Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (La Coruña), con fecha 15 de enero de 1998, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 5.090/1995, promovido por don Juan José Insua Rivas, sobre infracción de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Juan José Insua Rivas, contra Resolución del Director general de Servicios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 19 de abril de 1995, desestimatoria de recurso ordinario deducido contra otra recaída en expediente tramitado por la Dirección General de Recursos Pesqueros, de 30 de septiembre de 1994, que impuso al recurrente una multa de 416.063 pesetas por infracción en materia de pesca marítima, declaramos la nulidad de aquella Resolución como contraria al ordenamiento jurídico, y condenamos a la demandada a la devolución del importe de la multa y a la cancelación del aval, con las salvedades recogidas en el fundamento de derecho cuarto de esta sentencia; sin hacer imposición de las costas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 23 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.
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