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Documento BOE-A-1999-11099

Orden de 5 de abril de 1999 de extinción y subsiguiente cancelación de la inscripción del Registro Administrativo de Entidades Aseguradores de la entidad «Unión Ibérica Grupo 86 de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», en liquidación.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 18 de mayo de 1999, páginas 18621 a 18622 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-11099

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 8 de noviembre de 1991 se acordó intervenir la liquidación

de la entidad "Unión Ibérica Grupo 86 de Seguros y Reaseguros, Sociedad

Anónima", en liquidación.

Por Resolución de la Dirección General de Seguros, de 30 de diciembre

de 1991, se acordó que la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras

asumiese la función de órgano liquidador de la referida entidad, de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 2020/1986, de 22 de

agosto, por el que se aprobó el Reglamento de Funcionamiento de la

Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras.

Habiendo sido ultimado el proceso liquidatorio de la mencionada

entidad, la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras solicita la

extinción y subsiguiente cancelación de la inscripción del Registro

Administrativo de Entidades Aseguradoras de la entidad "Unión Ibérica Grupo

86 de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", en liquidación.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se

desprende que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la

Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los

Seguros Privados, y en el Real Decreto 2020/1986, de 22 de agosto, por el

que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión

Liquidadora de Entidades Aseguradoras.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he

resuelto:

Declarar la extinción y subsiguiente cancelación de la inscripción del

Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras, previsto en el

artículo 74.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión

de los Seguros Privados, de la entidad "Unión Ibérica Grupo 86 de Seguros

y Reaseguros", en liquidación, conforme a lo dispuesto en el artículo 28

del Real Decreto 2020/1986, de 22 de agosto. Dicha cancelación tendrá

efecto a la fecha en que se produzca la preceptiva inscripción de la

correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.

Contra la Orden que antecede, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir del siguiente a la

notificación de la misma, recurso contencioso-administrativo, de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998,

según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 5 de abril de 1999.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986),

el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros.

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