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Documento BOE-A-1998-9573

Orden de 2 de abril de 1998 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo 1.158/1995, promovido por doña Rosario Mowbray Ruiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 1998, páginas 13548 a 13548 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1998-9573

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 9 de diciembre de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 1.158/1995, en el que son partes, de una como demandante, doña Rosario Mowbray Ruiz, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 7 de abril de 1995, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 9 de enero de 1995, sobre baja como mutualista voluntaria por impago de cuotas.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

"Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Rosario Mowbray Ruiz contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 9 de enero de 1995, por la que se acordó la baja en dicha mutualidad de la recurrente, así como contra la Resolución de 7 de abril de 1995, del Ministerio para las Administraciones Públicas, que desestimó el recurso ordinario deducido frente a aquélla, debemos anular y anulamos las citadas resoluciones por ser contrarias a Derecho, reconociendo en su lugar el que tiene la actora a ser reincorporada a la citada mutualidad como mutualista voluntaria desde que fue dada de baja, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a poner los medios necesarios para que esto se produzca con todos sus efectos, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas."

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado" para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 2 de abril de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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