En el recurso contencioso-administrativo número 828/1996, referente a los expedientes de marcas números 1.718.539/4 y 1.718.540/8, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por "Miguel Torres, Sociedad Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de junio de 1995 y 8 de enero de 1996, se ha dictado, con fecha 18 de noviembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por la entidad mercantil 1919Miguel Torres, Sociedad Anónima'', contra los acuerdos de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de junio de 1995 y 8 de enero de 1996, rechazando los pedimentos de la demanda. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de marzo de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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