Accediendo a lo solicitado por don Pablo Guillermo Durán de
la Colina, Registrador de la Propiedad de Canovelles, y con arreglo
a lo dispuesto en los artículos 287 de la Ley Hipotecaria, 539
del Reglamento, y 3.1.e) del Real Decreto 1882/1996, de 2 de
agosto,
Esta Dirección General ha acordado declarar a don Pablo
Guillermo Durán de la Colina en situación de excedencia voluntaria
en el Cuerpo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles, por
un tiempo no inferior a un año, pasado el cual podrá volver al
servicio activo, si lo solicitare, de conformidad con lo establecido
en las disposiciones vigentes.
Lo que digo a V. E. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 14 de mayo de 1999.-El Director general, Luis María
Cabello de los Cobos y Mancha.
Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña.
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