Dado que hay plazas vacantes en los puestos de trabajo del
Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz de
poblaciones de más de 7.000 habitantes, del Cuerpo de Oficiales y
del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, dotadas
presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en
atención a las necesidades del servicio, procede convocar concurso
de traslados de conformidad con lo establecido en los artículos
455, 481 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial; el Reglamento Orgánico de Secretarios de la
Justicia Municipal, aprobado por Decreto de 12 de junio de 1970,
y el capítulo III del título IV del Reglamento Orgánico del Cuerpo
de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia,
aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.
Por todo ello, este Departamento ha dispuesto convocar
concurso de traslado para la provisión de los puestos de trabajo que
se indican en el anexo 1 con arreglo a las siguientes
Bases
1. Puestos de trabajo que se pueden solicitar
1.1 Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar
las vacantes de los puestos de trabajo de Juzgados de Paz de
Cataluña los funcionarios pertenecientes al Cuerpo a extinguir
de Secretarios de Juzgados de Paz, los Oficiales y los Agentes
de la Administración de Justicia, cualquiera que sea su situación
administrativa, excepto los suspensos que no hubieran finalizado
el período de suspensión.
1.2 Dado que todas las plazas de Secretaría convocadas lo
son de Juzgados de municipios de más de 7.000 habitantes o
de Agrupaciones de Secretarías que superan igualmente esta cifra,
los funcionarios del Cuerpo de Secretarios de Paz tendrán
preferencia sobre los integrantes del Cuerpo de Oficiales de la
Administración de Justicia en todas las plazas convocadas mediante
esta Resolución.
1.3 La adjudicación de las plazas de Secretarías de Juzgados
de Paz a Oficiales de la Administración de Justicia no supondrá
en ningún caso ascenso, cambio de Cuerpo o categoría de los
adjudicatarios.
1.4 Podrán solicitar cualquiera de las plazas vacantes
incluidas en el anexo 1 de esta convocatoria y de las que
simultáneamente a ésta se publiquen, siempre que en la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes reúnan los requisitos
generales exigidos. Dichas vacantes se identificarán por el código del
centro de destino, relación de puestos de trabajo y número de
orden del puesto de trabajo.
2. Requisitos y condiciones de participación
2.1 Los funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios
de Juzgados de Paz de poblaciones de más de 7.000 habitantes
y los del Cuerpo de Oficiales y de Agentes de la Administración
de Justicia sólo podrán participar si en la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias ha transcurrido un año
desde la toma de posesión en su actual puesto de trabajo definitivo
[artículo 57.c) del Real Decreto 249/1996], excepto en el supuesto
del artículo 52.c) del Real Decreto citado.
2.2 Los funcionarios en servicio activo con destino provisional
en plazas que se ofrecen en esta convocatoria estarán obligados
a participar en el presente concurso. En caso de que no obtuvieran
destino en el concurso, se les atribuirá el desempeño provisional
de un puesto correspondiente a su Cuerpo.
2.3 Los funcionarios que se encuentren en las situaciones
de excedencia voluntaria establecidas en el artículo 34.b) y c)
del Real Decreto 249/1996 (excedencias por agrupación familiar
y por interés particular) sólo podrán participar en el concurso
si en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes han transcurrido dos años como mínimo desde que fueron
declarados en tal situación.
2.4 Los funcionarios en situación de excedencia para el
cuidado de hijos al amparo de lo dispuesto en el artículo 35 del
Real Decreto 249/1996 sólo podrán concursar si ha transcurrido
más de un año desde la toma de posesión del último destino
definitivo.
2.5 Los excedentes forzosos tendrán obligación de participar
en el presente concurso, con objeto de obtener un puesto de
trabajo definitivo. De no participar en este concurso o no obtener
puesto de trabajo, se les destinará a cualquiera de los no
adjudicados a los demás concursantes.
Los excedentes forzosos, los suspensos definitivos que hubieran
perdido su puesto de trabajo y los excedentes voluntarios del
artículo 34.a) del Reglamento Orgánico, aprobado por Real Decreto
249/1996, gozarán, por este orden, la primera vez que se anuncie
a concurso una vacante del Cuerpo en la misma localidad donde
servían cuando se produjo su cese en el servicio activo, de derecho
preferente para ocuparla.
3. Baremos
3.1 La valoración de méritos para la adjudicación de los
puestos de trabajo de las Secretarías o Agrupaciones de Secretarias
se hará de acuerdo con el baremo siguiente:
3.1.1 Los funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios
de Paz de más de 7.000 habitantes tendrán preferencia sobre
los Oficiales de la Administración de Justicia, valorándose entre
ellos la antigüedad por los servicios efectivos prestados en el
Cuerpo, otorgándose un punto por cada año completo de servicios
y computándose proporcionalmente los períodos inferiores
(0,0027777 por día), estableciéndose los meses como de treinta
días.
3.1.2 Los funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la
Administración de Justicia optarán a estas plazas con posterioridad
a los Secretarios de Paz mencionados en el punto anterior. Entre
los Oficiales se tendrán en cuenta las siguientes preferencias:
1.ª Oficiales que estuvieran en posesión del título de
Licenciado en Derecho.
2.ª Oficiales titulares de una Secretaría de Paz.
3.ª Demás Oficiales.
Dentro de cada uno de los tres grupos relacionados, la
valoración de méritos se llevará a cabo de acuerdo con el siguiente
baremo:
a) Antigüedad: Por los servicios efectivos en el Cuerpo se
otorgará un punto por cada año completo de servicios y computándose
proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día),
estableciéndose los meses como de treinta días.
b) Conocimiento oral y escrito del catalán: De conformidad
con lo que se establece en el Acuerdo de la Comisión para la
Normalización Lingüística de 19 de junio de 1991, los funcionarios
que lo acrediten, mediante certificación oficial u homologación
del título aportado emitido por un órgano competente, el
conocimiento oral y escrito del catalán supondrá sólo a estos efectos
el reconocimiento de hasta seis puntos según el nivel de
conocimiento acreditado, en los términos de la disposición adicional
segunda del Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto
249/1996, de 16 de febrero, de la forma siguiente:
1.º Certificado de nivel B: Dos puntos.
2.º Certificado de nivel C: Cuatro puntos.
3.º Certificado de nivel D: Seis puntos.
3.2 Para las plazas de Agente Judicial de las Secretarías y
Agrupaciones de Secretarías convocadas la valoración de los
méritos se hará de acuerdo con el baremo establecido para valorar
la antigüedad y el conocimiento de la lengua catalana:
a) Antigüedad: Por los servicios efectivos en el Cuerpo se
otorgará un punto por cada año completo de servicios, computándose
proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día),
y estableciéndose los meses como de treinta días.
b) Conocimiento oral y escrito del catalán: De conformidad
con lo que se establece en el Acuerdo de la Comisión para la
Normalización Lingüística de 19 de junio de 1991, los funcionarios
que lo acrediten, mediante certificación oficial u homologación
del título aportado emitido por un órgano competente, el
conocimiento oral y escrito del catalán supondrá sólo a estos efectos
el reconocimiento de hasta seis puntos según el nivel de
conocimiento acreditado, en los términos de la disposición adicional
segunda del Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto
249/1996, de 16 de febrero, de la forma siguiente:
1.º Certificado de nivel B: Dos puntos.
2.º Certificado de nivel C: Cuatro puntos.
3.º Certificado de nivel D: Seis puntos.
4. Modelos y plazos de presentación de solicitudes
4.1 Los funcionarios destinados definitivamente en puestos
de las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo a extinguir
de Secretarios de Paz y los del Cuerpo de Oficiales y de
Agentes de la Administración de Justicia correspondientes a Cataluña,
así como los que se encuentren en situación de servicios especiales
y excedentes por cuidado de hijo durante el primer año de
excedencia que tienen reservado su puesto de trabajo en Cataluña,
presentarán su solicitud ajustada al modelo V.1 publicado en el
anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de diez días naturales
siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en
el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", o contados a
partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
en el caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga
simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida al Director general
de Relaciones con la Administración de Justicia del Departamento
de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81,
08010 Barcelona.
4.2 Los funcionarios destinados en puestos de las relaciones
de puestos de trabajo de otros Cuerpos de la Administración de
Justicia o de otras Administraciones, que se encuentren en la
situación de excedencia prevista en el artículo 34.a) del Real Decreto
249/1996, de 16 de febrero, en el Cuerpo de Secretarios de Paz
o en el de Oficiales o Agentes de la Administración de Justicia,
que hagan constar como primer destino cualquiera de los
publicados en esta convocatoria, utilizarán el modelo V.2 publicado
en el anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de diez días naturales
siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en
el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", o contados a
partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
en el caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga
simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida al Director general
de Relaciones con la Administración de Justicia del Departamento
de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81,
08010 Barcelona.
4.3 El resto de solicitantes que deseen participar en el
presente concurso, como los excedentes forzosos aunque tuvieran
un destino provisional, los suspensos definitivos que hubieran
perdido su puesto de trabajo, los participantes con destino provisional
por haber reingresado al servicio activo, así como el resto de
excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular,
o los excedentes por cuidado de hijo a partir del primer año que
han perdido la reserva del puesto de trabajo, y que hagan constar
como primer destino cualquiera de las plazas convocadas mediante
esta Resolución radicadas en Cataluña, utilizarán el modelo V.3
publicado en el anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de diez
días naturales siguientes al de la publicación de la presente
convocatoria en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña",
o contados a partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado" en el caso de que la publicación de esta convocatoria
no se produzca simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado"
y en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida
al Director general de Relaciones con la Administración de Justicia
del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle
Pau Claris, 81, 08010 Barcelona.
4.4 Las solicitudes podrán remitirse también en la forma
prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las que se presenten en las oficinas de Correos se enviarán
en cualquiera de las modalidades siguientes:
a) Por correo ordinario: En este caso tendrán entrada en el
Registro General del Departamento de Justicia de la Generalidad
de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona, antes de
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Por correo certificado: En este caso se presentarán en las
oficinas de Correos en sobre abierto para que el funcionario de
Correos ponga la fecha y las selle antes de enviarlas. Los
participantes en el concurso deberán enviar la solicitud que contenga
el sello de la oficina de correos, sin que pueda admitirse
pasado el plazo de presentación de solicitudes aquella que no cumpla
este requisito, aunque posteriormente pueda acreditar este
extremo.
4.5 Los excedentes voluntarios por interés particular
acompañarán a la solicitud la declaración de no haber sido separados
de alguna de las Administraciones Públicas.
4.6 La solicitud para tomar parte en este concurso será única
para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas
radicadas fuera de Cataluña, que por tanto figuran en las convocatorias
que simultáneamente a ésta se publiquen.
Del mismo modo, mediante una única instancia deberán optar
por participar desde el Cuerpo en que el funcionario se encuentre
en activo, o reingresar al servicio activo en otro Cuerpo del que
formen parte como excedentes.
Al resultar irrenunciables los destinos obtenidos a instancia
del funcionario, en caso de obtener destino el reingresado al
servicio mediante concurso de traslado quedará automáticamente en
excedencia en el Cuerpo en el que se encontraba en activo, por
lo que su destino actual se ofrecerá como plaza vacante en
ulteriores concursos de traslado.
4.7 La solicitud formulada será vinculante para el solicitante
una vez transcurrido el período de presentación de solicitudes.
4.8 Los modelos de solicitud podrán ser recogidos por las
personas interesadas en los Servicios Centrales del Departamento
de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona), en la Gerencia
de Apoyo Judicial de Barcelona-Ciudad (calle Pau Claris, 158,
ático, 08009 Barcelona), en la Gerencia de Apoyo Judicial de
Barcelona-Comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901
L'Hospitalet de Llobregat) y en las Delegaciones Territoriales del
Departamento de Justicia de Girona (calle Güell, 89, 17005
Girona), de Lleida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y de Tarragona
(calle Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona).
5. Peticiones condicionadas
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian
para una misma provincia dos funcionarios pertenecientes a los
Cuerpos de funcionarios a extinguir de Secretarías de Juzgados
de Paz de más de 7.000 habitantes, de Oficiales y Agentes, podrán
condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino
en la misma provincia, entendiéndose en caso contrario anuladas
las peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los
funcionarios que se acojan a esta petición condicional deberán
concretarlo en su instancia y acompañar fotocopia de la petición del
otro funcionario.
En caso de que no se aportara la fotocopia de la instancia
del segundo concursante, se entenderá anulada la petición
condicionada efectuada por ambos.
Los funcionarios que se acojan a esta base deberán agrupar
los puestos que condicionan en los primeros números de orden
de preferencia de la solicitud, poniendo el resto de los no
condicionados a continuación.
6. Adjudicaciones
6.1 El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos
de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida, según
los baremos de la base tercera.
6.2 En caso de empate en la puntuación total, se acudirá
para dirimirlo al orden del escalafón del funcionario.
7. Carácter de los destinos adjudicados
7.1 Los traslados que se deriven de la resolución de este
concurso tendrán la consideración de voluntarios, a los efectos
previstos en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre
indemnizaciones por razón de servicio.
7.2 Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
8. Resolución y plazo posesorio
8.1 Por Resolución de la Consejera de Justicia, y de manera
coordinada con los órganos que hayan convocado concurso de
traslado, se hará pública la adjudicación provisional de los destinos
resultantes de las convocatorias publicadas en el "Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña" y en el "Boletín Oficial del Estado"
mediante la inserción en los tablones de anuncios del
Departamento de Justicia, de las Gerencias Territoriales y Delegaciones
Territoriales del Departamento de Justicia, del Ministerio de
Justicia, así como en los Tribunales Superiores de Justicia y en las
Audiencias Provinciales.
8.2 La resolución de adjudicación provisional expresará el
puesto de trabajo de origen de los interesados a quien se adjudique
destino y también la localidad, así como la situación
administrativa, si es diferente de la de activo, y el puesto de trabajo
adjudicado a cada funcionario con la referencia del centro de trabajo
y la localidad.
8.3 Las personas interesadas disponen de un plazo de diez
días desde la exposición en los tablones de anuncios mencionados
para formular las alegaciones oportunas ante el órgano al que
se dirigió la petición de participación en el presente concurso,
y a tal efecto utilizarán el modelo que se adjunta a esta Resolución
como anexo 3.
8.4 Una vez analizadas las alegaciones presentadas, y en
coordinación con los órganos que hayan convocado concurso de
traslado, la Consejera de Justicia dictará la Resolución por la que
se resolverá definitivamente el concurso. Esta Resolución, que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña", se deberá dictar en el plazo de
seis meses, a contar desde el día siguiente al último de
presentación de solicitudes para participar en esta convocatoria.
Transcurrido este plazo sin que se haya dictado la Resolución, se
entenderá desestimada la solicitud de participación en la convocatoria.
No obstante, la falta de resolución expresa en el plazo citado no
exime de la obligación de dictar resolución expresa en los términos
previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
En el supuesto de que la simultaneidad de publicación en el
"Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad
de Cataluña" de la Resolución definitiva del concurso no fuese
posible, los plazos para la interposición de recursos se computarán
a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial
del Estado".
8.5 El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido
se encontrará dentro del establecido en el artículo 55 del
Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16
de febrero; pero cuando tenga lugar dentro de la misma población,
deberá efectuarse en los ocho días naturales siguientes al cese.
8.6 El plazo para la toma de posesión se contará a partir
del día siguiente al cese.
8.7 Si la resolución comporta reingreso al servicio activo,
el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha
publicación.
8.8 Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la
Resolución entre el "Boletín Oficial del Estado" y el "Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña", los plazos se computarán desde
el día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del
Estado".
8.9 El cómputo de los plazos para la toma de posesión se
iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que se
encuentran disfrutando los funcionarios, salvo que por circunstancias
excepcionales debidamente motivadas se suspenda o revoque su
disfrute.
9. Recursos
9.1 Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, los interesados podrán interponer con carácter
potestativo recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el último
diario oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución se haga pública,
o bien podrán impugnar esta Resolución directamente mediante
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente a su publicación en el último diario
oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución se haya publicado,
ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente de
Barcelona, de conformidad con lo establecido en los artículos 14
y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o cualquier otro recurso que
consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
9.2 De acuerdo con los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13
de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14), y el artículo 49
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, la interposición de los recursos
contenciosos administrativos que se tengan que notificar a los
interesados se notificarán mediante su publicación en el "Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña" y su exposición en los tablones
de anuncios de los siguientes órganos: Servicios Centrales del
Departamento de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona),
Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona-Ciudad (calle Pau Claris,
158, ático, 08009 Barcelona), en la Gerencia de Apoyo Judicial
de Barcelona-Comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901
L'Hospitalet de Llobregat) y en las Delegaciones Territoriales del
Departamento de Justicia de Girona (calle Güell, 89, 17005
Girona), de Lleida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y de Tarragona
(calle Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona); en el
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (paseo Lluís Companys,
sin número, 08018 Barcelona), en las Audiencias Provinciales
de Barcelona (paseo Lluís Companys, sin número, 08018
Barcelona), de Girona (plaza Catedral, sin número, 17004 Girona),
de Lleida (rambla Ferran, sin número, 25001 Lleida) y de
Tarragona (avenida Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona), en los
Decanatos de Barcelona (paseo Lluís Companys, 15, 08003
Barcelona), de Girona (avenida Ramon Folch, 46, 17001 Girona),
de Lleida (edificio "Canyeret", calle La Parra, 21, 25007 Lleida)
y de Tarragona (avenida Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona),
en la Clínica Medico Forense (ronda Sant Pere, 35, 08010
Barcelona), en el Instituto Anatómico-Forense (calle Enric Casanovas,
143, 08036 Barcelona) y en las Fiscalías de Barcelona (calle Pau
Claris, 160, 08009 Barcelona), de Girona (plaza Catedral, sin
número, 17004 Girona), de Lleida (edificio "Canyeret", calle La
Parra, 21, 25007 Lleida) y de Tarragona (avenida Lluís Companys,
10, 43005 Tarragona).
Barcelona, 20 de mayo de 1999.-La Consejera, Núria de
Gispert i Català.
ANEXO 1
PLAZAS DE SECRETARÍAS DE JUZGADOS DE PAZ
Entidad: Administración de Justicia
RLT: 26 J USTICIA G ENERALIDAD, PERSONAL AL SERVICIO
Concurso: 09199903
Comunidad: Cataluña
Vacantes de puestos de trabajo:
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008003.
Denominación: Paz. Abrera. Número orden: 1. Número vacantes:
Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008009.
Denominación: Paz. Alella. Número orden: 1. Número vacantes:
Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008046.
Denominación: Paz. Badia del Vallès. Número orden: 1. Número
vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008213.
Denominación: Paz. Corbera. Número orden: 1. Número vacantes:
Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008480.
Denominación: Paz. Piera. Número orden: 1. Número vacantes:
Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008882.
Denominación: Paz. Vallirana. Número orden: 1. Número
vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008923.
Denominación: Paz. Vilassar de Dalt. Número orden: 1. Número
vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008925.
Denominación: Paz. Premià de Dalt. Número orden: 1. Número
vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008021.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Arenys de Munt. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008108.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Calldetenes. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008922.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Llinars del Vallès. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008546.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Roda de Ter. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008741.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Santa Coloma de Cervelló.
Número orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S.
Informática: N.
Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017516.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Porqueres. Número orden: 1.
Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017616.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Sant Gregori. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Lleida. Centro de destino: 9233000025180.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Bell-lloc d'Urgell. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9232900043755.
Denominación: Paz. Torredembarra. Número orden: 1. Número
vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043080.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) L'Arboç. Número orden:
Una. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043255.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Cunit. Número orden: 1.
Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
PLAZAS DE AGENTES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Entidad: Administración de Justicia
RLT: 26 J USTICIA G ENERALIDAD, PERSONAL AL SERVICIO
Concurso: 09199903
Comunidad: Cataluña
Vacantes de puestos de trabajo:
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008021.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Arenys de Munt. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008108.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Calldetenes. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008922.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Llinars del Vallès. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008546.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Roda de Ter. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008741.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Santa Coloma de Cervelló.
Número orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S.
Informática: N.
Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017516.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Porqueres. Número orden: 1.
Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017616.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Sant Gregori. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Lleida. Centro de destino: 9233000025180.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Bell-lloc d'Urgell. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043080.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) L'Arboç. Número
orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043255.
Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Cunit. Número orden: 1.
Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.
MODELOS: (Ver imágenes páginas 22486 a 22492).
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