente de declaración de zona arqueológica,

como bien de interés cultural, a favor del yacimiento denominado Urso

(Osuna, Sevilla), cuya descripción y delimitación literal y gráfica figuran

en el anexo a la presente disposición.

2. o Continuar con la tramitación del expediente de acuerdo con las

disposiciones en vigor, en particular la tramitación se llevará a cabo por

la Delegación Provincial de Sevilla, conforme a lo dispuesto en el

apartado 1. o 2 de la Resolución de 4 de mayo de 1998, de la Dirección General

de Bienes Culturales, por la que se delega el ejercicio de determinadas

competencias en materia de patrimonio histórico en las Delegaciones

Provinciales de la Consejería ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía"

número 61, de 2 de junio).

3. o Hacer saber al Ayuntamiento de Osuna que según lo dispuesto

en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico

Español, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias

municipales de parcelación, edificación y demolición en las zonas

afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por

razón de fuerza mayor hubieran de realizarse en tales zonas con carácter

inaplazable deberán contar, en todo caso, con la autorización previa de

esta Dirección General.

4. o Que la presente Resolución se publique en el "Boletín Oficial de

la Junta de Andalucía" y en el "Boletín Oficial del Estado".

Sevilla, 7 de mayo de 1999.-El Director general, Marcelino Sánchez

Ruiz.

ANEXO

Denominación

Principal: Urso.

Accesoria:

Localización

Provincia: Sevilla.

Municipio: Osuna.

Localización: X = 314.600; y = 4.123.800 (coordenadas UTM referidas

la necrópolis hipogeas).

Antecedentes

El núcleo urbano de Osuna fue declarado conjunto histórico-artístico

por Decreto 1546/1967, de 6 de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 15).

En este Decreto no se contempla de forma directa el yacimiento

arqueológico, pero se incluye un área de 500 metros alrededor del casco urbano,

de forma que parte de la zona arqueológica queda afectada por la

declaración de conjunto histórico-artístico.

Justificación de la declaración de la zona arqueológica

La importancia de Osuna (Urso) en la Antigüedad queda reflejada en

las referencias de diversos autores clásicos, tales como Apiano, Diodoro,

César, Estrabón o Plinio. Pero más significativas aún que estas citas son

los numerosos hallazgos arqueológicos de todo tipo acaecidos en el

yacimiento, entre los que destacan especialmente los relieves ibéricos de

guerreros (procedentes de una tumba monumental), y la ley colonial denominada

los "Bronces de Osuna", uno de los testimonios epigráficos más importantes

del mundo romano.

Las diversas excavaciones acometidas en Osuna desde 1903 han puesto

al descubierto estructuras de hábitat, fortificación o necrópolis

pertenecientes a épocas diversas, desde el período Orientalizante hasta la Edad

Media, todo lo cual confirma una prolongada continuidad del poblamiento

en la zona. De entre los numerosos restos constructivos que aún se

conservan destacan el teatro y las tumbas hipogeas de la Vereda Real de

Granada.

A pesar de la intensa y prolongada acción de los expoliadores, el

yacimiento resulta prometedor por no haberse producido en Osuna el frecuente

proceso de superposición de ciudades. No obstante, hoy día el crecimiento

de la ciudad hacia el noreste pone en serio peligro la integridad de los

restos, razón por la cual se hace necesaria la urgente declaración del mismo

como zona arqueológica.

Descripción

La zona arqueológica de Urso se asienta sobre una plataforma

calcarenítica de época terciaria, de 398 metros de altitud, que forma parte

del reborde norte de la Subbética. Desde este extenso promontorio se

domina una amplia superficie de tierras fértiles pertenecientes a la campiña

circundante.

La mayor altitud se localiza en el ángulo nororiental del promontorio,

desde donde la pendiente en dirección NE es bastante abrupta; en cambio,

la pendiente se suaviza en la dirección opuesta. Este hecho ha favorecido

el desarrollo del urbanismo histórico hacia el oeste, lo que determina la

peculiaridad del yacimiento, ya que en Osuna no se produce el fenómeno

de superposición de ciudades, tan frecuente en otras poblaciones

andaluzas. En este caso, la ocupación humana del lugar a lo largo de la historia

ha conocido desplazamientos laterales y descendentes, de modo que las

diversas partes de que se compone el yacimiento están en relación directa

con los diversos períodos históricos que éste abarca.

Urso estaba atravesada por la vía que unía Hispalis con Antikaria,

perpetuada hoy por la Vereda Real de Granada, que cruza el yacimiento

de este a oeste.

Se mantiene constancia de la existencia de un manantial bajo el actual

casco urbano de Osuna, aprovechando desde antiguo para el suministro

de agua potable a la población. Son también numerosos los pozos.

Datos histórico-arqueológicos

Según se deduce de los restos arqueológicos superficiales, entre los

que han aparecido numerosos fragmentos de cerámicas bruñidas y pintadas

con temas geométricos, el origen de Osuna habría que situarlo en el Bronce

Final, hacia el año 1.000 a.C.

El impacto de las colonizaciones fenicias se dejó sentir pronto en Osuna,

como lo demuestran los ajuares de las tumbas, excavadas en 1903

de P. Paris y A. Engel, datadas hacia el siglo VII a.C. A Osuna llegarían

los productos fenicios de Gadir (Cádiz) a través de las rutas interiores

de comercio seguidas por los colonizadores para establecer contacto con

las élites tartésicas del valle del Guadalquivir.

Osuna aparece muy tempranamente en los textos clásicos, ya que es

mencionada por Apiano como refugio invernal de las tropas de Gneo

Escipión en el año 212 a.C., en el transcurso de la Segunda Guerra Púnica.

Posteriormente se cita como lugar de paso de las tropas que Fabio Máximo

dirigía contra Viriato, y como patria de Audas, Ditalcón y Minuros, asesinos

del caudillo lusitano.

La ciudad llegó a ser uno de los baluartes principales de los hijos

de Pompeyo en su lucha contra César, y se mantuvo como último escollo

frente a éste tras la Batalla de Munda y la rendición de otras ciudades

del bando pompeyano. Tras un largo asedio, la ciudad cayó en manos

de César, quien la convirtió en Colonia, otorgándole un estatuto de ciudad

libre inmune. Sus leyes se conservan en el Museo Arqueológico Nacional

en el conjunto denominado los Bronces de Osuna.

La ciudad se convirtió entonces en uno de los centros más desarrollados

de la Bética, formando parte del "conventus astigitanus".

Durante la época visigoda y musulmana la ciudad permanece en un

segundo plano. Posteriormente, tras la Conquista Cristiana de Al-Andalus,

y coincidiendo con el apogeo de sus señores, los Condes de Ureña, Osuna

se convierte en el centro de una extensa comarca, como aún lo es en

la actualidad.

Delimitación

Los criterios seguidos para la delimitación de la zona arqueológica

de Urso vienen impuestos principalmente por los resultados de las diversas

investigaciones arqueológicas desarrolladas en Osuna, las cuales sitúan

en el norte el hábitat prerromano y el posible anfiteatro romano. Al este

y noreste se sitúa la necrópolis prerromana.

Para la delimitación de la zona arqueológica por esos dos lados (norte

y este), se ha tenido en cuenta, además, la configuración topográfica del

terreno, que conforma allí un promontorio bien delimitado; también se

ha considerado la dispersión de material arqueológico en superficie.

Por el sector sur, se ha atendido a la existencia probada de necrópolis

extramuros de la ciudad romana y de los restos de la calzada musulmana,

y se ha tomado como límite el actual uso rústico del suelo, ya que más

al sur la zona se halla parcialmente urbanizada.

Por lo que respecta al límite occidental, se ha seguido el probable

perímetro amurallado de la Osuna medieval, aún rastreable a través de

la trama urbana actual, especialmente por la calle Luis de Molina; el

testimonio más evidente del recinto amurallado medieval es la Torre del

Agua. Se ha tomado como límite occidental la calle de la Cañada para

enlazar con el sector de suelo rústico que conforma la zona arqueológica

por el norte. A partir de esta calle el límite sigue el viario urbano siguiente:

Calle San Cristóbal, calle Los Labradores, plaza de la Merced, calle Luis

de Molina, calle del Asistente, calle San Agustín, calle de los Caldenegros,

plaza de la Farfana y calle Farfana Baja.

La zona arqueológica queda delimitada por una figura poligonal de 39

vértices cuyas coordenadas UTM son las siguientes:

XY XY

1 314.110 4.124.858

2 314.270 4.124.780

3 314.330 4.124.720

4 314.428 4.124.580

5 314.460 4.124.460

6 314.630 4.124.300

7 315.205 4.124.240

8 315.260 4.124.160

9 315.265 4.124.040

10 315.480 4.123.510

11 315.465 4.123.310

12 315.400 4.123.175

13 314.620 4.123.150

14 314.172 4.123.249

15 314.123 4.123.316

16 314.070 4.123.280

17 314.000 4.123.640

18 313.890 4.123.270

19 313.810 4.123.255

20 313.680 4.123.270

21 313.645 4.123.315

22 313.566 4.123.500

23 313.610 4.123.518

24 313.648 4.123.580

25 313.729 4.123.628

26 313.787 4.123.645

27 313.803 4.123.721

29 313.810 4.123.775

29 313.690 4.123.830

30 313.615 4.123.855

31 313.650 4.124.060

32 313.620 4.124.260

33 313.580 4.124.270

34 313.570 4.124.315

35 313.610 4.124.400

36 313.630 4.124.470

37 313.850 4.124.640

38 313.920 4.124.655

39 313.920 4.124.740

Las líneas rectas que unen los vértices contiguos del polígono tienen

las siguientes longitudes en metros:

1-2: 160.

2-3: 107.

3-4: 150.

4-5: 98.

5-6: 260.

6-7: 598.

7-8: 100.

8-9: 110.

9-10: 570.

10-11: 220.

11-12: 140.

12-13: 770.

13-14: 460.

14-15: 90.

15-16: 65.

16-17: 75.

17-18: 100.

18-19: 80.

19-20: 120.

20-21: 70.

21-22: 200.

22-23: 40.

23-24: 70.

24-25: 95.

25-26: 65.

26-27: 70.

27-28: 55.

28-29: 134.

29-30: 80.

31-32: 200.

32-33: 40.

33-34: 30.

34-35: 90.

35-36: 60.

36-37: 220.

37-38: 130.

38-39: 90.

39-1: 180.

Las parcelas de suelo rústico afectadas por la delimitación de la zona

arqueológica son las siguientes (una p junto al número de la parcela

significa que la delimitación la afecta parcialmente):

Polígono 99. Parcelas 54(p), 55(p), 56, 57 y 58.

Polígono 147. Parcelas 5(p), 6, 7, 8(p), 11(p), 12(p), 13(p), 14, 15(p),

17(p), 18, 19, 20(p), 21, 22, 23, 24(p), 31(p), 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38.

Polígono 146. Parcelas 54(p), 57(p), 58, 59, 60(p), 73, 74, 75, 76, 77,

78, 79, 80, 81(p), 82(p), 87(p), 88(p), 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97,

98, 99(p), 101, 102, 103(p), 104(p), 108(p), 110(p), 115.

La delimitación afecta también a las siguientes parcelas de suelo

urbano:

Hoja 30S-UG-12-33N. Parcelas 40350.01-02; 38350.01-03; 36347.01-06;

35340.01; 38360.01-18; 36359.01-19; 38364.01-06; 38373.01-06; 36384.01-56;

37393.04-07; 36407.06-09.

Las calles que delimitan estas parcelas de suelo urbano son las

siguientes: Luis de Molina (números pares), Los Labradores (no hay fachadas

a esta calle), San Cristóbal (números impares del 85 al 143), de la Cañada

(números pares).

Hoja 30S-UG-12-43S. Parcelas: 41338.01-09; 41334.01-10; 41341.01-13;

40336.01-52; 37324.31.

Las calles que delimitan estas parcelas de suelo urbano son las

siguientes: La Farfana Baja (números 70 y 70 a, b, c), plaza de la Farfana (números 7

a 12), calle de los Caldenegros (números impares).

Hoja 30S-UG-12-33S. Parcelas 37324.01-73; 37336.01-42; 37335.01-14;

37333.01-30; 36347.01-20.

Las calles que delimitan estas parcelas de suelo urbano son las

siguientes: Calle de los Caldenegros (números impares), plaza de Santa Rita

(números 1 a 7), San Agustín (números impares del 1 al 19), Asistente (números

impares), plaza Mayor (número 3), Casino (sin número).

Hoja 30S-UG-12-34S. Parcelas 36407.01-05 y 10-12; 37393.01-03.

Las calles que delimitan estas parcelas son las siguientes: De la Cañada

(números 38 a 44).

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