Suscrito entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales y la Consejería de Educación y Cultura de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha el Protocolo de colaboración de
1999, sobre la realización del programa "Bolsa de Vivienda Joven en
Alquiler", y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del
27), procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho
Protocolo que figura como anexo de esta resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 13 de mayo de 1999.-La Secretaria general técnica, María
Dolores Cospedal García.
ANEXO I
Protocolo de colaboración suscrito entre el Instituto de la Juventud
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de
Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
sobre la realización del programa "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler"
En Madrid, a 12 de abril de 1999.
REUNIDOS
De una parte, la ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, sin
obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en
el ejercicio de su cargo.
Y, de otra parte, el excelentísimo señor don Justo T. Zambrana Pineda,
sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer
en el ejercicio de su cargo.
INTERVIENEN
La ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, como Directora general
del Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales,
en nombre y representación de la Administración General del Estado,
según las competencias que le corresponden a tenor del apartado octavo
del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 2 de marzo de 1990, en redacción
aprobada por el mismo órgano colegiado el 3 de julio de 1998 ("Boletín
Oficial del Estado" número 169, del 16).
Y el excelentísimo señor don Justo T. Zambrana Pineda, como Consejero
de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
en representación de la misma y en ejercicio de las atribuciones que le
están conferidas por el Decreto 58/1995, de 6 de julio, nombramiento
publicado en el "Diario Oficial de Castilla-La Mancha" número 36, de 7
de julio de 1995.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,
y
EXPONEN:
Que con fecha 2 de abril de 1998 se firmó la ampliación del Convenio
de colaboración suscrito el 1 de marzo de 1996 entre el Instituto de la
Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería
de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
para conjuntamente promover actuaciones que contribuyan a favorecer
el acceso a la vivienda de la juventud.
Que en la cláusula primera del referido Convenio de ampliación,
modificada la redacción de la estipulación quinta del Convenio suscrito con
fecha 1 de marzo de 1996, en el sentido de posibilitar la formalización
anual, dentro del primer trimestre siguiente a la fecha de finalización
del último período de vigencia de aquel, de Protocolo que comprendiera
las actividades a realizar, así como los medios de todo tipo necesarios
para su ejecución, especificando las aportaciones respectivas.
Que siguiendo vigentes los motivos que dieron lugar al Convenio
antedicho, las partes en el mismo acuerdan suscribir el presente Protocolo,
según el tenor de las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-El presente Protocolo tiene por objeto dar continuidad a las
acciones pactadas en la estipulación quinta del Convenio suscrito entre
las dos partes el 28 de febrero de 1996.
Segunda.-Para el año 1999, la distribución pormenorizada de las
aportaciones de cada una de las partes para este Programa, serán las siguientes:
I. El Instituto de la Juventud, con cargo al número económico,
19.201.323A.226.10 de su vigente presupuesto, del que existe remanente
suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:
1. La cobertura del seguro multirriesgo-hogar hasta un máximo de
8.500.000 pesetas.
La prima para cada una de las pólizas será 7.500 pesetas.
2. La cobertura del seguro de caución hasta un máximo de 15.000.000
de pesetas.
La prima de cada una de las pólizas será como máximo el 3 por 100
de la renta anual de cada contrato.
3. La realización de los cursos de formación, asesoramiento, gestión
técnica y seguimiento del Programa hasta un máximo de 7.500.000 pesetas.
Total de su aportación: 31.000.000 de pesetas.
Esta cantidad es global para todas las Administraciones públicas
incorporadas al Programa Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler.
II. La Consejería de Educación y Cultura, a través de la Dirección
General de Juventud, correrá directamente con los gastos que se produzcan
por:
1. Personal necesario para el Programa.
2. Gastos de local.
3. Material y publicidad.
4. Otros.
Total de su aportación: 26.719.492 pesetas.
La aportación dineraria de esta parte se hará con cargo a la aplicación
presupuestaria 1.24.06.0000.31200.48100000, existiendo remanente
suficiente del mismo para disponer el gasto.
Tercera.-El presente Protocolo estará vigente durante todo el año 1999.
Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo expuesto
anteriormente las partes firman el presente Protocolo en el lugar y fechas
expresados, en dos ejemplares que hacen fe.
Por el Instituto de la Juventud, Elena Azpiroz Villar.-Por la Consejería
de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
Justo T. Zambrana Pineda.
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