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Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Tabares Sánchez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Cádiz, en sentencia de fecha 29 de noviembre de 1996, como autor de un delito de falso testimonio, a la pena de un mes y un día de arresto mayor y multa de 100.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de abril de 1999,
Vengo en indultar a don Miguel Ángel Tabares Sánchez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación el presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 30 de abril de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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