Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 3/1.078/1995, interpuesto por don Antonio Sánchez Sobrino, contra Resolución de 25 de mayo de 1995, de la entonces Dirección General de Administración Penitenciaria, por la que se le impuso al recurrente la sanción de cinco días de suspensión de funciones como autor disciplinariamente responsable de una falta grave, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 23 de diciembre de 1997, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Primero.-Desestimar el presente recurso 1.078/1995, interpuesto por don Antonio Sánchez Sobrino, contra la Resolución del Ministerio de Justicia de 25 de mayo de 1995, que se confirma por ser conforme a derecho.
Segundo.-No hacer una expresa imposición de costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 24 de marzo de 1998.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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