Se convoca concurso para provisión de destinos en la Carrera
Fiscal que se relacionan a continuación:
I. Plazas de 2.ª categoría a proveer por Fiscales o Abogados
Fiscales
Comunidad Autónoma de Andalucía
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: Una
plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Dos plazas de
Fiscal.
Adscripción Permanente de Algeciras de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Cádiz: Una plaza de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Aragón
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huesca: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de
Asturias: Una plaza de Teniente Fiscal.
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Adscripción Permanente de Mahón de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de las Illes Balears: Una plaza de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Canarias
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una
plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de San Bartolomé de Tirajana de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza
de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Toledo: Una plaza de
Teniente Fiscal.
Comunidad Autónoma de Cataluña
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una
plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de Arenys de Mar de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Fiscal.
Adscripción Permanente de Granollers de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de L'Hospitalet de Llobregat de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza
de Fiscal.
Adscripción Permanente de Manresa de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de Sabadell de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Una plaza de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza
de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Galicia
Adscripción Permanente de Cambados de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Pontevedra: Una plaza de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Madrid
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid: Cuatro
plazas de Fiscal.
Comunidad Valenciana
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma del País Vasco
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una
plaza de Fiscal.
II. Plaza servida por Fiscal en situación de servicios
especiales a cubrir por antigüedad y según lo dispuesto en el
artículo 118 de la Ley Orgánica del Poder Judicial
Plaza a proveer por Fiscal de la segunda categoría
Fiscalía General del Estado
Tribunal Constitucional: Una plaza de Fiscal.
III. Plazas de 3.ª categoría a proveer por Abogados Fiscales
Comunidad Autónoma de Andalucía
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Tres plazas de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Jerez de la Frontera de la Fiscalía
de la Audiencia Provincial de Cádiz: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Linares de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Marbella de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Lora del Río de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Canarias
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Dos
plazas de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Toledo: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Castilla y León
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Salamanca: Una plaza
de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Cataluña
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos
plazas de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Extremadura
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura: Una
plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Zafra de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Badajoz: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Galicia
Adscripción Permanente de Santiago de Compostela de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Madrid
Adscripción Permanente de Móstoles de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Adscripción Permanente de Cartagena de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Una plaza
de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma del País Vasco
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una
plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma Valenciana
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de
Abogado Fiscal.
IV. Plazas de 3. a categoría a solicitar exclusivamente por los
Abogados Fiscales nombrados por Orden de 23 de marzo de
1999 y que se encuentran destinados en régimen de
adscripción provisional
Comunidad Autónoma de Andalucía
Adscripción Permanente de Motril de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Huércal-Overa de la Fiscalía de
la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Jerez de la Frontera de la Fiscalía
de la Audiencia Provincial de Cádiz: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Adscripción Permanente de Mahón de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de las Illes Balears: Una plaza de Abogado
Fiscal.
Comunidad Autónoma de Cataluña
Adscripción Permanente de Sant Feliu de Llobregat de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza
de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Vilanova i la Geltrú de la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Figueres de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Girona: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Tortosa de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Extremadura
Adscripción Permanente de Plasencia de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Mérida de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Badajoz: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma del País Vasco
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza
de Abogado Fiscal.
El concurso se sujetará a las siguientes bases:
Primera.-Las solicitudes de los aspirantes, dirigidas a la
Ministra de Justicia, por conducto de su Jefe inmediato, se presentarán
ante este último dentro de los diez días naturales siguientes al
de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial del
Estado".
Segunda.-En las instancias, según modelo que se acompaña
en el anexo, los solicitantes consignarán:
a) Nombre, apellidos, categoría en la carrera, antigüedad,
cargo que desempeñan, con expresión de las fechas en que fueron
nombrados y tomaron posesión de los mismos.
b) Destino al que aspiran y, cuando sean varios, orden de
prelación según sus preferencias.
c) Que, en caso de ser nombrados para el destino o destinos
a que aspiren, no incurrirán en alguna de las incompatibilidades
que establecen los artículos 57 y 58 de la Ley 50/1981.
Las peticiones que se formulen en forma condicionada, o no
aparezcan redactadas con claridad suficiente, carecerán de validez.
Tercera.-No podrán tomar parte en el concurso:
a) Los miembros del Ministerio Fiscal en quienes no concurran
los requisitos establecidos para cada caso.
b) Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en los
artículos 39.3 y 40 de la Ley 50/1981, respecto de las Fiscalías
donde estaban destinados mientras subsistan las causas que
determinaron el traslado.
c) Los electos para un destino que hubiera sido solicitado
por ellos.
d) Los que llevasen menos de un año contado desde la fecha
de posesión en plaza a la que hubieran accedido voluntariamente,
excepto los nombrados por Orden de 23 de marzo de 1999 y
que se encuentran incluidos en el supuesto previsto en el punto
tercero de la citada Orden que deberán participar con carácter
forzoso en el presente concurso, solicitando en primer lugar la
plaza a la que han sido adscritos y a continuación las incluidas
en el apartado IV.
e) Los suspensos, mientras la suspensión no se levante.
Cuarta.-Los Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de
Justicia y de las Audiencias, una vez consignada en las solicitudes
la fecha de la presentación, las remitirán sin dilación al Fiscal
General del Estado, y al día siguiente de terminado el plazo de
presentación de instancias, comunicarán al Fiscal General del
Estado, telegráficamente, el número de instancias presentadas o el
hecho de no haberse presentado ninguna.
Quinta.-Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento
del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal General del
Estado convocará al Consejo Fiscal para que emita el informe
correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una
vez evacuado elevará a este Ministerio la propuesta de los
nombramientos que procedan, a la que acompañarán tanto las
instancias presentadas como los informes del Consejo Fiscal.
Sexta.-Recibidas las propuestas de nombramiento, este
Departamento las elevará al Consejo de Ministros o resolverá
directamente, según procediere, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 38 de la Ley 50/1981.
Séptima.-En aplicación de lo establecido en la regla 4. a de
la disposición transitoria primera del Real Decreto 391/1989, de
21 de abril, las plazas incluidas en el apartado I ("plazas de 2. a
categoría a proveer por Fiscales o Abogados Fiscales"), que
hubieran de quedar desiertas por falta de solicitantes, serán adjudicadas,
en la Orden de resolución del concurso, al Abogado Fiscal o a
los Abogados Fiscales más antiguos en el escalafón que estuvieran
destinados en la Fiscalía o, en su caso, en la adscripción
permanente a las que dichas plazas pertenezcan.
Madrid, 1 de junio de 1999.-P. D. (Orden de 29 de octubre
de 1996), el Director general de Relaciones con la Administración
de Justicia, Juan Ignacio Zoido Álvarez.
ANEXO: (Ver imagen página 21433).
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