En el recurso contencioso-administrativo número 1.449/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por "Suministros y Servicios Café, Sociedad Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de enero y 26 de mayo de 1995, se ha dictado, con fecha 30 de septiembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por "Suministros y Servicios Café, Sociedad Anónima", contra los acuerdos de 5 de enero y 26 de mayo de 1995 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, cuyos actos declaramos nulos y sin efecto alguno, ordenando a la citada Oficina que inscriba la marca 1.763.279 con el dis tintivo "Café Crem" para servicios de la clase 39, a favor de la recurrente. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de marzo de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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