En el recurso contencioso-administrativo número 1.814/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Lever España, Sociedad Anónima", contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 13 de abril de 1994, se ha dictado, con fecha 3 de junio de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Dolores de la Plata Corbacho, en nombre de 1919Lever España, Sociedad Anónima'', contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 13 de abril de 1994, que autoriza el registro de la marca número 553.359, 1919Skipan'', debemos declarar y declaramos que la misma es nula por no ser ajustada a Derecho, no procediendo la inscripción registral de la expresada marca."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de marzo de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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