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Documento BOE-A-1999-12074

Orden de 17 de mayo de 1999 por la que se convoca la presentación de candidaturas para la renovación de los Vocales del Consejo Estatal de las Personas Mayores en representación de las asociaciones o federaciones de mayores y se regula su selección.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 1999, páginas 20376 a 20377 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-12074

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 2171/1994, de 4 de noviembre ("Boletín Oficial del

Estado" del 18), modificado por el 428/1999, de 12 de marzo ("Boletín

Oficial del Estado" del 26), por el que se crea y regula el Consejo Estatal

de las Personas Mayores, dispone, en su artículo 3.5.f), que formarán parte

como Vocales de dicho Consejo 23 representantes de asociaciones o

federaciones de mayores, inscritas en el Registro estatal o autonómico, que

acrediten debidamente su representatividad y que serán nombrados por

el titular del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a propuesta de

las entidades designadas según convocatoria pública.

En el artículo 4 del citado Real Decreto se dispone, asimismo, que

la duración del mandato de los representantes de las asociaciones o

federaciones de mayores será de cuatro años.

Habiéndose constituido formalmente el Consejo el 19 de junio de 1995,

tras la culminación del proceso selectivo, convocado por Orden de 17

de febrero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo), que finalizó

con la designación de las asociaciones y federaciones de mayores que

debieron aportar sus representantes al citado órgano (Orden de 24 de

mayo de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de junio), y Resolución

de 21 de julio de 1995, de corrección de errores ("Boletín Oficial del Estado"

de 9 de agosto), procede efectuar, por cumplimiento del período para

el que fueron nombrados, la presente convocatoria pública para la

renovación de los mencionados Vocales.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en la disposición final

única del Real Decreto 428/1999, de 12 de marzo, dispongo:

Artículo 1. Convocatoria.

Se convoca la presentación de candidaturas para la renovación de los

Vocales del Consejo Estatal de las Personas Mayores en representación

de las asociaciones o federaciones de mayores.

Artículo 2. Requisitos.

Para poder participar en la convocatoria, las asociaciones y

federaciones solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Estar legalmente constituidas.

2. Estar inscritas en el Registro administrativo correspondiente en

fecha anterior al 31 de diciembre de 1996, a excepción de las

confederaciones y federaciones recién constituidas, que estén integradas

mayoritariamente por federaciones o asociaciones que cumplan este requisito.

3. Carecer de ánimo de lucro.

4. Estar formadas por personas mayores y dedicarse, en concordancia

con sus normas estatutarias, a la realización de programas y actividades

en favor de las personas mayores.

Artículo 3. Solicitudes.

Las asociaciones y federaciones que deseen acceder a las vocalías del

Consejo Estatal de Personas Mayores deberán efectuar la oportuna

solicitud dirigida al titular del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en

el plazo de quince días, a partir de la publicación de la presente Orden

en el "Boletín Oficial del Estado". Dicha solicitud deberá presentarse en

la Dirección General del IMSERSO (avenida de la Ilustración, sin número,

con vuelta a Ginzo de Limia, 58, 28029 Madrid) o en los lugares previstos

en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero. La solicitud se efectuará en el modelo

que se acompaña a la presente Orden como anexo. No se tomarán en

consideración las solicitudes presentadas por asociaciones integradas en

federaciones o entidades asimiladas, que igualmente hayan formulado su

solicitud.

Artículo 4. Documentación.

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

1. Asociaciones:

a) Certificación del Registro administrativo correspondiente,

posterior al 31 de diciembre de 1998, en la que deberán constar los siguientes

datos:

Denominación de la entidad.

Fecha de constitución de la entidad.

Ámbito territorial de actuación.

Domicilio social principal.

b) Copia de los Estatutos de la entidad, compulsada por el Secretario

de la misma.

c) Fotocopia, debidamente cotejada con su original, del documento

nacional de identidad o documento que legalmente le sustituya, del

representante de la entidad que firma la solicitud, acreditando la representación

que ostenta de la misma o el poder legal, suficiente y subsistente por

virtud del cual actúe, en su caso, como mandatario o representante de

la entidad.

d) Certificado del Secretario de la entidad, con la conformidad del

Presidente, en el que se haga constar la relación de domicilios sociales

existente a 31 de diciembre de 1998 en capitales de provincia y localidades

mayores de 50.000 habitantes, así como en las islas de las Comunidades

Autónomas balear y canaria, y el número de socios con cotización abonada

a 31 de diciembre de 1998.

e) Memoria de la entidad, relativa al año 1998, en la que figuren

los programas de actividades de carácter social, socio-sanitario, de ocio

y cultura, o análogos, dirigidos a personas mayores, desarrollados por

la misma, con especificación de los años en que se han desarrollado.

2. Federaciones y entidades asmiladas. Las federaciones y entidades

asimiladas a ellas deberán presentar los siguientes documentos:

a) Certificado del Registro administrativo correspondiente, posterior

al 31 de diciembre de 1998, en el que se haga constar:

Fecha de constitución de la federación.

Relación de asociaciones federadas, acompañando sus respectivos

números de registro y su domicilio social principal.

b) Los documentos mencionados en el apartado anterior, en los

puntos b), c), d) y e).

Artículo 5. Subsanación.

La Dirección General del IMSERSO examinará la documentación

aportada y requerirá a los solicitantes para subsanar los defectos advertidos

o completar dicha documentación, de acuerdo con lo previsto en el artículo

71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

Artículo 6. Comisión de Valoración.

1. Para la valoración de las solicitudes se constituirá una Comisión,

que constará de los siguientes miembros:

Presidente: El Subdirector general del Plan Gerontológico y Programas

para Mayores del IMSERSO o persona en quien delegue.

Vicepresidenta: La Vicepresidenta segunda del Consejo.

Vocales: Siete representantes de las federaciones y asociaciones de

ámbito estatal o autonómico actualmente pertenecientes al Consejo, uno

de los cuales será la Secretaria del Pleno.

Actuará de Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario designado

por el Director general del IMSERSO.

2. Los Vocales representantes de las federaciones y asociaciones

actualmente representadas en el Consejo serán elegidos por y entre los

23 Vocales del Consejo que representan a las federaciones y asociaciones

de mayores.

3. Las funciones de la Comisión de Valoración serán las siguientes:

Comprobar y certificar la validez de la documentación presentada por

las entidades.

Determinar la puntuación asignable, según el baremo establecido en

el artículo 7 de la presente Orden.

Remitir al Director general del IMSERSO la propuesta de resolución

una vez transcurrido, en su caso, el trámite de prueba, que se sustanciará

en un plazo máximo de quince días.

Artículo 7. Criterios de valoración.

1. La puntuación y valoración de las solicitudes se ajustará a los

siguientes criterios:

a) Antigüedad: Un punto por cada año desde la fecha de registro

de la entidad solicitante.

b) Afiliación: Un punto por cada 500 socios que tengan acreditada

su cotización a 31 de diciembre de 1998, hasta un máximo de 35 puntos.

c) Implantación: Un punto por cada sede social acreditada a 31 de

diciembre de 1998 en capital de provincia, localidad mayor de 50.000

habitantes, o isla balear o canaria, hasta un máximo de 15 puntos.

d) Desarrollo de programas sociales:

Un punto por cada programa de los referidos en el apartado 1.e) del

artículo 4, hasta un máximo de 20 puntos.

Medio punto por cada año de desarrollo de cada uno de los programas,

hasta un máximo de 15 puntos.

2. La puntuación final quedará determinada por la suma de puntos

obtenidos en cada uno de los apartados anteriores.

A igualdad de puntos, tendrá preferencia la asociación o federación

que tenga implantación en más Comunidades Autónomas. Si también

estuvieran empatadas en este factor, se dará preferencia a la que tenga mayor

número de socios.

Artículo 8. Información.

La propuesta de resolución, con la relación baremada de las entidades

aspirantes al Consejo Estatal de las Personas Mayores, se publicará en

el "Boletín Oficial del Estado", pudiendo formularse alegaciones a la misma

ante el Director general del IMSERSO, en el plazo de quince días.

Artículo 9. Resolución.

El Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales

resolverá la propuesta con la designación de las asociaciones y federaciones

que deban aportar representantes al Consejo Estatal de las Personas

Mayores. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa y se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado".

Artículo 10. Nombramiento de Vocales.

El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales procederá al nombramiento

como Vocales del Consejo Estatal de las Personas Mayores de los

representantes propuestos por las asociaciones y federaciones designadas.

Madrid, 17 de mayo de 1999.

PIMENTEL SILES

ANEXO

Modelo de solicitud para entidades que deseen participar

en la convocatoria de Vocalías al Consejo Estatal

de las Personas Mayores

Don......................................................................................,

en calidad.............. de laentidad cuyos datos se aportan a continuación,

solicita participar en la convocatoria realizada por Orden de.................,

publicada en el "Boletín Oficial del Estado" de..........................,para la

renovación de Vocales en el Consejo Estatal de las Personas Mayores.

1. Datos de identificación

Denominación de la entidad...........................................................

Ámbito de competencia.................................................................

(Estatal o autonómico)

Naturaleza jurídica.......................................................................

(Confederación/federación/unión/asociación)

Domicilio social principal..............................................................

Provincia......................... ......................... C. P. .........................

Teléfono....................................... Fax .......................................

Datos registrales:

Registrada en el Registro de......................................... delMinisterio

(Nombre del registro administrativo)

(o Consejería) de................................., en .................................,

(Localidad)

con el número de registro..............................................................

y fecha de inscripción...................................................................

2. Datos de actividad

Número de socios de sesenta y más años con cotización abonada a

31 de diciembre de 1998: .....................................

Número de capitales de provincia, localidad mayores de 50.000

habitantes, o islas Baleares o Canarias, donde dispone de domicilio social

a 31 de diciembre de 1998: .....................................

Programas desarrollados por la entidad:

Año de inicio del programa Denominación del programa

Programa de información, orientación y asesoramiento..... ..................

Ayuda a domicilio.................................................... ..................

Centros de día (estancias diurnas)............................... ..................

Viviendas tuteladas................................................... ..................

Apoyo a familias de mayores dependientes..................... ..................

Centros residenciales................................................ ..................

Fomento movimiento asociativo................................... ..................

Ayuda Mutua........................................................... ..................

Voluntariado........................................................... ..................

Adaptación de viviendas............................................ ..................

Cooperación con otros colectivos................................. ..................

Formación de asociados............................................. ..................

Presencia en medios de comunicación........................... ..................

Programas de ocio y cultura (especificar):

............................................................................. ..................

............................................................................. ..................

............................................................................. ..................

Otros de carácter análogo a los anteriormente relacionados

(especificar):

............................................................................. ..................

............................................................................. ..................

En ........................... a.................. de........................... de1999.

(Firma del representante y sello de la entidad)

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