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Documento BOE-A-1999-13061

Orden de 26 de mayo de 1999 sobre cesión de participación en la concesión de explotación de hidrocarburos «Rodaballo».

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 1999, páginas 22565 a 22565 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-13061

TEXTO ORIGINAL

Visto el contrato de cesión presentado con fecha 21 de abril de 1999, entre las sociedades «Repsol Investigaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima», y «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima», en cuyas estipulaciones se establece que «Repsol Investigaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima», cede una participación indivisa del 4 por 100 en la titularidad de la concesión de explotación de hidrocarburos «Rodaballo», a «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima».

Informado favorablemente el expediente por la Dirección General de la Energía y tramitado con arreglo a lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 10 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre investigación y explotación de hidrocarburos, dispongo:

Primero.

Se autoriza el contrato de cesión presentado con fecha 21 de abril de 1999, entre las sociedades «Repsol Investigaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima», y «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima», en cuyas estipulaciones se establece que «Repsol Investigaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima», cede a «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima», una participación indivisa del 4 por 100 en la titularidad de la concesión de explotación de hidrocarburos «Rodaballo», quedando excluidos los derechos sobre los hidrocarburos existentes en la estructura «Rodaballo», definida por el cierre de la curva de nivel en profundidad, a 3.435 metros (plano de agua), que, según los mapas actuales, se sitúa en el área delimitada por los paralelos 40 o 42' 00'' N y 40 o 43' 25'' N y los meridianos 1 o 13' 04'' E (Gr.) y 1 o 14' 56'' E (Gr.) y las obligaciones que se deriven de su explotación.

Segundo.

Como consecuencia de la aprobación del contrato de cesión, la titularidad de la concesión de explotación de hidrocarburos «Rodaballo» pasará a ser:

«Repsol Investigaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima»: 65,4195 por 100.

«Cnwl Oil (España), Sociedad Anónima»: 15,5805 por 100.

«Compañía de Investigación y Explotaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima»: 15,0000 por 100.

«Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima»: 4,0000 por 100.

La compañía operadora de la concesión sigue siendo «Repsol Investigaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima».

Tercero.

Dentro del plazo de treinta días a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Orden, las compañías titulares «Repsol Investigaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima», y «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima», deberán presentar en el Servicio de Hidrocarburos de la Dirección General de la Energía resguardos acreditativos de haber ingresado en la Caja General de Depósitos las garantías ajustadas a su nueva participación en la titularidad de la mencionada concesión de explotación.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 26 de mayo de 1999.

PIQUÉ I CAMPS

Ilmo. Sr. Director general de la Energía.

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