En el recurso contencioso-administrativo número 501/1995-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Euroregalos, Sociedad Anónima" contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de octubre de 1994 y 30 de enero de 1995, se ha dictado, con fecha 30 de mayo de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 501/1995-04, interpuesto por el Procurador don Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de "Euroregalos, Sociedad Anónima", contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 30 de enero de 1995, desestimatoria del recurso de reposición planteado contra la resolución de 5 de octubre de 1994, que no concedió la marca nacional número 1.727.835, "Euroregalos", para productos de la clase 39. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 27 de febrero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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