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Documento BOE-A-1999-10606

Orden de 16 de abril de 1999 por la que se modifica la autorización de los centros privados de Educación Infantil y de Educación Secundaria «Padres Trinitarios», de Salamanca, por reducción de una unidad de Educación Primaria y ampliación de una unidad en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 11 de mayo de 1999, páginas 17627 a 17627 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-10606

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de los centros docentes privados de Educación

Primaria y de Educación Secundaria, denominados "Padres Trinitarios",

domiciliados en la avenida Filiberto Villalobos, número 82, de Salamanca,

en relación con la modificación de la autorización de los mencionados

centros por reducción de una unidad de Educación Primaria y ampliación

de una unidad en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria,

El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización de los centros privados de

Educación Primaria y de Educación Secundaria "Padres Trinitarios", de

Salamanca, que quedan configurados del modo siguiente:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: "Padres Trinitarios".

Titular: Padres Trinitarios.

Domicilio: Avenida Filiberto Villalobos, número 82.

Localidad: Salamanca.

Municipio: Salamanca.

Provincia: Salamanca.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Primaria.

Capacidad: Seis unidades y 150 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: "Padres Trinitarios".

Titular: Padres Trinitarios.

Domicilio: Avenida Filiberto Villalobos, número 82.

Localidad: Salamanca.

Municipio: Salamanca.

Provincia: Salamanca.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: Cinco unidades y 133 puestos escolares.

Segundo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la

Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente

a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los

artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el

plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 16 de abril de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de

junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional,

Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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