En el recurso contencioso administrativo número 3/2.033/1995, interpuesto por la representación legal de don Rafael Diego Roda Fernández, contra la Resolución del Ministerio de la Presidencia de 26 de septiembre de 1995, sobre complemento retributivo por prestación de servicios en el extranjero, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Tercera), con fecha 18 de diciembre de 1997, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 3/2.033/1995, interpuesto por don Rafael Diego Roda Fernández, representado por el Letrado don Ramón de Román Díez, contra la Resolución del Ministerio de la Presidencia de 26 de septiembre de 1995, que se confirma por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Madrid, 9 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Juan Junquera González.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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