En el recurso contencioso-administrativo número 1.558/1996, referente al expediente de marca número 1.708.498/9, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Banco de Galicia, Sociedad Anónima", contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de marzo de 1996, se ha dictado, con fecha 11 de junio de 1997 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Banco de Galicia, Sociedad Anónima", debemos declarar y declaramos la nulidad de la resolución al que el mismo se contrae y en consecuencia debemos ordenar y ordenamos la cancelación del registro al que se refiere. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 27 de febrero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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