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Documento BOE-A-1999-11176

Decreto 42/1999, de 23 de febrero, por el que se aprueba la constitución de la entidad municipal descentralizada de Isil i Alós, en el término municipal de Alt Àneu (Pallars Sobirà).

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 18 de mayo de 1999, páginas 18693 a 18694 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-11176

TEXTO ORIGINAL

El 3 de marzo de 1998, el Ayuntamiento de Alt Àneu acordó iniciar

el expediente de constitución de la entidad municipal descentralizada de

Isil i Alós, según lo establecido en el artículo 76.1.a) de la Ley 8/1987,

de 15 de abril, Municipal y de Régimen Local de Cataluña. El Ayuntamiento

sometió el expediente a información pública, mediante la exposición en

el tablón de anuncios municipal y la publicación en el "Diario Oficial de

la Generalidad de Cataluña". También solicitó informe a la Diputación

de Lleida y al Consejo Comarcal del Pallars Sobirà. El Pleno de la Diputación

de Lleida, en la sesión de 24 de julio de 1998, emitió informe favorable.

El 19 de octubre de 1998, el Ayuntamiento de Alt Áneu remitió el

expediente al Departamento de Gobernación para su resolución.

La Comisión de Delimitación Territorial, en la sesión de 19 de

noviembre de 1998, emitió informe favorable sobre el expediente, al considerar

que Isil i Alós ya habían formado conjuntamente una entidad local menor

durante el período comprendido entre 1971 y 1992, pero fue suprimida

ante la falta de recursos económicos para llevar a cabo sus competencias.

Con posterioridad, ha quedado resuelta esta circunstancia, de manera que

la entidad contará con los recursos suficientes para cumplir sus

atribuciones y la prestación de los servicios generales del municipio de Alt Àneu

no se verá afectada.

La Comisión Jurídica Asesora, en la sesión de 4 de febrero de 1999,

emitió dictamen favorable sobre el expediente, al entender que se habían

seguido los trámites procedimentales previstos legalmente y se cumplían

las consideraciones exigidas por el ordenamiento jurídico vigente para

constituir entidades municipales descentralizadas.

Por todo ello, teniendo en cuenta que la constitución de la entidad

municipal descentralizada no supone una pérdida en la prestación de los

servicios generales del municipio, que la entidad dispondrá de recursos

suficientes y que concurren circunstancias de orden geográfico, histórico,

social, económico y administrativo;

Considerando lo dispuesto en los artículos 76 a 80 de la Ley 8/1987,

de 15 de abril, Municipal y de Régimen Local de Cataluña, y los artículos

75 a 89 del Decreto 140/1988, de 24 de mayo, por el que se aprueba

el Reglamento de Demarcación Territorial y Población de las Entidades

Locales de Cataluña;

De acuerdo con el informe de la Comisión de Delimitación Territorial

y el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del Consejero

de Gobernación y con la deliberación previa del Gobierno, decreto:

Artículo 1.

Se aprueba la constitución de la entidad municipal descentralizada

de Isil i Alós, en el término municipal de Alt Àneu.

Artículo 2.

El ámbito territorial de la entidad municipal descentralizada de Isil

i Alós es el que consta en el mapa del expediente (documento número 9),

la capital de la entidad se encuentra en el núcleo de Isil y su patrimonio

está formado por los bienes que se detallan en la Memoria del Ayuntamiento

de Alt Àneu.

Artículo 3.

El Departamento de Gobernación, el Ayuntamiento de Alt Àneu y la

entidad municipal descentralizada de Isil i Alós levantarán, conjuntamente,

el acta de deslinde y amojonamiento correspondiente al ámbito territorial

de la entidad municipal descentralizada. Sobre la base de la nueva acta,

el Instituto Cartográfico de Cataluña elaborará el cuaderno topográfico

donde se fijarán las coordenadas de los hitos del amojonamiento colocados

y realizará el mapa oficial de la nueva entidad.

Artículo 4.

Se faculta al Consejero de Gobernación para dictar las disposiciones

necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Barcelona, 23 de febrero de 1999.-El Presidente, Jordi Pujol.-El

Consejero de Gobernación, Xavier Pomés i Abella.

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