Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Cáceres), con fecha 3 de noviembre de 1997, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.485/1995, promovido por don Raimundo Vergara Núñez, sobre penalización de contrato de compraventa de tabaco de la campaña 1992; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María de los Ángeles Bueso Sánchez, en nombre y representación de don Raimundo Vergara Núñez, contra las resoluciones a que se hace mención en el primer fundamento de esta Sentencia, debemos declarar y declaramos que los actos administrativos impugnados son conformes a Derecho. No hacemos especial pronunciamiento en cuanto al pago de las costas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 9 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
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